7/27/2018

Ley 30830 27157 Regularización Edificaciones Congreso

Poder Legislativo, Congreso de la Republica Ley 30830 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE MODIFICA LA LEY 27157, LEY DE REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES, DEL PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARATORIA DE FÁBRICA Y DEL RÉGIMEN DE UNIDADES INMOBILIARIAS DE PROPIEDAD EXCLUSIVA Y DE PROPIEDAD COMÚN Artículo único. Modificación del artículo 3 de la Ley 27157, Ley de
Poder Legislativo, Congreso de la Republica

Ley 30830
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA LA LEY 27157,
LEY DE REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES,
DEL PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARATORIA
DE FÁBRICA Y DEL RÉGIMEN DE UNIDADES
INMOBILIARIAS DE PROPIEDAD EXCLUSIVA Y
DE PROPIEDAD COMÚN
Artículo único. Modificación del artículo 3 de la Ley 27157, Ley de Regularización de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común Modifícase el artículo 3 de la Ley 27157, Ley de Regularización de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común, en los siguientes términos:
"Artículo 3.- De la regularización Los propietarios de edificaciones ejecutadas hasta el 31 de diciembre de 2016, que hayan sido construidas sin licencia de construcción, conformidad de obra o que no cuenten con declaratoria de fábrica, independización y/o reglamento interno, de ser el caso, podrán sanear su situación de acuerdo al procedimiento establecido en la presente ley".

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
ÚNICA. Procedencia de la regularización Los propietarios de predios que se hayan acogido con anterioridad al procedimiento de regularización dispuesto por el artículo 3 respecto a edificaciones terminadas al 20 de julio de 1999 o dentro del plazo establecido por la disposición complementaria décimo cuarta de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades modificada por la Ley 28437;

y en los que se hayan efectuado nuevas edificaciones, ampliaciones, demoliciones o remodelaciones en el mismo predio con posterioridad a dicha fecha, pueden acogerse a lo dispuesto en la presente ley.

DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA. Improcedencia de la regularización No puede aplicarse el procedimiento de regularización establecido en la presente ley para las edificaciones levantadas en zonas arqueológicas, zonas de protección ecológica, zonas de riesgo para la salud e integridad física, riberas de ríos, lagos o mares, así como en edificaciones en las que resulte evidente la contravención a los elementos básicos de seguridad, lo cual ponga en riesgo la vida humana.


SEGUNDA. Adecuación del reglamento En el plazo de 30 días contados desde la entrada en vigencia de la presente ley, el Poder Ejecutivo adecúa el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley 27157, Ley de Regularización de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fábrica y del Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Común, aprobado por el Decreto Supremo 035-2006-VIVIENDA.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los cinco días del mes de julio de dos mil dieciocho.

LUIS GALARRETA VELARDE
Presidente del Congreso de la República
MARIO MANTILLA MEDINA
Primer Vicepresidente del Congreso de la República
D.A. Nº 009-2018- A/ML V .- Disponen el embanderamiento general de viviendas, locales comerciales e instituciones públicas y privadas del distrito 95
D.A. Nº 07-2018-MDLO.- Prorrogan vigencia de Ordenanza que otorgó Beneficios para el Pago de las Deudas Tributarias y Multas Administrativas en el distrito 96
Ordenanza Nº 377.- Establecen Tasa por Estacionamiento Vehicular T emporal en el distrito de San Juan de Lurigancho 96
D.A. Nº 14-2018-MSS.- Disponen que Gerencia de Desarrollo Urbano ejecute diagnóstico y proponga zona de transición entre predios que cuentan con Zonificación RDB y Zonificación RDMB en las Urbanizaciones San Jorge, parte de la Urbanización Huertos de San Antonio, Colinas de Monterrico, Pampas de Santa Teresa y Casuarinas Baja 99
D.A. Nº 12-2018-MPC-AL.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 025-2017, que aprueba la Campaña de Regularización de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones Ejecutadas sin licencia 100
{G}SEPARATA ESPECIAL
Res. Nº 144-2018/SDC-INDECOPI.- Confirman Resolución 011-2016/CDB-INDECOPI emitida por la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias, que dispuso aplicar derechos compensatorios definitivos sobre las importaciones de biodiésel puro originario de la República Argentina Res. Nº 145-2018/SDC-INDECOPI.- Confirman Resolución 189-2016/CDB-INDECOPI emitida por la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias, que dispuso aplicar derechos antidumping definitivos sobre las importaciones de biodiésel puro originario de la República Argentina
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de julio del año dos mil dieciocho.

MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO
Presidente de la República
CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros

NORMA LEGAL:

  • Titulo: Ley 30830 QUE MODIFICA LA LEY 27157, LEY DE REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES, DEL PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARATORIA DE FÁBRICA Y DEL RÉGIMEN DE UNIDADES INMOBILIARIAS DE PROPIEDAD EXCLUSIVA Y DE PROPIEDAD COMÚN
  • Tipo de norma : LEY
  • Numero : 30830
  • Emitida por : Congreso de la Republica - Poder Legislativo
  • Fecha de emision : 2018-07-27
  • Fecha de aplicacion : 2018-07-28

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