2/25/2026
Formalizan Aprobación Plan Operativo RM 113-2026-MINEDU Defensa
Poder Ejecutivo, Defensa Formalizan aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego 010: M. de Educación RM 113-2026-MINEDU Lima, 24 de febrero de 2026 VISTOS, los documentos que conforman el Expediente Nº UPP2026-INT-0105189; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Pl…
Formalizan aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego 010: M. de Educación
RM 113-2026-MINEDU
Lima, 24 de febrero de 2026
VISTOS, los documentos que conforman el Expediente Nº UPP2026-INT-0105189; y,
CONSIDERANDO:
aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes;
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como organismo de derecho público cuya finalidad es constituirse como el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico;
Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Presupuesto del Sector Público tiene como finalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fiscal conforme a la normatividad vigente y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 650-2024-MINEDU, se aprueba el Plan Estratégico 22 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de febrero de 2026
Institucional - PEI del Ministerio de Educación 2025-2030, el cual establece los Objetivos Estratégicos Institucionales y las Acciones Estratégicas Institucionales para el periodo 2025 - 2030, orientados a contribuir, entre otros, al logro de los Objetivos Estratégicos Sectoriales establecidos en el Plan Estratégico Sectorial Multianual- PESEM al 2030 del Sector Educación;
Que, conforme a la T abla 3 del numeral 2 del Capítulo 1 de la Guía para el Planeamiento Institucional, actualizada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0055-2024/CEPLAN/PCD y modificatorias, se describe al Plan Operativo Institucional - POI como un instrumento de gestión que orienta la necesidad de recursos para implementar la estrategia institucional;
Que, el numeral 1 del Capítulo 1 de la citada Guía, señala que el Titular de la entidad conforma y designa, a través del documento administrativo que corresponda, el Grupo de Trabajo bajo su liderazgo, en la cual participan tanto funcionarios de la Alta Dirección como aquellos a cargo de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, y otros que el órgano resolutivo designe, dependiendo de la estructura organizacional de la entidad; además, podrá conformar un equipo técnico integrado por representantes de los miembros del Grupo de Trabajo. El mencionado Grupo de Trabajo tiene por función, entre otras, validar el documento del PEI y POI;
Que, el numeral 2.2 del Capítulo 3 de la referida Guía, establece que, para contar con el POI Anual, la entidad con base en el POI Multianual toma la programación del primer año para realizar el proceso de ajuste de acuerdo con la priorización establecida y la asignación del presupuesto total de la entidad; para ello, luego que el Congreso de la República aprueba la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público y que cada Pliego aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA, la entidad revisa que los recursos totales estimados en la programación del primer año del POI Multianual tenga consistencia con el PIA. De no ser consistente, la entidad ajusta la programación, y en consecuencia las metas físicas son revisadas a nivel multianual, para finalmente obtener el POI Anual. A partir de ello, el POI
Anual comprenderá la Programación Física y Financiera de las Actividades Operativas e Inversiones priorizadas en formal mensual;
Que, el numeral 8.4 de la Directiva General de Planeamiento Estratégico del SINAPLAN, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 00021-2024/CEPLAN/PCD y modificatorias, señala que en las entidades donde existan otros mecanismos o instancias previamente conformados y vigentes sobre la materia a abordar, no es necesario conformar un nuevo grupo de trabajo para la política o plan que se iniciará;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 675-2018-MINEDU, se conforma la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de Educación (MINEDU), de carácter permanente, encargada de la aplicación del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; así como, el Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico Institucional del MINEDU, el cual tiene por función asistir a la Comisión en la elaboración o modificación del PEI y el POI;
Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 375-2025-MINEDU, se formaliza la aprobación del Plan Operativo Institucional Multianual - 2028 del Pliego 010: M. de Educación;
Que, en el marco de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, mediante Resolución Ministerial Nº 582-2025-MINEDU, se aprueba el PIA de Gastos correspondiente al Año Fiscal del Pliego 010: M. de Educación, por Categoría de Gasto, así como la Estructura Programática y la Estructura Funcional correspondiente al Año Fiscal 2026;
Que, con el Informe Nº 00140-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, en el marco de sus funciones y como parte integrante del Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico Institucional del MINEDU, considera que es técnicamente factible formalizar la aprobación del POI Anual consistente con el PIA
2026; el mismo que ha sido elaborado y registrado en el aplicativo CEPLAN v.01, de conformidad con lo establecido en la Guía para el Planeamiento Institucional y el PIA de Gastos correspondiente al Año Fiscal del Pliego 010: M. de Educación;
Que, mediante Acta del Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico Institucional del MINEDU, de fecha 23 de enero de 2026, se valida el POI
consistente con el PIA del Pliego 010: M. de Educación;
Que, asimismo, con los Memorándums Nº 00047-2026-MINEDU/VMGI, Nº 00027-2026-MINEDU/ VMGP, Nº 00092-2026-MINEDU/SG y Nº 00022-2026-MINEDU/SPE, los titulares del Viceministerio de Gestión Institucional, el Viceministerio de Gestión Pedagógica, la Secretaría General y la Secretaría de Planificación Estratégica, respectivamente, en su calidad de miembros de la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del MINEDU, validan la propuesta del POI consistente con el PIA del Pliego 010: M. de Educación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 00021-2024/CEPLAN/PCD, que aprueba la Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN, y modificatorias; la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0055-2024/CEPLAN/PCD, que actualiza la Guía para el Planeamiento Institucional y modificatorias;
y la Resolución Ministerial Nº 582-2025-MINEDU, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal del Pliego 010: M. de Educación;
SE RESUELVE:
Artículo 2.- La Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, a través de la Unidad de Planificación y Presupuesto, es el órgano encargado de conducir, asesorar y evaluar la reprogramación del Plan Operativo Institucional (POI)
aprobado mediante el artículo 1 de la presente Resolución;
así como de efectuar el respectivo seguimiento y evaluación de su cumplimiento.
Artículo 3.- Los Jefes, Directores de los órganos, unidades orgánicas y dependencias de la Sede Central;
así como los responsables de las unidades ejecutoras del Pliego 010: M. de Educación, deberán registrar en el aplicativo CEPLAN V.01, las metas de acuerdo a los plazos que para ello defina la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto.
Artículo 4.- Durante la etapa de ejecución, las actividades operativas aprobadas no constituyen por si solas, sustento suficiente para ser ejecutadas, debiéndose observar para su cumplimiento, los requisitos esenciales y las formalidades establecidas por la normatividad vigente.
Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE EDUARDO FIGUEROA GUZMÁN
Ministro de Educación
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 113-2026-MINEDU Formalizan aprobación del Plan Operativo Institucional (POI) consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego 010: M. de Educación
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 113-2026-MINEDU
- Emitida por : Defensa - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2026-02-25
- Fecha de aplicacion : 2026-02-26
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