Inicio
Últimas normas legales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 127-2017-MIDIS Aprueban la Directiva N° 007-2017-MIDIS, "Disposiciones
7/14/2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 127-2017-MIDIS Aprueban la Directiva N° 007-2017-MIDIS, "Disposiciones
Aprueban la Directiva Nº 007-2017-MIDIS, "Disposiciones Generales para la Presentación de Denuncias por Presuntos Actos de Corrupción en la Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 127-2017-MIDIS Lima, 12 de julio de 2017 VISTOS: El Informe Nº 004-2017-MIDIS/SG/OPIEI, emitido por la Oficina de Promoción de la Integridad y Ética Institucional; el Informe Nº 63-2017-MIDIS/SG/OGPPM/ OM, de la Oficina de Modernización; y, el Informe Nº 200-2017-MIDIS/SG/OGPPM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 127-2017-MIDIS
Lima, 12 de julio de 2017
VISTOS:
El Informe Nº 004-2017-MIDIS/SG/OPIEI, emitido por la Oficina de Promoción de la Integridad y Ética Institucional; el Informe Nº 63-2017-MIDIS/SG/OGPPM/ OM, de la Oficina de Modernización; y, el Informe Nº 200-2017-MIDIS/SG/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se estableció que el sector Desarrollo e Inclusión Social, comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad;
Que, el Decreto Legislativo Nº 1327, Decreto Legislativo que establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe, tiene por objeto establecer procedimientos y mecanismos para facilitar e incentivar las denuncias realizadas de buena fe de actos de corrupción y sancionar las denuncias realizadas de mala fe; a fin de fomentar y facilitar que cualquier persona que conoce de la ocurrencia de un hecho de corrupción en la Administración Pública pueda denunciarlo;
Que, por Decreto Supremo Nº 010-2017-JUS, se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1327, el mismo que tiene por objeto establecer los procedimientos relacionados con la aplicación de las medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción;
Que, el numeral 2.1 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1327, establece que la Oficina de Integridad Institucional es la unidad orgánica que asume regularmente las labores de promoción de la integridad y ética institucional en las entidades públicas;
Que, el artículo 20 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, señala que la Oficina de Promoción de la Integridad y Ética Institucional es la encargada de promover la transparencia, la ética pública y las políticas anticorrupción, así como de recibir y tramitar las denuncias realizadas por actos de corrupción;
Que, en el marco de sus funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la Oficina de Promoción de la Integridad y Ética Institucional, en el Informes Nº 004-2017-MIDIS/SG/OPIEI, sustenta y propone la Directiva denominada "Disposiciones Generales para la Presentación de Denuncias por Presuntos Actos de Corrupción en la Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS";
Que, asimismo, mediante Informes Nº 63-2017-MIDIS/ SG/OGPPM/OM y Nº 200-2017-MIDIS/SG/OGPPM, la Oficina de Modernización y la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, respectivamente, emitieron opinión favorable sobre la propuesta de Directiva denominada "Disposiciones Generales para la Presentación de Denuncias por Presuntos Actos de Corrupción en la Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS";
Que, atendiendo a lo expuesto y considerando las competencias y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, establecidas en las normas antes reseñadas, se considera pertinente aprobar la Directiva denominada "Disposiciones Generales para la Presentación de Denuncias por Presuntos Actos de Corrupción en la Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS";
De conformidad con dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1327, Decreto Legislativo que establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2017-JUS; Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Directiva Nº 007-2017-MIDIS, denominada "Disposiciones Generales para la
Presentación de Denuncias por Presuntos Actos de Corrupción en la Sede Central del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS", cuyo texto, en Anexo, forma parte de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus Anexos en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis. gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.
Artículo 3.- Disponer que la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social difunda y haga de conocimiento la Directiva que se aprueba mediante la presente resolución, a los funcionarios, servidores civiles y personal en general que labora o presta servicios en la entidad; y, que, en coordinación con la Oficina General de Comunicación Estratégica y la Oficina de Promoción de la Integridad y Ética Institucional, se publicite la citada Directiva en los espacios comunes y de atención al público y a proveedores y contratistas de la entidad.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)