1/01/2019

Ficha Homologación Módulo Educativo Aula Tipo RM 740-2018-MINEDU Educacion

Poder Ejecutivo, Educacion Aprueban la Ficha de Homologación del Módulo Educativo Aula Tipo Costa con estructura metálica y cerramientos de paneles termoacústicos y con transporte e instalación RM 740-2018-MINEDU Lima, 31 de diciembre de 2018 Vistos, el Expediente Nº MPA2018-EXT-0188714, el Expediente Nº MPT2018-EXT-0244652, el Oficio Nº 5804-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED y el Oficio Nº 6371-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional
Poder Ejecutivo, Educacion
Aprueban la Ficha de Homologación del Módulo Educativo Aula Tipo Costa con estructura metálica y cerramientos de paneles termoacústicos y con transporte e instalación
RM 740-2018-MINEDU
Lima, 31 de diciembre de 2018
Vistos, el Expediente Nº MPA2018-EXT-0188714, el Expediente Nº MPT2018-EXT-0244652, el Oficio Nº 5804-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED y el Oficio Nº 6371-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Infraestructura Educativa, el Informe Nº 086-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGME-HDIN de la Unidad Gerencial de Mobiliario y Equipamiento del PRONIED, el Informe
Nº 382-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED-OGA-UA de la Unidad de Abastecimiento del PRONIED, el Informe Nº 001-2018-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DINOR-DIPLAN elaborado por la Dirección de Normatividad de Infraestructura y por la Dirección de Planificación de Inversiones, y el Informe Nº 1351-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:



Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;


Que, el literal i) del artículo 80 de la precitada Ley señala que es función del Ministerio de Educación liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa;

Que, el artículo 1 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Educación, aprobado
mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU
establece que éste es el organismo del Poder Ejecutivo que ejerce la rectoría del sector Educación; precisando en el literal k) de su artículo 3 que tiene entre sus funciones dirigir, formular, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas y planes de inversión pública y privada en materia de infraestructura y equipamiento educativo en todos los niveles y modalidades de la educación básica, superior pedagógica, superior técnica y técnico-productiva;


Que, el artículo 179 del precitado ROF establece que la Dirección General de Infraestructura Educativa es el órgano de línea responsable de formular, proponer, supervisar y evaluar las políticas y planes de inversión pública y privada en materia de infraestructura y equipamiento educativo en todos los niveles y modalidades de la educación básica, superior pedagógica, superior técnica y técnico-productiva;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU se creó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED) con el objeto de ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de Educación Básica y de Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura educativa, a fin de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 152-2017-MINEDU se aprobó el "Plan Nacional de Infraestructura Educativa al 2025" - PNIE del Ministerio de Educación, el cual comprende la intervención mediante la instalación de aulas provisionales y la construcción o sustitución de módulos educativos; dicho Plan se alinea con los objetivos del "Proyecto Educativo Nacional al 2021: La Educación que queremos para el Perú" - PEN, aprobado a través de la Resolución Suprema Nº 001-2007-ED, y con los objetivos y acciones estratégicas del PESEM 2016 - 2021 del sector Educación, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 287-2016-MINEDU, Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Nº 30225 - Ley de Contrataciones del Estado, modificada con el Decreto Legislativo Nº 1341, las entidades del Poder Ejecutivo que formulan políticas nacionales y/o sectoriales del Estado están facultadas a uniformizar los requerimientos, en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación;
siendo que, una vez aprobada la homologación debe ser utilizada por las entidades que se rijan bajo dicha ley, inclusive para las contrataciones que no se encuentran bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación;

Que, el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2017-EF, señala que mediante la homologación las Entidades del Poder Ejecutivo que formulan políticas nacionales y/o sectoriales, establecen las características técnicas de los requerimientos y/o los requisitos de calificación en general relacionados con el ámbito de su competencia, priorizando aquellos que sean de contratación recurrente, de uso masivo por las Entidades y/o aquellos identificados como estratégicos para el sector, conforme a los lineamientos establecidos por la Central de Compras Públicas - Perú Compras;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 del indicado Reglamento establece que la aprobación de la ficha de homologación se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca Perú Compras;
para lo cual se debe contar con la opinión favorable de Perú Compras y publicarse en el Diario Oficial "El Peruano". La facultad del Titular a que se refiere dicho numeral es indelegable;

Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 087-2017-PERU COMPRAS se aprobó la Directiva Nº 004-2016-PERU COMPRAS que regula el "Proceso de Homologación de Requerimientos" - Versión 2.0, con el objetivo de establecer los lineamientos generales y específicos que regulen el proceso de homologación de requerimientos y/o de los requisitos de calificación en general, que realicen las Entidades del Poder Ejecutivo que formulan políticas nacionales y/o sectoriales;

Que, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 8.8.1 y 8.9.1 de la mencionada Directiva, una vez finalizadas las actividades de pre publicación del proyecto de Ficha de Homologación y de evaluación de comentarios, recomendaciones y observaciones, la Entidad solicitará a la Dirección de Subasta Inversa de Perú Compras emitir opinión respecto al contenido del proyecto de Ficha de Homologación presentando el expediente de solicitud de opinión; y contando con la opinión favorable de la citada Dirección, la Ficha de Homologación será aprobada mediante resolución del Titular de la Entidad solicitante, la cual deberá de publicarse en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, el PRONIED, a través de la Unidad Gerencial de Mobiliario y Equipamiento, que tiene entre sus funciones la de ejecutar acciones que aseguren la dotación de mobiliario, equipamiento e instalaciones provisionales necesarias para el funcionamiento de las instituciones educativa públicas, en coordinación con la Dirección de Normatividad de Infraestructura y la Dirección de Planificación de Inversiones, ha elaborado el proyecto de Ficha de Homologación del Módulo Educativo Aula Tipo Costa con estructura metálica y cerramientos de paneles termo-acústicos y con transporte e instalación, a fin de cumplir a tiempo con la implementación de módulos educativos a las instituciones educativas, brindando un espacio adecuado para el desarrollo de las actividades pedagógicas, dado que dicho bien es estratégico para cumplir los objetivos del sector en materia de calidad educativa; de acuerdo con lo indicado en el Informe Nº 086-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGME-HDIN de la Unidad Gerencial de Mobiliario y Equipamiento del PRONIED, y en el Informe Nº 001-2018-MINEDU/VMGI-DIGEIE-DINOR-DIPLAN elaborado conjuntamente por la Dirección de Normatividad de Infraestructura y por la Dirección de Planificación de Inversiones;

Que, el proyecto de Ficha de Homologación del Módulo Educativo Aula Tipo Costa con estructura metálica y cerramientos de paneles termo-acústicos y con transporte e instalación fue pre-publicada en los portales web de Perú Compras, PRONIED y del MINEDU, así como en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado - SEACE, desde el 28 de agosto de 2018 hasta el 13 de setiembre de 2018, por un periodo mayor a los diez (10) días hábiles que exige la normativa de contrataciones del Estado, a fin de recibir comentarios, recomendaciones y observaciones sobre su contenido, los cuales fueron absueltos conforme al Formato de Comentarios, Recomendaciones, Observaciones y Evaluación de Perú Compras;

Que, mediante el Oficio Nº 1879-2018-PERU
COMPRAS el Jefe de Perú Compras ha remitido el Informe Nº 126-2018-PERU COMPRAS/DSI a través del cual la Dirección de Subasta Inversa ha verificado la viabilidad de la Ficha de Homologación del Módulo Educativo Aula Tipo Costa propuesta por PRONIED, concluyendo que "Al haberse verificado i) la competencia para formular políticas nacionales y/o sectoriales, ii) la existencia de oferta en el mercado y iii) que el proyecto de Ficha de Homologación cumple con los lineamientos y requisitos establecidos para su formulación, corresponde emitir opinión favorable sobre el proyecto de Ficha de Homologación del siguiente bien: "Módulo Educativo Aula Tipo Costa con estructura metálica y cerramientos de paneles termoacústicos y con transporte e instalación"
con código de CUBSO 95141701-003374587.";

Que, contando con la opinión favorable de Perú Compras, resulta necesario aprobar la Ficha de Homologación del Módulo Educativo Aula Tipo Costa con estructura metálica y cerramientos de paneles termo-acústicos y con transporte e instalación, a través de una resolución del Titular de la Entidad, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, el numeral 8.9.6 de la Directiva Nº 004-2016-PERU COMPRAS que regula el "Proceso de Homologación de Requerimientos" establece que la Entidad, bajo responsabilidad del Titular, deberá remitir a Perú Compras, en un plazo no mayor de dos (2) días hábiles contados desde el día siguiente de su aprobación, las Fichas de Homologación aprobadas, a efectos de
gestionar su incorporación en la Relación de Fichas de Homologación publicada en el portal de dicha Entidad;

Que, mediante el Informe Nº 1351-2018-MINEDU/ SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica se concluye que contando con los informes técnicos de los órganos competentes y la opinión favorable de la Dirección de Subasta Inversa de Perú Compras, en el marco de lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, corresponde continuar con el trámite de aprobación de la Ficha de Homologación del Módulo Educativo Aula Tipo Costa;

Con la visación del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, la Secretaría General, la Dirección Ejecutiva del PRONIED, la Unidad Gerencial de Mobiliario y Equipamiento del PRONIED, la Unidad de Abastecimiento del PRONIED, la Dirección General de Infraestructura Educativa, la Dirección de Normatividad de Infraestructura, la Dirección de Planificación de Inversiones, y la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con dispuesto en la Ley Nº 30225
- Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, el Decreto Legislativo Nº 1444 - Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

SE RESUELVE:



Artículo 1.- Aprobar la Ficha de Homologación del Módulo Educativo Aula Tipo Costa con estructura metálica y cerramientos de paneles termoacústicos y con transporte e instalación" con código de CUBSO 95141701-003374587, cuyas características se encuentran descritas en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y de su Anexo señalado en el artículo precedente en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www. gob.pe/minedu) el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano".

Artículo 3.- La presente Resolución Ministerial entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Artículo 4.- Disponer que la Secretaria General remita la Ficha de Homologación aprobada a la Central de Compras Públicas - Perú Compras, en un plazo no mayor de dos (02) días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DANIEL ALFARO PAREDES
Ministro de Educación

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 740-2018-MINEDU Aprueban la Ficha de Homologación del Módulo Educativo Aula Tipo Costa con estructura metálica y cerramientos de paneles termoacústicos y con transporte e instalación
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 740-2018-MINEDU
  • Emitida por : Educacion - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2019-01-01
  • Fecha de aplicacion : 2019-01-02

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