11/28/2017

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 263-2017-MIDIS Aprueban Manual de Operaciones del Programa Nacional

Aprueban Manual de Operaciones del Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 263-2017-MIDIS Lima, 27 de noviembre de 2017 VISTOS: El Informe Nº 46-2017-MIDIS/PNPAIS-DE, emitido por la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS; el Memorando Nº 853-2017-MIDIS/VMPS, emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe Nº 114-2017-MIDIS/VMPS/DGCGPS, emitido por la Dirección
Aprueban Manual de Operaciones del Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 263-2017-MIDIS
Lima, 27 de noviembre de 2017
VISTOS:

El Informe Nº 46-2017-MIDIS/PNPAIS-DE, emitido por la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS; el Memorando Nº 853-2017-MIDIS/VMPS, emitido por el Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe Nº 114-2017-MIDIS/VMPS/DGCGPS, emitido por la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales;
el Informe Nº 383-2017-MIDIS/SG/OGPPM, emitido por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Nº 115-2017-MIDIS/SG/ OGPPM/OM, emitido por la Oficina de Modernización; y, el Informe Nº 522-2017-MIDIS/SG/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 38 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los programas son estructuras funcionales creadas para atender un problema o situación crítica, o implementar una política pública específica en el ámbito de competencia de la entidad a la que pertenecen;

Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica;
asimismo, se creó el sector Desarrollo e Inclusión Social, que comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 016-2013-VIVIENDA, se constituye el Programa Nacional de Tambos, como plataforma de prestación de servicios y actividades del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, así como de otros sectores que brinden servicios y actividades orientados a la población rural y rural dispersa, que permitan mejorar su calidad de vida, generar igualdad de oportunidades y desarrollar o fortalecer sus capacidades productivas individuales y comunitarias;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2016-MIDIS, se aprueba la transferencia del Programa Nacional T ambos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

Que, a través del Decreto Supremo Nº 013-2017-MIDIS
se modifica el Decreto Supremo Nº 016-2013-VIVIENDA, que constituyó el Programa Nacional Tambos, y se establece su nueva denominación como Programa Nacional "Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS"; disponiéndose que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, mediante Resolución Ministerial, adecúe el Manual de Operaciones del Programa Nacional "Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS";

Que, el artículo 36 de los "Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) por parte de las entidades de la Administración Pública", aprobados mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, establece que los programas y proyectos contarán con un manual de operaciones en el que se consignará, por lo menos: i) La descripción del programa o proyecto, incluyendo el objetivo, la descripción de éste y la identificación de entidades, órganos o unidades orgánicas ejecutoras que tienen responsabilidades respecto del programa o proyectos; ii) La organización, funciones y responsabilidades; iii) Procesos principales tales como
programación y aprobación de actividades, ejecución de recursos, procesos de coordinación, desembolsos, según corresponda; y iv) Procesos de supervisión, seguimiento y evaluación, tales como supervisión técnica, informes (financieros, registros contables, de progreso), auditorías, inspección y supervisión, según corresponda;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 134-2017-MIDIS, se aprobó la Directiva Nº 008-2017-MIDIS, "Disposiciones para la elaboración y aprobación del Manual de Operaciones de los Programas Nacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social", cuyo objetivo es establecer las disposiciones generales que los Programas Nacionales, también denominados Programas Sociales, y los órganos competentes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, deben cumplir para la elaboración y aprobación de los respectivos manuales de operaciones;

Que, de acuerdo con el literal e) del numeral 7.11.1 de la Directiva Nº 008-2017-MIDIS, los Programas Nacionales podrán solicitar y/o proponer la aprobación o modificación de su Manual de Operaciones en razón a la modificación del marco legal sustantivo que conlleve una afectación de la organización o modificación total o parcialmente de las funciones previstas para el Programa Nacional;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 189-2017-MIDIS, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS; instrumento de gestión que definió su estructura, funciones y procesos básicos de las unidades que lo conforman;

Que, a efectos de actualizar y adecuar el Manual de Operaciones del Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS a la normativa vigente, en lo que respecta a la estructura orgánica, funciones de las unidades orgánicas que lo integran y procesos técnicos y/o administrativos, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS, mediante Informe Nº 46-2017-MIDIS/PNPAIS-DE, solicitó la aprobación de un nuevo Manual de Operaciones;

Que, mediante Informe Nº 383-2017-MIDIS/ SG/OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en su calidad de órgano técnico competente en la materia, emitió opinión favorable sobre el proyecto de nuevo Manual de Operaciones del Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS, propuesto por la Dirección Ejecutiva del indicado Programa Nacional, recomendando su aprobación;

Que, en atención a lo expuesto, a fin de que el Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS cuente con un documento técnico normativo de gestión actualizado y adecuado a la normativa vigente, de conformidad con la Directiva Nº 008-2017-MIDIS, "Disposiciones para la elaboración y aprobación del Manual de Operaciones de los Programas Nacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social", corresponde aprobar la propuesta de nuevo Manual de Operaciones en los términos propuestos por el Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS; el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) por parte de las entidades de la Administración Pública; y, la Resolución Ministerial Nº 134-2017-MIDIS, que aprobó la Directiva Nº 008-2017-MIDIS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación Aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS, según el texto que, en anexo, forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución ministerial y del anexo a que se refiere el artículo precedente en el portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe), el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe) y el Portal Institucional del Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS (www.pais. gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.

Artículo 3.- Derogación Derogar la Resolución Ministerial Nº 189-2017-MIDIS, que aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS.

Artículo 4.- Vigencia La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FIORELLA MOLINELLI ARISTONDO
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

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