11/21/2017

RESOLUCION MINISTERIAL N° 465-2017-MINCETUR Aprueban Plan Nacional de Calidad T urística – CAL TUR

Aprueban Plan Nacional de Calidad T urística - CAL TUR 2017-2025 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 465-2017-MINCETUR Lima, 20 de noviembre de 2017 Visto, los Memorándum Nos. 742 y 1034-2017-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, señala que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el ente rector en materia de comercio exterior
Aprueban Plan Nacional de Calidad T urística - CAL TUR 2017-2025
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 465-2017-MINCETUR
Lima, 20 de noviembre de 2017
Visto, los Memorándum Nos. 742 y 1034-2017-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, señala que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el ente rector en materia de comercio exterior y turismo, y tiene entre sus funciones, establecer el marco normativo para el desarrollo de las actividades turísticas, supervisando el cumplimiento de la normatividad emitida en el ámbito de su competencia;

Que, el artículo 38 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, los gobiernos regionales y locales en materia de calidad turística impulsan las buenas prácticas, así como la estandarización y normalización en la prestación de servicios;

Que, el artículo 35 del Reglamento de la Ley Nº29408, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2010-MINCETUR, señala que la promoción de la implementación de buenas prácticas, estandarización y normalización de los servicios turísticos a cargo del MINCETUR, Gobiernos Regionales, Municipalidad Metropolitana de Lima y Gobiernos Locales debe efectuarse teniendo en consideración los objetivos y estrategias del Plan Nacional de Calidad Turística - CALTUR, que será aprobado por resolución ministerial del MINCETUR;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 073-2011-MINCETUR/DM se aprobó el CALTUR 2011-2018, instrumento inspirado en la noción de un producto turístico de calidad, que combina atractivos, servicios, y facilidades, de manera tal que motive la decisión de viaje de los turistas al lugar donde se ofrece dicho producto, y que esa decisión se repita;

Que, la implementación del referido Plan ha tenido un resultado positivo, priorizando acciones en los ámbitos de recursos humanos y prestadores de servicios turísticos, manteniéndose aún pendiente desarrollar acciones para los ámbitos referidos a sitios y destinos turísticos, siendo necesario repotenciar estos aspectos; en ese sentido, el proceso de actualización es crucial para su permanencia en el mercado, respondiendo a las necesidades identificadas.

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 113-2016-MINCETUR, de fecha 07 de abril de 2016, se dispuso la pre publicación del Proyecto denominado "Plan Nacional de Calidad Turística - CALTUR 2016-2025" en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR (www.mincetur.gob.pe), recibiéndose las sugerencias por parte de las entidades públicas o privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de personas naturales interesadas, las mismas que han sido evaluadas por la Dirección de Normatividad y Calidad Turística del Viceministerio de Turismo;

Que, por las razones antes expuestas y conforme a los documentos del Visto, corresponde aprobar el Plan Nacional de Calidad Turística - CALTUR para el periodo 2017-2025;

De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2010-MINCETUR;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobación Aprobar el Plan Nacional de Calidad Turística -
CALTUR 2017-2025, documento que, como Anexo adjunto en treinta y tres (33) folios, forma parte integrante de la Presente Resolución Ministerial.

Artículo 2º.- Publicación La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Oficial "El Peruano". El Plan Nacional de Calidad Turística - CALTUR 2017-2025, deberá ser publicado en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe).

Artículo 3º.- Derogación Deróguese la Resolución Ministerial Nº 073-2011-MINCETUR/DM que aprueba el Plan Nacional de Calidad Turística - CALTUR.

Artículo 4º.- Vigencia La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO FERREYROS KÜPPERS
Ministro de Comercio Exterior y Turismo

Advertencia

Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú. Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.

Propósito:

El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.