2/09/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 049-2017-MC Incorporan recursos en el Presupuesto Institucional del

Incorporan recursos en el Presupuesto Institucional del Pliego 003 Ministerio de Cultura, Unidad Ejecutora 009: MC - La Libertad para el Año Fiscal 2017 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 049-2017-MC Lima, 7 de febrero de 2017 VISTO, el Informe Nº 000062-2017/OGPP/SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 487-2016-MC de fecha 30 de diciembre de 2016, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos para el Año Fiscal 2017
Incorporan recursos en el Presupuesto Institucional del Pliego 003 Ministerio de Cultura, Unidad Ejecutora 009: MC - La Libertad para el Año Fiscal 2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 049-2017-MC
Lima, 7 de febrero de 2017
VISTO, el Informe Nº 000062-2017/OGPP/SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 487-2016-MC de fecha 30 de diciembre de 2016, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos para el Año Fiscal 2017 del Pliego 003 Ministerio de Cultura;

Que, el artículo 38 del Texto Único Ordenado de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, en adelante la Ley, establece que los montos y las finalidades de los créditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector público solo podrán ser modificados durante el ejercicio presupuestario, dentro de los límites y con arreglo al procedimiento establecido en el Subcapítulo III Modificaciones Presupuestarias del Capítulo IV
Ejecución Presupuestaria, del Título II El Proceso Presupuestario, de la Ley;

Que, el literal d) del numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley, establece que los recursos financieros distintos a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios que no se hayan utilizado al 31 de diciembre del año fiscal, constituyen saldos de balance y son registrados 11 NORMAS LEGALES
Jueves 9 de febrero de 2017
El Peruano / financieramente cuando se determine su cuantía. Durante la ejecución presupuestaria, dichos recursos se podrán incorporar para financiar la creación o modificación de metas presupuestarias de la entidad, que requieran mayor financiamiento. Los recursos financieros incorporados mantienen la finalidad para los cuales fueron asignados en el marco de las disposiciones legales vigentes;

Que, el acápite ii) del numeral 19.2 y el numeral 19.3 del artículo 19 de la Directiva Nº 005-2010-EF/76,01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias, establece que son procedentes las modificaciones presupuestarias en el Nivel Institucional por incorporación de mayores fondos públicos de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley, cuando se trate de recursos provenientes de Saldos de Balance y Donaciones y Transferencias, para lo cual se utiliza el Modelo Nº 04/GN contenido en la mencionada Directiva;

Que, con Resolución Ministerial Nº 138-2015-MC se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 009: La Libertad, del Pliego 003 Ministerio de Cultura;
disponiendo que la misma tendrá a su cargo la Dirección Desconcentrada de Cultura La Libertad y el Proyecto Especial Complejo Arqueológico Chan Chan; así como, el inicio del proceso de liquidación por absorción de la Unidad Ejecutora 006: Complejo Arqueológico Chan Chan;

Que, con Memorando Nº 017-2017-A-DDC-LIB/MC, la Oficina de Administración de la Dirección Desconcentrada de Cultura de La Libertad manifiesta que mediante Informe Nº 99-2016-TES-A-DDC-LIB/MC, el Tesorero informa que la Fundación Augusto N. Wiese ha efectuado un depósito en la cuenta recaudadora del Banco de la Nación Nº 0741-426153-MC La Libertad; habiéndose procedido con su registro administrativo en el SIAF en el rubro: Donación, Clasificador 1.5.4.1.11.; y comunicando el Saldo de Balance del 2016. Motivo por el cual, solicita realizar el trámite de la incorporación de mayores fondos públicos en la Fuente de Financiamiento 4: Donaciones y Transferencias;

Que, asimismo, a través del Informe Nº 16-2017-PP-UE 009.LIB/MC, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la referida Dirección Desconcentrada remite el Anexo 01 y los Formatos 01 y 02 que sustentan la incorporación de mayores ingresos hasta por el monto de S/ 21 855,00 (Veintiún mil ochocientos cincuenta y cinco con 00/100
Soles) a favor de la Unidad Ejecutora 009: MC - La Libertad, a fin de atender los gastos de servicio seguridad y vigilancia del Complejo Arqueológico el Brujo, detallando la cadena funcional programática de ingresos y gastos respectiva;

Que, en atención a ello, mediante Informe Nº 035-2017-DDC.LIB/MC, la Directora de la Dirección Desconcentrada de Cultura de la Libertad y Responsable de la Unidad Ejecutora 009: MC - La Libertad, solicita tramitar la incorporación de saldo de balance en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias por la suma de S/ 21 855,00, provenientes del depósito realizado por la Fundación Augusto N. Wiese en el marco del Convenio de Colaboración Interinstitucional suscrito por dicha fundación y el Ministerio de Cultura, de fecha 16 de abril de 2016;

Que, por su parte, mediante Informe Nº 000062-2017/OGPP/SG/MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura manifiesta la necesidad de incorporar dichos recursos en el presupuesto institucional 2017 de la Unidad Ejecutora 009: MC - La Libertad, a fin que cumplan con el pago servicio de seguridad y vigilancia contemplado en el mencionado Convenio de Cooperación; por lo que considera pertinente, continuar con los trámites respectivos en el marco de la normatividad presupuestal vigente;

Que, en atención a las consideraciones expuestas y a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, considerando que los mayores fondos públicos a incorporar corresponden a la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias;

De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 30519, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01, y sus modificatorias; la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Incorporación Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 003 Ministerio de Cultura, Unidad Ejecutora 009: MC
- La Libertad para el Año Fiscal 2017, en la Fuente de Financiamiento 4 Donación y Transferencias, hasta por la suma de S/ 21 855,00 (Veintiún mil ochocientos cincuenta y cinco con 00/100 Soles) de acuerdo al detalle siguiente:

INGRESOS EN SOLES
Fuente de Financiamiento : 4 Donaciones y Transferencias 1 Ingresos presupuestarios S/ 21 855,00
1.9 Saldos de balance S/ 21 855,00
1.9.1 Saldos de balance S/ 21 855,00
1.9.1.1 Saldos de balance S/ 21 855,00
1.9.1.1.1 Saldos de balance S/ 21 855,00
1.9.1.1.1.1 Saldos de balance S/ 21 855,00
Sub Total S/ 21 855,00
TOTAL INGRESOS S/ 21 855,00
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EGRESOS EN SOLES
Sección Primera : Gobierno Central Pliego : 003 Ministerio de Cultura Unidad Ejecutora : 009 MC La Libertad Categoría Presupuestal : 9001 Acciones Centrales Producto : 3999999 Sin Producto Actividad/Acción/Obra : 5000003 Gestión Administrativa Fuente de Financiamiento : 4 Donaciones y Transferencias Gastos Corrientes 2.3 Bienes y Servicios S/ 21 855,00
TOTAL EGRESOS S/ 21 855,00
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Artículo 2.- Codificación La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida.

Artículo 3.- Notas para Modificación Presupuestaria La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto instruirá a la Unidad Ejecutora 009: MC - La Libertad, para que se elabore la correspondiente "Nota para Modificación Presupuestaria" que se requiera, como consecuencia de lo dispuesto en la presente resolución.

Artículo 4.- Presentación de la Resolución Copia de la presente Resolución Ministerial se presenta dentro de los cinco (05) días de aprobada, a los Organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE
Ministro de Cultura

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