11/29/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 224-2017-TR Aprueban transferencia financiera del Programa Nacional para

Aprueban transferencia financiera del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú" a favor del CENFOTUR RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 224-2017-TR Lima, 28 de noviembre de 2017 VISTOS: El Oficio Nº 852-2017-MTPE/3/24.3 de la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú"; el Informe Nº 445-2017-MTPE/3/24.3/CE/UGP de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Memorando Nº 1624-2017-MTPE/3/24.3/
Aprueban transferencia financiera del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú" a favor del CENFOTUR
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 224-2017-TR
Lima, 28 de noviembre de 2017
VISTOS: El Oficio Nº 852-2017-MTPE/3/24.3 de la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú"; el Informe Nº 445-2017-MTPE/3/24.3/CE/UGP de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Memorando Nº 1624-2017-MTPE/3/24.3/ CE/UGCC de la Unidad Gerencial de Capacitación para la Inserción Laboral y Certificación de Competencias Laborales; el Oficio Nº 553-2017-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 1433-2017-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2011-TR, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 004-2012-TR, 013-2012-TR, 003-2015-TR y 008-2016-TR, se crea el Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Vamos Perú", con el objeto de promover el empleo, mejorar las competencias laborales e incrementar los niveles de empleabilidad en el país;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2015-TR, se modifica la denominación del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Vamos Perú" por la de Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú", en adelante, el Programa, y señala que toda referencia en políticas, normativas, documentos de gestión, comunicaciones, proyectos y procesos a cargo del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Vamos Perú" se entiende, a partir de la vigencia del referido Decreto Supremo, realizada al Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú";

Que, la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza la realización de manera excepcional, de transferencias financieras con entidades públicas, entre otros, para los procesos de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo, debiendo ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, el artículo 2 del Manual de Operaciones del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú", aprobado por Resolución Ministerial Nº 202-2012-TR, establece que el objetivo del Programa es desarrollar acciones para promover el empleo, mejorar las competencias laborales e incrementar los niveles de empleabilidad en el país;

Que, en el marco del 16º Concurso de Proyectos, convocado por el Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo - FONDOEMPLEO, los Proyectos de Certificación de Competencias Laborales en las Regiones de Arequipa, Ayacucho, Ica, Lambayeque, Moquegua y Piura han sido seleccionados para su financiamiento por FONDOEMPLEO; por lo que, para su ejecución se ha suscrito el Convenio de Cooperación
Interinstitucional Nº 005-2017 entre el Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú" del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el Centro de Formación en Turismo-CENFOTUR, que acorde a los fines del Programa, permitirá reconocer las competencias y capacidades que una persona posee para su desarrollo en el mercado laboral, privilegiando la demostración de su desempeño laboral que permite realizarse de manera total, respecto al perfil ocupacional, o progresivamente, de acuerdo a las unidades de competencias que lo conformen;

Que, el referido convenio en la Cláusula Sétima establece que, el Programa mediante transferencia financiera realizará el desembolso del monto total ascendente a S/ 535 690,00 (Quinientos Treinta y Cinco Mil Seiscientos Noventa con 00/100 Soles) para la ejecución del convenio;

Que, en ese contexto, a través del Memorando Nº 1624-2017-MTPE/3/24.3/CE/UGCC, la Unidad Gerencial de Capacitación para la Inserción Laboral y Certificación de Competencias Laborales, considera procedente iniciar los trámites de la transferencia financiera por el monto de S/ 535 690,00 (Quinientos Treinta y Cinco Mil Seiscientos Noventa con 00/100 Soles), a favor del Centro de Formación en Turismo-CENFOTUR;

Que, a través del Memorando Nº 803-2017-MTPE/3/24.3/CE/UGP, la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa "Impulsa Perú", remite la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 597-2017, por la suma de S/ 535 690,00 (Quinientos Treinta y Cinco Mil Seiscientos Noventa con 00/100 Soles), correspondiente al monto a desembolsar a favor del Centro de Formación en Turismo-CENFOTUR, establecido en el citado convenio;

Que, mediante Oficio Nº 852 -2017/MTPE/3/24.3, la Coordinación Ejecutiva del Programa Impulsa Perú, solicita continuar con el trámite de aprobación de la resolución ministerial que autorice la transferencia financiera al Centro de Formación en Turismo-CENFOTUR, en el marco de lo dispuesto en Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;

Que, a través del Oficio Nº 553-2017-MTPE/4/9 la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, adjunta el Informe Nº 284-2017- MTPE/4/9.2
emitido por la Oficina de Presupuesto, con la opinión favorable correspondiente;

Que, en mérito a las consideraciones expuestas y los antecedentes que se acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe Nº 1433-2017-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado;

Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Coordinación Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Capacitación para la Inserción Laboral y Certificación de Competencias Laborales, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú", y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; y la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú" a favor del Centro de Formación en Turismo-CENFOTUR, hasta por la suma de S/ 535
690,00 (Quinientos Treinta y Cinco Mil Seiscientos Noventa con 00/100 Soles), correspondiente al monto total establecido en el convenio suscrito con el referido Centro Certificador, detallado en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial.

Artículo 2.- Disponer que la presente resolución ministerial y el Anexo adjunto, se publiquen en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www. trabajo.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALFONSO GRADOS CARRARO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

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