5/06/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 525-2017-DE/SG Autorizan ingreso al territorio nacional de personal

Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de Brasil y EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 525-2017-DE/SG Jesús María, 3 de mayo de 2017 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 195 y F-205 del 25 y 26 de abril de 2017, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso al país a siete (07) militares de la República Federativa del Brasil, sin armas de guerra; Que, con Oficio Nº 2826 CCFFAA/OAI/UAI, del 24
Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de Brasil y EE.UU.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 525-2017-DE/SG
Jesús María, 3 de mayo de 2017
CONSIDERANDO:

Que, con Facsímil (DSD) Nro. 195 y F-205 del 25 y 26 de abril de 2017, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso al país a siete (07) militares de la República Federativa del Brasil, sin armas de guerra;

Que, con Oficio Nº 2826 CCFFAA/OAI/UAI, del 24 de abril de 2017, el Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, por especial encargo del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinión favorable para el ingreso al país, del personal militar de la República Federativa del Brasil, sin armas de guerra, del 09 al 11 de mayo de 2017, con la finalidad de participar en la XXI Reunión de Conversaciones entre el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú y el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Brasil;

Que, el artículo 5 de la Ley Nº 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República 1
, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a siete (07) militares de la República Federativa del Brasil, del 09 al 11 de mayo de 2017, con la finalidad de participar en la XXI Reunión de Conversaciones entre el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú y el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Brasil.

Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley Nº 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE NIETO MONTESINOS
Ministro de Defensa 1
Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209

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