10/24/2013

ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 143-2013-CR /GRM Priorizan el Proyecto de Inversión Pública

Priorizan el Proyecto de Inversión Pública Mejoramiento del Servicio Institucional de la Sede Central del Gobierno Regional de Moquegua, provincia Mariscal Nieto, Moquegua ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 143-2013-CR /GRM Fecha: 18 de octubre del 2013 VISTO: En Sesión Extraordinaria N° 15-2013, de fecha dieciocho de octubre del 2013 del Consejo Regional de Moquegua, El Dictamen N° 05-2013-CR/CODECTYPE/ GRM, de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, Cooperación Técnica y Promoción del Empleo, sobre priorización
Priorizan el Proyecto de Inversión Pública Mejoramiento del Servicio Institucional de la Sede Central del Gobierno Regional de Moquegua, provincia Mariscal Nieto, Moquegua
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL N° 143-2013-CR /GRM
Fecha: 18 de octubre del 2013
VISTO:

En Sesión Extraordinaria N° 15-2013, de fecha dieciocho de octubre del 2013 del Consejo Regional de Moquegua, El Dictamen N° 05-2013-CR/CODECTYPE/ GRM, de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, Cooperación Técnica y Promoción del Empleo, sobre priorización del Proyecto de Inversión Pública "MEJORAMIENTO DEL SERVICIO INSTITUCIONAL
DE LA SEDE CENTRAL DEL GOBIERNO REGIONAL
DE MOQUEGUA, PROVINCIA MARISCAL NIETO, MOQUEGUA", Código SNIP 41743"; y,
CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al artículo 191 de la Constitución Política del Perú, reformado con la Ley N° 28607, y lo establecido en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Gobierno Regional de Moquegua es persona jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un Pliego Presupuestal;
con jurisdicción en el ámbito de la circunscripción del Departamento de Moquegua, siendo su titular y representante legal el Presidente Regional;

Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 58°, señala que la iniciativa es libre, esta se ejerce en una economía social de mercado, bajo cuyo régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa primordialmente en las aéreas de promoción del empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura; en tanto que según el artículo 34° concordante con inciso d) del artículo 45° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, las funciones del Gobierno Regional se ejercen con sujeción al ordenamiento jurídico establecido por la Constitución, la Ley de Bases de Descentralización y demás leyes de la República; denotando entre ellas la Función de Promoción de las inversiones, incentivando y apoyando las actividades del sector privado nacional y extranjero, orientada a impulsar el desarrollo de los recursos regionales, creando los instrumentos necesarios para tal fin.

Que, la ejecución de la Obra del Proyecto de Inversión Pública "Mejoramiento Del Servicio Institucional De La Sede Central Del Gobierno Regional De Moquegua, Provincia Mariscal Nieto, Moquegua", Código SNIP 41743, se realizará bajo el sistema de "Obras por Impuestos"
como así se aprecia en el análisis de sostenibilidad de la alternativa recomendada en la ficha del Proyecto; por lo que en aplicación lo dispuesto en el artículo 30° de la Ley N° 29230, Ley que Impulsa la Inversión Pública Regional y Local con Participación del Sector Privado, el Gobierno Regional Moquegua debe priorizar dicho proyecto mediante Acuerdo de Consejo Regional, como expresamente lo establece el artículo 50 del Reglamento de la Ley en mención aprobado con Decreto Supremo N° 133- 2012-EF, el cual será remitido a PROINVERSION
para ser publicado en su portal;

Que, según el Artículo 5° de la Ley N° 29230, el Gobierno Regional para ejecutar el Proyecto en los términos señalados en el considerando precedente debe hacerlo mencionado el proceso de selección, llevado a cabo mediante un Comité Especial, como así lo señalan los artículos 8° y lo del aludido Reglamento, el cual estará integrado por tres miembros, designados por el Presidente Regional;

En uso de las facultades concedidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27867, el Reglamento Interno de Consejo Regional aprobado con Ordenanza Regional N° 001-2011-CR/GRM; ha debatido y aprobado emitir el presente Acuerdo de Consejo Regional en Sesión Extraordinaria, con el voto mayoritario de sus miembros y con dispensa del trámite de aprobación del acta.

ACUERDA:

Artículo Primero.- PRIORIZAR el Proyecto de Inversión Pública "MEJORAMIENTO DEL SERVICIO
INSTITUCIONAL DE LA SEDE CENTRAL DEL
GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA, PROVINCIA
MARISCAL NIETO, MOQUEGUA", Código SNIP 41743, para ser ejecutados en el marco de la Ley N° 29230.

Artículo Segundo.- Constituir el Comité Especial bajo los alcances de la Ley N° 29230 y su Reglamento aprobado por D.S. 133-2012-EF, el cual dirigirá el proceso de selección de la empresa privada que financiará y ejecutará el proyecto previamente priorizado. El Comité Especial estará conformado por tres (3) miembros;
encargándose al señor Presidente Regional la designación de los mismos.

Artículo Tercero.- PUBLICAR el presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal del Gobierno Regional de Moquegua. REMITIENDO copia del mismo a Presidencia Regional, PROINVERSION, Vicepresidencia Regional, Gerencia General Regional y demás instancias comprendidas pertinentes.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

DIANIRA A. MEZA MENDOZA
Consejera Delegada Consejo Regional Moquegua

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