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Disposiciones Procedi mentales Técnicas RJ 130-2018-SENACE/JEF OSINERGMIN
8/21/2018
Disposiciones Procedi mentales Técnicas RJ 130-2018-SENACE/JEF OSINERGMIN
Organismos Tecnicos Especializados, Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria Aprueban las "Disposiciones procedi-mentales, técnicas y administrativas para la operación y mejora continua de la plataforma informática de la Ventanilla Única de Cer tificación Ambiental (EVA) - Módulo de Evaluación de Estudios Ambientales" RJ 130-2018-SENACE/JEF Lima, 20 de agosto de 2018. VISTOS: El Memorando Nº 00577-2018-SENACE-JEF/ DGE de la Dirección de Gestión
Aprueban las "Disposiciones procedi-mentales, técnicas y administrativas para la operación y mejora continua de la plataforma informática de la Ventanilla Única de Cer tificación Ambiental (EVA) - Módulo de Evaluación de Estudios Ambientales"
RJ 130-2018-SENACE/JEF
Lima, 20 de agosto de 2018.
VISTOS: El Memorando Nº 00577-2018-SENACE-JEF/ DGE de la Dirección de Gestión Estratégica en Evaluación Ambiental, el Informe Nº 00046-2018-SENACE-JEF-DGE/NOR emitido por la Subdirección de Proyección Estratégica y Normatividad de la Dirección de Gestión Estratégica en Evaluación Ambiental; el Informe Nº00064-2018-SENACE-GG/OTI de la Oficina de Tecnologías de la Información y, el Informe Nº 00075-2018-SENACE-GG/ OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29968, se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, como un organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno adscrito al Ministerio del Ambiente;
Que, el literal e del artículo 3 de la citada Ley, señala entre las funciones generales del Senace, implementar la Ventanilla Única de Certificación Ambiental en los procedimientos de aprobación de Estudios de Impacto Ambiental detallados - EIA-d;
TAMBIEN PUEDES VER: Transferencia Partidas Presupuesto Sector Público DS 191-2018-EF Economia y Finanzas
Que, de conformidad con el numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 29968, el Senace busca implementar un único sistema de procedimientos administrativos ambientales, que tienda a garantizar inversiones sostenibles a través de la Ventanilla Única de Certificación Ambiental; sin perjuicio de otras medidas de simplificación que tengan como finalidad que los procedimientos de evaluación del impacto ambiental consideren requisitos racionales y proporcionales a los fines que persigue, sin comprometer la calidad del contenido de los estudios de impacto ambiental;
Que, el numeral 9.2 del artículo 9 de la Ley Nº 30327, Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible, en concordancia con el numeral 5.3 del artículo 5 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2016-MINAM, establece que el Senace es el órgano competente para emitir la certificación ambiental global-IntegrAmbiente de los EIA-d a través de una Ventanilla Única de Certificación Ambiental que facilite la coordinación y articulación entre el Senace, las entidades autoritativas, los opinantes técnicos y los titulares;
MAS NORMAS LEGALES: Reglamento Organización Funciones Ministerio DS 021-2018-EM Energia y Minas
Que, en el marco del proceso de transferencia de funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2015-MINAM, modificado por el Decreto Supremo Nº 001-2017-MINAM, se implementaron sucesivamente plataformas informáticas para la tramitación en línea de los procedimientos de certificación ambiental correspondientes a los subsectores Energía, Transportes y Agricultura;
Que, el artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, establece que las entidades de la Administración Pública deben interconectar sus sistemas de trámite documentario o equivalentes para el envío automático de documentos electrónicos entre dichas entidades, a través de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado - PIDE;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2018-MINAM, se aprueban disposiciones para la implementación, operación e interoperabilidad de la Plataforma Informática de la Ventanilla Única de Certificación Ambiental, cuya administración y gestión se encuentra a cargo del Senace;
Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la citada norma dispone que el Senace, mediante Resolución Jefatural, en coordinación con el Ministerio del Ambiente, aprueba las disposiciones procedimentales, técnicas y administrativas necesarias para la operación y mejora continua de la Plataforma Informática de la Ventanilla Única de Certificación Ambiental;
Que, que de acuerdo a lo informado por la Oficina de Tecnologías de la Información mediante Informe Nº 00064-2018-SENACE-GG/OTI, el Senace ha desarrollado una plataforma informática denominada Plataforma Informática de la Ventanilla Única de Certificación Ambiental - EVA, que se encuentra en condiciones de iniciar la automatización de los procedimientos vinculados a la certificación ambiental, permitiendo la interoperabilidad entre las entidades participantes en los procedimientos de evaluación de los Estudios de Impacto Ambiental y de la Certificación Ambiental Global, optimizando el manejo de la información y reduciendo significativamente los plazos de los procedimientos en beneficio de los administrados y la ciudadanía y fomentando la ecoeficiencia, mediante el uso racional de los recursos del Estado;
Que, en tal sentido la Dirección de Gestión Estratégica de Evaluación Ambiental del Senace ha formulado el proyecto normativo denominado "Disposiciones procedimentales, técnicas y administrativas para la operación y mejora continua de la plataforma informática de la Ventanilla Única de Certificación Ambiental (EVA) - Módulo de Evaluación de Estudios Ambientales";
Que, por las consideraciones expuestas corresponde aprobar las "Disposiciones procedimentales, técnicas y administrativas para la operación y mejora continua de la plataforma informática de la Ventanilla Única de Certificación Ambiental (EVA) - Módulo de Evaluación de Estudios Ambientales";
Con el visado de la Gerencia General, de la Dirección de Gestión Estratégica en Evaluación Ambiental, de la Oficina de Tecnologías de la Información y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29968, Ley de Creación del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace; la Ley Nº 30327, Ley de Promoción de las Inversiones para
el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible; el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2017-MINAM.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar las "Disposiciones procedimentales, técnicas y administrativas para la operación y mejora continua de la plataforma informática de la Ventanilla Única de Certificación Ambiental (EVA)
- Módulo de Evaluación de Estudios Ambientales" que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario oficial El Peruano, debiendo publicar en la misma fecha las Disposiciones aprobadas en el artículo 1, en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles -Senace (www.senace.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PATRICK WIELAND FERNANDINI
Jefe del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace
NORMA LEGAL:
- Titulo: RJ 130-2018-SENACE/JEF Aprueban las "Disposiciones procedi-mentales, técnicas y administrativas para la operación y mejora continua de la plataforma informática de la Ventanilla Única de Cer tificación Ambiental (EVA) - Módulo de Evaluación de Estudios Ambientales"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
- Numero : 130-2018-SENACE/JEF
- Emitida por : Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - Organismos Tecnicos Especializados
- Fecha de emision : 2018-08-21
- Fecha de aplicacion : 2018-08-22
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