7/20/2019
Expediente Técnico Delimitación Sitio RV 120-2019-VMPCIC-MC Cultura
Poder Ejecutivo, Cultura Aprueban expediente técnico de delimitación del Sitio Arqueológico Huaca El Ollero, ubicado en el distrito de Magdalena de Cao, provincia de Ascope, departamento de La Libertad RV 120-2019-VMPCIC-MC Lima, 18 de julio de 2019 VISTOS, el Informe Nº D000135-2019-DGPA/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, y los Informes Nº D000150-2019-DSFL/ MC, Nº D000023-2019-DSFL-HHP/MC y Nº 000009-2019-NPP/DSFL/DGPA/VMPCIC/MC
Aprueban expediente técnico de delimitación del Sitio Arqueológico Huaca El Ollero, ubicado en el distrito de Magdalena de Cao, provincia de Ascope, departamento de La Libertad
RV 120-2019-VMPCIC-MC
Lima, 18 de julio de 2019
VISTOS, el Informe Nº D000135-2019-DGPA/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, y los Informes Nº D000150-2019-DSFL/ MC, Nº D000023-2019-DSFL-HHP/MC y Nº 000009-2019-NPP/DSFL/DGPA/VMPCIC/MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo previsto en el artículo 21 de la Constitución Política del Perú, los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que están protegidos por el Estado;
Que, asimismo, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1255, dispone que es de interés social y de necesidad pública la identificación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes;
TAMBIEN PUEDES VER: Dejan Sin Efecto Encargatura Funciones Directora RI 101-2019-INBP Comision Nacional para el
Que, conforme a lo establecido en el literal b) del artículo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1255, una de las funciones exclusivas del Ministerio de Cultura consiste en realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, de conformidad a lo dispuesto en el literal a) del artículo 14 de la Ley antes acotada, concordado con el numeral 9.1 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC (en adelante, ROF), el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales tiene entre sus competencias la de formular, coordinar, ejecutar, y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación;
MAS NORMAS LEGALES: Directiva Denominada lineamientos Compra RJ 069-2019-PERU COMPRAS Comision Nacional para el
Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1826/INC de fecha 30 de noviembre de 2009, se declaró Patrimonio Cultural de la Nación, entre otros, al Sitio Arqueológico Huaca El Ollero, ubicado en el distrito de
Magdalena de Cao, provincia Ascope, departamento de La Libertad;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 207-2018-DGPA-VMPCIC/MC se determinó la protección provisional de la poligonal del Sitio Arqueológico Huaca El Ollero, conforme a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 007-2017-MC, Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED;
Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 365-2017-MC, la Dirección de Consulta Previa a través del Informe Nº 900035-2018/ DCP/DGPI/VMI/MC de fecha 28 de junio de 2018, señaló la inexistencia de pueblos indígenas u originarios en el ámbito del Sitio Arqueológico Huaca El Ollero;
Que, con Informes Nº 000009-2019-NPP/DSFL/ DGPA/VMPCIC/MC de fecha 30 de enero de 2019, Nº D000023-2019-DSFL-HHP/MC de fecha 3 de julio de y Nº D000150-2019-DSFL/MC de fecha 3 de julio de 2019, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal en uso de sus facultades previstas en los numerales 62.7, 62.8, y 62.9 del artículo 62 del ROF, recomendó aprobar el expediente técnico de delimitación (ficha técnica, memoria descriptiva y planos) del Sitio Arqueológico Huaca El Ollero, ubicado en el distrito de Magdalena de Cao, provincia Ascope, departamento de La Libertad;
Que, mediante el Certificado de Búsqueda Catastral Nº 4177916, expedido por la Oficina Registral de Trujillo de la Zona Registral Nº V - Sede Trujillo, se determinó que el ámbito del Sitio Arqueológico Huaca El Ollero se encuentra comprendido en su totalidad dentro del predio de mayor extensión inscrito en la Partida Nº 04005949 a favor de la empresa Corporación del Sur S.A. - Sucursal Perú;
Que, en razón a ello, a través del Oficio Nº 901133-2018/DSFL/DGPA/VMPCIC/MC, y conforme lo prevé el artículo 115 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS (en adelante, TUO de la LPAG), en concordancia con los artículos 18 y siguientes del TUO de la LPAG, referidos a la notificación; y la Resolución Viceministerial Nº 021-2016-VMPCIC-MC, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal notificó a la empresa Corporación del Sur S.A. - Sucursal Perú sobre el procedimiento administrativo de aprobación del expediente técnico del Sitio Arqueológico Huaca El Ollero, ubicado en el distrito de Magdalena de Cao, provincia Ascope, departamento de La Libertad, otorgándosele el plazo de diez (10) días hábiles para que ejerza su derecho de presentar alegaciones;
Que, mediante Carta Nº 001-2019-CORSUR de fecha 8 de enero de 2019, la empresa Corporación del Sur S.A.
- Sucursal Perú solicitó una inspección ocular conjunta al Sitio Arqueológico Huaca El Ollero, ubicado dentro del predio de su propiedad, con el objeto de verificar in situ los límites y la superposición del área intangible;
Que, con fecha 22 de mayo de 2019, la Dirección Desconcentrada de Cultura La Libertad dio atención a la petición realizada por la administrada, conforme se verifica del acta de inspección ocular obrante en el expediente; advirtiéndose que la empresa Corporación del Sur S.A. - Sucursal Perú no presentó oposición al presente procedimiento de aprobación del expediente técnico;
Que, a través del Informe Nº D000135-2019-DGPA/ MC de fecha 8 de julio de 2019, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, en uso de sus facultades previstas en el numeral 59.2 del artículo 59 del ROF, emitió opinión favorable a la propuesta de delimitación del Sitio Arqueológico Huaca El Ollero, ubicado en el distrito de Magdalena de Cao, provincia Ascope, departamento de La Libertad, elevando el expediente al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, para que se continúe con el trámite que corresponde;
Que, conforme a lo previsto en el numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-2014-MC, corresponde aprobar el expediente técnico de delimitación (ficha técnica, memoria descriptiva y planos) del Sitio Arqueológico Huaca El Ollero, ubicado en el distrito de Magdalena de Cao, provincia Ascope, departamento de La Libertad, a fin de brindarle protección legal para su conservación, al tratarse de un área intangible; siendo necesario emitir el acto resolutivo correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Reglamento de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2014-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el expediente técnico de delimitación (ficha técnica, memoria descriptiva y planos) del Sitio Arqueológico Huaca El Ollero, ubicado en el distrito de Magdalena de Cao, provincia Ascope, departamento de La Libertad, de acuerdo a los planos, áreas y perímetro siguientes:
Nombre del Sitio Arqueo-lógico Nº de Plano en Datum WGS84
Área (m 2
)
Área (ha)
Perí-metro (m)
UTM Este UTM Norte Huaca El Ollero
PP-052-MC_
DGPA/DSFL-2018 WGS84
9630.47 0.9630 484.62 687942.0000 9134410.0000
UB-021-MC_DGPA-DSFL-2018
WGS84
Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal del Ministerio de Cultura la inscripción en los Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP), de ser el caso, la condición de Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico Huaca El Ollero, así como el expediente técnico aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución.
Artículo 3.- Cualquier intervención o ejecución de obra pública o privada, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otras que pudiesen afectar el Sitio Arqueológico Huaca El Ollero, requiere de la autorización del Ministerio de Cultura.
Artículo 4.- Remitir copia certificada de la presente Resolución y de los Informes Nº D000023-2019-DSFL-HHP/MC y Nº 000009-2019-NPP/DSFL/DGPA/VMPCIC/ MC a la Municipalidad Distrital de Magdalena de Cao, la Dirección Desconcentrada de Cultura de La Libertad, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, la Municipalidad Provincial de Ascope, al Gobierno Regional de La Libertad y a la empresa Corporación del Sur S.A. - Sucursal Perú, para los fines correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS GUILLERMO CORTÉS CARCELÉN
Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales
NORMA LEGAL:
- Titulo: RV 120-2019-VMPCIC-MC Aprueban expediente técnico de delimitación del Sitio Arqueológico Huaca El Ollero, ubicado en el distrito de Magdalena de Cao, provincia de Ascope, departamento de La Libertad
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
- Numero : 120-2019-VMPCIC-MC
- Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2019-07-20
- Fecha de aplicacion : 2019-07-21
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