10/29/2025

Documento Denominado disposiciones Operativas RM 0421-2025-MIDAGRI Cultura

Poder Ejecutivo, Cultura Aprueban el documento denominado "Disposiciones operativas para la implementación de la Tercera Disposición Complementaria del Decreto Legislativo Nº 1077, Decreto Legislativo que crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad, en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM)" RM 0421-2025-MIDAGRI Lima, 27 de octubre de 2025 VISTOS: El Oficio Nº D000688-2025-MIDAGRI-AGROIDEAS-DE y Oficio Nº D001178-2025-MIDAGRI-AGROIDEAS-DE, del Programa de Compensaciones para la Competitividad; y, el Informe Nº 1502-2025-MIDAGRI-SG/ OGAJ, de la Oficina Gen…
Poder Ejecutivo, Cultura
Aprueban el documento denominado "Disposiciones operativas para la implementación de la Tercera Disposición Complementaria del Decreto Legislativo Nº 1077, Decreto Legislativo que crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad, en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM)"
RM 0421-2025-MIDAGRI
Lima, 27 de octubre de 2025
VISTOS:

El Oficio Nº D000688-2025-MIDAGRI-AGROIDEAS-DE y Oficio Nº D001178-2025-MIDAGRI-AGROIDEAS-DE, del Programa de Compensaciones para la Competitividad; y, el Informe Nº 1502-2025-MIDAGRI-SG/ OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece que el citado Ministerio ejerce la rectoría sobre las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia, las cuales son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno y es competente en las materias de tierras de uso agrícola y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria; agricultura y ganadería; recursos forestales y su aprovechamiento sostenible; fl ora y fauna silvestre; sanidad, inocuidad, investigación, extensión, transferencia de tecnología y otros servicios vinculados a la actividad agraria; recursos hídricos; riego, infraestructura de riego y utilización de agua para uso agrario; e infraestructura agraria;

Que, el numeral 2 del artículo 6 de la referida Ley, establece como funciones generales de este Ministerio, las funciones técnico-normativas que, comprende, entre otras, aprobar disposiciones normativas de su competencia, así como las demás que señale la ley;

Que, mediante el artículo 4 de la Ley Nº 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, se dispone que son órganos responsables de la dirección y ejecución de los programas o proyectos de reconversión productiva agropecuaria: a) En el nivel nacional, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a través del Programa de Compensaciones para la Competitividad (en adelante, AGROIDEAS), creado por Decreto Legislativo Nº 1077, Decreto Legislativo que crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad;
b) En el nivel regional, los gobiernos regionales en su respectiva circunscripción territorial; y, c) En el nivel local, los gobiernos locales en su respectiva circunscripción territorial;

Que, la Tercera Disposición Complementaria del Decreto Legislativo Nº 1077, Decreto Legislativo que crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad;
faculta, de forma excepcional, a los gobiernos locales, gobiernos regionales y demás entidades en el nivel nacional, con cargo a su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, para destinar recursos monetarios en favor de los comuneros pertenecientes a las comunidades nativas establecidas en la circunscripción de los valles de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM) para el aporte de su contrapartida de los incentivos de adopción de tecnología y proyectos de reconversión productiva agropecuaria aprobados en los convenios suscritos y por suscribirse con AGROIDEAS;

7 NORMAS LEGALES
Miércoles 29 de octubre de 2025
Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1077, Decreto Legislativo que crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2024-MIDAGRI, establece que el MIDAGRI, a propuesta de AGROIDEAS y mediante Resolución Ministerial, aprueba las disposiciones operativas para implementar la Tercera Disposición Complementaria del Decreto Legislativo Nº 1077, Decreto Legislativo que crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad;

Que, mediante Oficio Nº D000688-2025-MIDAGRI-AGROIDEAS-DE y Oficio Nº D001178-2025-MIDAGRI-AGROIDEAS-DE, se remiten al Viceministerio de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, los informes técnicos y legales sustentatorios de la propuesta de Resolución Ministerial que permite, de forma excepcional a los gobiernos regionales, gobiernos locales y demás entidades en el nivel nacional, a su discreción y con cargo a sus propios presupuestos, a destinar recursos monetarios en favor de los comuneros de las comunidades nativas ubicadas en el ámbito del VRAEM, para que estos puedan cumplir con el aporte de contrapartida exigido para acceder a los beneficios de AGROIDEAS, permitiendo a estos productores agrarios mejorar su competitividad, con la adopción de tecnología y la reconversión productiva agropecuaria en esta zona estratégicamente sensible;

Con las visaciones del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Director Ejecutivo del Programa de Compensaciones para la Competitividad y, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria; la Ley Nº 31075, Ley que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Legislativo Nº 1077, Decreto Legislativo que crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad;
el Decreto Supremo Nº 011-2024-MIDAGRI, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1077; y, la Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de las Disposiciones Operativas Se aprueba el documento denominado "Disposiciones operativas para la implementación de la Tercera Disposición Complementaria del Decreto Legislativo Nº 1077, Decreto Legislativo que crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad, en el Valle de los ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM)", que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Encargo de gestión Se encarga al Programa de Compensaciones para la Competitividad (AGROIDEAS) la atención de consultas formuladas por los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y demás entidades públicas, sobre los alcances del documento aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 3.- Publicación La presente Resolución Ministerial y su Anexo aprobado en el artículo 1 precedente, se publican en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob/midagri), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VLADIMIR GERMÁN CUNO SALCEDO
Ministro de Desarrollo Agrario y Riego

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 0421-2025-MIDAGRI Aprueban el documento denominado "Disposiciones operativas para la implementación de la Tercera Disposición Complementaria del Decreto Legislativo Nº 1077, Decreto Legislativo que crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad, en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM)"
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 0421-2025-MIDAGRI
  • Emitida por : Cultura - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2025-10-29
  • Fecha de aplicacion : 2025-10-30

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