3/02/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 030-2017-MIDIS
Aprueban Plan Operativo Informático (POI) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para el año 2017 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 030-2017-MIDIS Lima, 27 de febrero de 2017 VISTOS: El Memorando Nº 097-2017-MIDIS/SG/OGTI, emitido por la Oficina General de Tecnologías de la Información; y, el Informe Nº 061-2017-MIDIS/SG/OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; CONSIDERANDO: Que,
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 030-2017-MIDIS
Lima, 27 de febrero de 2017
VISTOS:
El Memorando Nº 097-2017-MIDIS/SG/OGTI, emitido por la Oficina General de Tecnologías de la Información;
y, el Informe Nº 061-2017-MIDIS/SG/OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 19-2011-PCM, se aprobó la "Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático (POI) de las entidades de la Administración Pública", y su Guía de Elaboración, en la cual se establece que cada entidad de la Administración Pública en base al contenido del Plan Estratégico Institucional y el "Plan de Desarrollo de la Sociedad de la Información en el Perú - La Agenda Digital Peruana", elaborará, registrará y evaluará el Plan Operativo Informático, el mismo que tiene periodicidad anual;
Que, el Plan Operativo Informático - POI, constituye un instrumento de gestión de corto plazo, que permite definir las actividades informáticas de las entidades de la Administración Pública integrantes del Sistema Nacional de Informática en sus diferentes niveles;
Que, de acuerdo con los literales a) y b) del numeral 4.2 de la Guía para la Elaboración, Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático (POI) de las Entidades de la Administración Pública, la Dirección de Informática de las entidades públicas, o la que haga sus veces, formulará, registrará y evaluará su respectivo Plan Operativo Informático, precisando que su aprobación en las entidades del Gobierno Central es realizada por la máxima autoridad de la entidad;
Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 del Decreto Supremo Nº 005-2016-MIDIS, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la Oficina General de Tecnologías de la Información, dependiente de la Secretaría General, es el órgano de apoyo responsable de diseñar y regular el uso de tecnologías de la información, implementar soluciones tecnológicas, supervisar y controlar la operatividad de las tecnologías de la información y comunicaciones del Ministerio, dirigir las acciones de seguridad de la información, establecer soluciones de gobierno electrónico, brindar soporte de automatización para las mejoras de procesos en la entidad; así como asesorar y brindar soporte técnico a los usuarios del Ministerio en el ámbito de su competencia;
Que, en dicho contexto, mediante Memorando Nº 097-2017-MIDIS/SG/OGTI, la Oficina General de Tecnologías de la Información ha remitido para su aprobación, el Plan Operativo Informático (POI) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para el año 2017;
Que, mediante Informe Nº 061-2017-MIDIS/ SG/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión favorable respecto a la aprobación de la propuesta formulada por la Oficina General de Tecnologías de la Información;
Que, en atención a las consideraciones expuestas, y de acuerdo con los documentos del Visto, corresponde aprobar el Plan Operativo Informático (POI) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para el año 2017;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2016-MIDIS; y la Resolución Ministerial Nº 19-2011-PCM, que aprueba la "Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático de las entidades de la Administración Pública" y su Guía de Elaboración;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Informático (POI) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para el año 2017, que en Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer que las acciones relacionadas con el Plan Operativo Informático (POI) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para el año 2017, aprobado por la presente Resolución, serán de responsabilidad de la Oficina General de T ecnologías de la Información, debiendo realizar la evaluación correspondiente en los plazos y formas que establece la normativa sobre la materia.
Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Tecnologías de la Información, la publicación del Plan Operativo Informático (POI) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para el año 2017, aprobado por la presente Resolución, en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe/poi) y en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
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