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Incorporan Artículo 8 b 000218 2025 anin/jef RJ 000039-2026-ANIN/JEF PCM
2/21/2026
Incorporan Artículo 8 b 000218 2025 anin/jef RJ 000039-2026-ANIN/JEF PCM
Poder Ejecutivo, Presidencia del Consejo de Ministros Incorporan el artículo 8-B en la Resolución Jefatural Nº 000218-2025-ANIN/JEF, mediante la cual la Jefatura de la ANIN delega facultades a diferentes unidades de organización para el Año Fiscal 2026 RJ 000039-2026-ANIN/JEF Jesús María, 20 de febrero de 2026 VISTOS: El Memorando Nº 000056-2026-ANIN/UCOM e Informe Nº 000006-2026-ANIN/UCOM de la Unidad de Comunicaciones, el Memorando Nº 000123-2026-ANIN/ OPP e Informe Nº 000019-2026-ANIN/OPP-UM de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000095-2026-ANIN/OAJ de la Oficina de As…
Incorporan el artículo 8-B en la Resolución Jefatural Nº 000218-2025-ANIN/JEF, mediante la cual la Jefatura de la ANIN delega facultades a diferentes unidades de organización para el Año Fiscal 2026
RJ 000039-2026-ANIN/JEF
Jesús María, 20 de febrero de 2026
VISTOS:
El Memorando Nº 000056-2026-ANIN/UCOM e Informe Nº 000006-2026-ANIN/UCOM de la Unidad de Comunicaciones, el Memorando Nº 000123-2026-ANIN/ OPP e Informe Nº 000019-2026-ANIN/OPP-UM de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000095-2026-ANIN/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Autoridad Nacional de Infraestructura; y,
CONSIDERANDO:
Que, con, con Resolución Nº 0844-2025-JNE se aprueba el Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral, en adelante el Reglamento, a fin de establecer las disposiciones reglamentarias destinadas al control y sanción de las infracciones en la difusión de propaganda electoral y publicidad estatal, así como a la regulación de las actividades relativas al deber de neutralidad, durante el periodo electoral;
Que, el numeral 23.1 del artículo 23 del Reglamento, establece que, si se trata de avisos o mensajes publicitarios que las entidades estatales consideren de impostergable necesidad o utilidad pública, a ser difundidos por radio o televisión, la entidad debe solicitar autorización previa del Jurado Electoral Especial y para el otorgamiento de dicha autorización, el titular del pliego correspondiente o a quien este faculte, debe presentar el formato de solicitud;
Que, asimismo, el numeral 24.1 del artículo 24 del Reglamento, establece que la publicidad estatal difundida a través de medios distintos a la radio o la televisión no requiere de autorización previa; sin embargo, será materia de reporte posterior y para ello, el titular del pliego o a quien este faculte, dentro del plazo de siete (7) días hábiles, computados desde el día siguiente del inicio de la difusión, presenta al Jurado Electoral Especial el formato de reporte posterior;
Que, el numeral 61.2 del artículo 61 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en adelante la Ley, indica que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia;
Que, los numerales 67.1 y 67.2 del artículo 67 de la Ley, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; siendo indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justifican su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso y las atribuciones a su vez recibidas en delegación;
Que, en esa línea, el literal v) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ANIN, aprobado por Resolución Jefatural Nº 002-2023-ANIN-JEFATURA, señala dentro de las funciones de la Jefatura el delegar en el Gerente General de la ANIN o en otros funcionarios o servidores, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función, dentro de las competencias de la ANIN;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 000218-2025-ANIN/JEF, la Jefatura de la ANIN delega facultades a diferentes unidades de organización para el Año Fiscal 2026, la cual ha sido modificada por las Resoluciones Jefaturales Nº 00005-2026-ANIN/JEF, Nº 00009-2026-ANIN/JEF y Nº 00034-2026-ANIN/JEF;
Que, mediante Memorando Nº 000056-2026-ANIN/ UCOM, la Unidad de Comunicaciones de la ANIN hace suyo el Informe Nº 000006-2026-ANIN/UCOM y sustenta y propone la delegación de facultades administrativas para el Ejecutivo de la Unidad de Comunicaciones para la presentación del formato de solicitud de autorización previa para publicidad estatal y el formato de reporte posterior de publicidad estatal al Jurado Electoral Especial;
Que, mediante Memorando Nº 000123-2026-ANIN/ OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 000019-2026-ANIN/OPP-UM de la Unidad de Modernización el cual emite opinión favorable para la delegación de facultades administrativas para el Ejecutivo de la Unidad de Comunicaciones para la presentación del formato de solicitud de autorización previa para publicidad estatal y el formato de reporte posterior de publicidad estatal al Jurado Electoral Especial;
Que, con Informe Nº 000095-2026-ANIN/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable que el Jefe de la ANIN delegue en el Ejecutivo de la Unidad de Comunicaciones, las facultades propuestas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral aprobado por Resolución Nº 0844-2025-JNE, así como el literal v) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ANIN;
Que, teniendo presente la estructura orgánica de la ANIN, la normativa sobre publicidad estatal y con el propósito de garantizar la adecuada gestión de las actividades de difusión de las acciones de la ANIN, resulta necesario delegar facultades a favor del Ejecutivo de la Unidad de Comunicaciones en la Resolución Jefatural Nº 000218-2025-ANIN/JEF;
Con el visado de la Gerencia General, de la Unidad de Comunicaciones, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31841, Ley que crea la Autoridad Nacional de Infraestructura; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el Reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral aprobado por Resolución Nº 0844-2025-JNE y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Infraestructura, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 002-2023-ANIN-JEFATURA;
SE RESUELVE:
"Artículo 8-B.- Delegación de facultades al Ejecutivo de la Unidad de Comunicaciones Delegar en el Ejecutivo de la Unidad de Comunicaciones las siguientes facultades:
a) Suscribir y presentar la solicitud de autorización previa de publicidad estatal en razón de impostergable necesidad o utilidad pública en periodo electoral y el reporte posterior de publicidad estatal, de conformidad con la normativa sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad en periodo electoral."
Artículo 2.- Observancia de los requisitos legales La delegación de facultad a que se refiere la presente Resolución Jefatural comprende las atribuciones de 6 NORMAS LEGALES Sábado 21 de febrero de 2026
pronunciarse o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto.
Artículo 3.- Plazo de la delegación La delegación de facultades autorizada mediante la presente Resolución Jefatural tiene vigencia durante el Año Fiscal 2026.
Artículo 4.- Notificación Notificar la presente Resolución Jefatural a la Unidad de Comunicaciones, para los fines correspondientes, conforme a las disposiciones contenidas en la Directiva Nº 002-2024-ANIN/JEF/OPP-UM "Directiva para la elaboración y expedición de actos resolutivos y elaboración de documentos oficiales en la Autoridad Nacional de Infraestructura" aprobada por Resolución Jefatural Nº 015-2024-ANIN-JEF.
Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano y en la sede digital de la Autoridad Nacional de Infraestructura (www.gob.pe/ anin).
Regístrese, comuníquese y publíquese
HERNAN YAIPEN ARESTEGUI
Jefe de la Autoridad Nacional de Infraestructura Autoridad Nacional de Infraestructura Presidencia del Consejo de Ministros
NORMA LEGAL:
- Titulo: RJ 000039-2026-ANIN/JEF Incorporan el artículo 8-B en la Nº 000218-2025-ANIN/JEF, mediante la cual la Jefatura de la ANIN delega facultades a diferentes unidades de organización para el Año Fiscal 2026
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN JEFATURAL
- Numero : 000039-2026-ANIN/JEF
- Emitida por : Presidencia del Consejo de Ministros - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2026-02-21
- Fecha de aplicacion : 2026-02-22
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