Inicio
Últimas normas legales
Guía Turismo Accesible Todos RM 0074-2026-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo
3/27/2026
Guía Turismo Accesible Todos RM 0074-2026-MINCETUR Comercio Exterior y Turismo
Poder Ejecutivo, Comercio Exterior y Turismo Aprueban la "Guía de Turismo Accesible, Turismo para Todos" RM 0074-2026-MINCETUR Lima, 25 de marzo de 2026 VISTOS, el Informe Nº 001-2026-MINCETUR/VMT/ DGET/DIOT-RGZ y el Informe Nº 003-2026-MINCETUR/ VMT/DGET/DIOT-BRE de la Dirección de Innovación de la Oferta Turística de la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo; el Memorándum Nº 175-2026-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo; el Informe Nº 059-2026-MINCETUR/ SG/OGPPM/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 020-2026-MINCETUR…
Aprueban la "Guía de Turismo Accesible, Turismo para Todos"
RM 0074-2026-MINCETUR
Lima, 25 de marzo de 2026
VISTOS, el Informe Nº 001-2026-MINCETUR/VMT/ DGET/DIOT-RGZ y el Informe Nº 003-2026-MINCETUR/ VMT/DGET/DIOT-BRE de la Dirección de Innovación de la Oferta Turística de la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo; el Memorándum Nº 175-2026-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo; el Informe Nº 059-2026-MINCETUR/ SG/OGPPM/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 020-2026-MINCETUR/ SG/OGPPM/OM de la Oficina de Modernización; el Memorándum Nº 203-2026-MINCETUR/SG/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº 0005-2026-MINCETUR/ SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 5 de la referida Ley establece que es función del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR intervenir en la formulación de políticas, acciones y propuestas normativas que tengan incidencia determinante respecto a materias o actividades del ámbito de su competencia;
Que, la Ley Nº 32392, Nueva Ley General de Turismo, establece en su artículo 1 que las actividades derivadas del turismo y la artesanía se rigen por los principios previstos en dicha norma, tales como la inclusión, la equidad y la igualdad, conforme a lo señalado en su Título Preliminar;
Que, el artículo 17 de la referida Ley, dispone que el MINCETUR, en coordinación con actores públicos y privados, promueve el desarrollo sostenible, accesible y competitivo, así como la innovación en los productos turísticos, con el objetivo de fortalecer y diversificar la oferta turística nacional;
Que, el artículo 51 de la Ley Nº 32392, dispone que el Turismo Social comprende todos aquellos instrumentos y medios a través de los cuales se promueve la participación e inclusión en el turismo de niños, jóvenes, estudiantes, personas con discapacidad, adultos mayores y otros grupos humanos que, por razones físicas, económicas, sociales o culturales, tienen acceso limitado a disfrutar de los atractivos y servicios turísticos; para tal efecto, el MINCETUR interviene a través del desarrollo e implementación de acciones y estrategias articuladas con actores públicos y privados para diseñar y crear oportunidades con el propósito de promover el disfrute de actividades turísticas inclusivas en condiciones adecuadas de accesibilidad, seguridad y comodidad, en la cadena de valor del turismo;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 005-2020-MINCETUR se aprueban los "Lineamientos para el Desarrollo del Turismo Social en el Perú", en cuyo numeral 4.5 refiere que el Turismo Social tiene como objetivo general promover y facilitar que grupos humanos con acceso limitado al turismo ejerzan en igualdad de condiciones su derecho fundamental al disfrute del tiempo libre y al descanso, gozando de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, de conformidad con lo dispuesto por el inciso 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú;
Que, con Resolución Ministerial Nº 199-2021-MINCETUR se aprueba la "Guía de Accesibilidad, Turismo para Todos", la cual tiene como objeto promover la implementación del marco normativo en temas de accesibilidad y establecer el desarrollo de buenas prácticas para la creación y adaptación de servicios turísticos accesibles, innovadores, seguros y de calidad, en base a las características y necesidades de las personas con discapacidad, personas adultas mayores y personas con movilidad reducida;
Que, mediante los documentos de Vistos, la Dirección de Innovación de la Oferta Turística de la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo propone y sustenta la necesidad de actualizar la "Guía de Accesibilidad, Turismo para Todos", a fin de adecuarla a la Ley Nº 32392, Nueva Ley General de Turismo, a la Norma Técnica A.120: Accesibilidad Universal en Edificaciones del Reglamento Nacional de Edificaciones, y a los estándares de la Norma UNE-ISO
21902:2021, Turismo y servicios relacionados, Turismo accesible para todos, Requisitos y recomendaciones; a efectos, de asegurar que continúe siendo un instrumento técnico relevante, capaz de orientar a prestadores de servicios turísticos, gestores de atractivos turísticos y gobiernos locales en la implementación de medidas de accesibilidad;
Que, en ese sentido, resulta pertinente emitir el acto resolutivo que apruebe la nueva "Guía de Turismo Accesible, Turismo para Todos"; y, dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 199-2021-MINCETUR;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Turismo, de la Secretaría General, de la Dirección General 9 NORMAS LEGALES
Viernes 27 de marzo de 2026
de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley Nº 32392, Nueva Ley General de Turismo; la Resolución Ministerial Nº 005-2020-MINCETUR, que aprueba los "Lineamientos para el Desarrollo del Turismo Social en el Perú"; y, la Resolución Ministerial Nº 216-2025-MINCETUR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;
SE RESUELVE:
Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 199-2021-MINCETUR, que aprueba la "Guía de Accesibilidad, Turismo para Todos".
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y de su Anexo, en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano".
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ FERNANDO REYES LLANOS
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
NORMA LEGAL:
- Titulo: RM 0074-2026-MINCETUR Aprueban la "Guía de Turismo Accesible, Turismo para Todos"
- Tipo de norma : RESOLUCIÓN MINISTERIAL
- Numero : 0074-2026-MINCETUR
- Emitida por : Comercio Exterior y Turismo - Poder Ejecutivo
- Fecha de emision : 2026-03-27
- Fecha de aplicacion : 2026-03-28
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- abril 2026 (28)
- marzo 2026 (96)
- febrero 2026 (108)
- enero 2026 (61)
- diciembre 2025 (84)
- noviembre 2025 (86)
- octubre 2025 (81)
- septiembre 2025 (36)
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)