6/06/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 228-2017-MEM/DM Otorgan a favor de Enel Green Power Perú S.A. la

Otorgan a favor de Enel Green Power Perú S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Flamenco - S.E. Poroma ubicada en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 228-2017-MEM/DM Lima, 1 de junio de 2017 VISTOS: El Expediente Nº 14374716 sobre la solicitud de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220
Otorgan a favor de Enel Green Power Perú S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Flamenco - S.E. Poroma ubicada en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 228-2017-MEM/DM
Lima, 1 de junio de 2017
VISTOS: El Expediente Nº 14374716 sobre la solicitud de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Flamenco - S.E. Poroma, presentada por Enel Green Power Perú S.A. (en adelante, ENEL); y, el Informe Nº 163-2017-MEM/DGE-DCE;

CONSIDERANDO:

Que, ENEL y el Ministerio de Energía y Minas suscriben el Contrato de Concesión para el Suministro de Energía Renovable al Sistema Eléctrica Interconectado Nacional (en adelante, el Contrato de Suministro), por el proyecto Central Eólica Parque Nazca. En el Anexo Nº 1 del Contrato de Suministro se especifica que la barra de conexión de la referida central eólica es la S.E. Poroma 220 kV;

Que, mediante documento Nº EGP-PERf 228-2016
con Registro Nº 2637501 de fecha 7 de setiembre de 2016, ENEL solicita la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Flamenco -
S.E. Poroma, ubicado en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, cuyas coordenadas UTM (WGS 84) figuran en el Expediente;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 048-2015-MEM/DGAAE de fecha 10 de febrero de 2015, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas aprueba el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto "Parque Eólico Nazca y su Interconexión al SEIN", ubicado en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica;

Que, asimismo, mediante Resolución Directoral Nº 026-2016-SENACE/DCA de fecha 27 de mayo de 2016, la Dirección de Certificación Ambiental del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - SENACE otorga su conformidad al "Informe Técnico Sustentatorio del Parque Eólico Nazca y su Interconexión al SEIN", presentado por ENEL;

Que, la solicitud se encuentra amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación;

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 25 y 28 de la Ley de Concesiones Eléctricas;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad (e) y el visto bueno del Viceministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar a favor de Enel Green Power Perú S.A., la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Flamenco - S.E. Poroma ubicada en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, en los términos y condiciones de la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución.

Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes:

Salida/Llegada de la Línea de Transmisión Tensión (kV)
Nº de Ternas Longitud (km)
Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m)
S.E. FLAMENCO - S.E.

POROMA
220 01 0,685 25
Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Nº 498-2017 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y Enel Green Power Perú S.A., el cual consta de 19
cláusulas y 03 anexos.

Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad (e), o a quien haga sus veces, a suscribir en representación del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 5.- Incorporar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión Nº 498-2017 referido en el artículo 3 de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM.

Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta del concesionario de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo
Nº 009-93-EM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GONZALO TAMAYO FLORES
Ministro de Energía y Minas

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