2/20/2026

Actualización Anexos 1 2 Reglamento Ley 31572 RM 051-2026-TR Produce

Poder Ejecutivo, Produce Aprueban la actualización de los Anexos 1 y 2 del Reglamento de la Ley Nº 31572, Ley del Teletrabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2023- TR RM 051-2026-TR Lima, 18 de febrero de 2026 VISTOS: El Memorándum Nº 000253-2026-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo; la Hoja de Elevación Nº 000231-2026-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo; el Informe Nº 000061-2026-MTPE/2/14.1 de la Dirección de Normativa de Trabajo de la Dirección General de Trabajo; el Informe Nº 000017-2026-MTPE/4/8-DPF y la Hoja de Elevación Nº 000133-2026-MTPE/4/8 de la Oficina Gen…
Poder Ejecutivo, Produce
Aprueban la actualización de los Anexos 1 y 2 del Reglamento de la Ley Nº 31572, Ley del Teletrabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2023- TR
RM 051-2026-TR
Lima, 18 de febrero de 2026
VISTOS: El Memorándum Nº 000253-2026-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo; la Hoja de Elevación Nº 000231-2026-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo; el Informe Nº 000061-2026-MTPE/2/14.1 de la Dirección de Normativa de Trabajo de la Dirección General de Trabajo; el Informe Nº 000017-2026-MTPE/4/8-DPF y la Hoja de Elevación Nº 000133-2026-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 23 de la Constitución Política del Perú establece que el trabajo, en sus diversas modalidades, es objeto de atención prioritaria del Estado, el cual protege especialmente a la madre, al menor de edad y al impedido que trabajan;

Que, la Ley Nº 31572, Ley del Teletrabajo, regula el teletrabajo como una modalidad especial de prestación de labores, de condición regular o habitual, la cual se caracteriza por el desempeño subordinado de aquellas sin presencia física del trabajador o servidor civil en el centro de trabajo, con la que mantiene vínculo laboral; y que se realiza a través de la utilización de las plataformas y tecnologías digitales;

Que, los artículos 19 y 20 de la Ley Nº 31572 disponen que el Reglamento de la Ley del Teletrabajo establece la forma cómo se determinan y efectúan las compensaciones que el empleador debe otorgar por provisión de equipos y gastos por el servicio de acceso a internet y el consumo de energía eléctrica;

Que, en ese contexto, mediante el Decreto Supremo Nº 002-2023-TR, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 31572, y sus anexos, con la finalidad de que la regulación del teletrabajo se sujete a las necesidades del empleador público y/o privado, así como al marco del trabajo decente y la conciliación entre la vida personal, familiar y laboral, y promover políticas públicas para garantizar su desarrollo;

Que, el numeral 23.3 del artículo 23 del referido Reglamento establece que en el caso del servicio de acceso a internet la compensación por dicho gasto se realiza en función a los valores referenciales necesarios para la prestación del servicio, para lo cual se considera lo señalado en el Anexo 1, siempre y cuando la prestación de los servicios se realiza en el domicilio del teletrabajador;

Que, el numeral 23.4 del artículo 23 del citado Reglamento señala que, en el caso del consumo de energía eléctrica, la compensación por dicho gasto se realiza en función a los valores referenciales del costo del servicio, para lo cual se considera lo señalado en el Anexo 2, salvo pacto en contrario, siempre y cuando la prestación de los servicios se realice en el domicilio del teletrabajador;

Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del referido Reglamento dispone que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en el marco de sus funciones, y en coordinación con las entidades competentes, anualmente, aprueba mediante Resolución Ministerial la actualización de los Anexos 1 y 2, para la compensación de los servicios de acceso a internet y del consumo de energía eléctrica a los que hace referencia el artículo 23 del Reglamento;

Que, mediante Hoja de Elevación Nº 000231-2026-MTPE/2/14, la Dirección General de Trabajo propone la aprobación de la actualización de los Anexos 1 y 2, para la compensación de los servicios de acceso a internet y del consumo de energía eléctrica a los que hace referencia el artículo 23 del Reglamento de la Ley Nº 31572, Ley del Teletrabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2023-TR, adjuntando el Informe Nº 000061-2026-MTPE/2/14.1 de la Dirección de Normativa de Trabajo de la Dirección General de Trabajo, con el sustento respectivo;

Que, en virtud del marco normativo expuesto y del sustento remitido por el órgano proponente, corresponde aprobar la actualización de los Anexos 1 y 2 para la compensación de los servicios de acceso a internet y consumo de energía eléctrica a los que hace referencia el artículo 23 del precitado Reglamento de la Ley Nº 31572;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Secretaría General, de la Dirección General de Trabajo, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Ley Nº 31572, Ley del Teletrabajo, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2023-TR; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, actualizado por Resolución Ministerial Nº 194-2024-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Actualización de los Anexos 1 y 2 del Reglamento de la Ley Nº 31572, Ley del Teletrabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2023-TR
Aprobar la actualización de los Anexos 1 y 2 del Reglamento de la Ley Nº 31572, Ley del Teletrabajo, 25 NORMAS LEGALES
Viernes 20 de febrero de 2026
aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2023-TR, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial:
- Anexo 1: Valores para el cálculo del consumo de servicio de internet para el año 2026.
- Anexo 2: Valores para el cálculo de consumo eléctrico para el año 2026.

Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y sus Anexos en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/ mtpe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÓSCAR FAUSTO FERNÁNDEZ CÁCERES
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

NORMA LEGAL:

  • Titulo: RM 051-2026-TR Aprueban la actualización de los Anexos 1 y 2 del Reglamento de la Ley Nº 31572, Ley del Teletrabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2023- TR
  • Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
  • Numero : 051-2026-TR
  • Emitida por : Produce - Poder Ejecutivo
  • Fecha de emision : 2026-02-20
  • Fecha de aplicacion : 2026-02-21

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