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DECRETO SUPREMO N° 007-2013-PRODUCE Ratifican Declaración de Interés Nacional de la Décimo Quinta
10/24/2013
DECRETO SUPREMO N° 007-2013-PRODUCE Ratifican Declaración de Interés Nacional de la Décimo Quinta
Ratifican Declaración de Interés Nacional de la Décimo Quinta Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), que se llevará a cabo en la ciudad de Lima del 2 al 6 de diciembre de 2013 DECRETO SUPREMO N° 007-2013-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA: CONSIDERANDO: Que, en la Cuadragésima Sesión de la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), realizada el 20 de noviembre de 2012, en Viena, Austria,
DECRETO SUPREMO N° 007-2013-PRODUCE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA:
CONSIDERANDO:
Que, en la Cuadragésima Sesión de la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), realizada el 20
de noviembre de 2012, en Viena, Austria, la Junta de Desarrollo Industrial de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial, acordó aceptar el ofrecimiento del Gobierno de la República del Perú, para ser la sede de la Décimo Quinta Conferencia General de la ONUDI, en el año 2013;
Que, mediante Resolución Suprema N° 004-2013-PRODUCE se declaró de Interés Nacional la realización de la Décimo Quinta Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), que se llevará a cabo en la ciudad de Lima del 2 al 6 de diciembre de 2013, así como las actividades y eventos conexos, que tendrán lugar antes y durante la citada Conferencia General, creándose un Grupo de Trabajo Multisectorial de carácter temporal adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de ejecutar las acciones que permitan su realización;
Que, en la ciudad de Nueva York, la Ministra de Relaciones Exteriores del Perú, señora Eda Rivas Franchini y el Director General de ONUDI, señor Li Yong, suscribieron el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial en relación a la Organización del 15°
Período Ordinario de Sesiones de la Conferencia General de la ONUDI, a fin de especificar los compromisos del Gobierno de la República del Perú como país anfitrión;
Que, la realización del 15° Período Ordinario de Sesiones de la Conferencia General de la ONUDI
implicará la asistencia y participación de un número importante de delegados internacionales; así como el ingreso de numerosa cantidad de bienes para consumo y de bienes sujetos al régimen de admisión temporal para reexportación, con el fin de cumplir a cabalidad con los compromisos adquiridos por el Gobierno de la República del Perú;
Que, la Ley N° 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional, tiene por objeto facilitar los trámites aduaneros y el ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional por el Poder Ejecutivo, conforme a los términos del literal d) del artículo 2 de la referida Ley;
De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional y, en el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.- Ratificación de Declaración de Interés Nacional Ratificar la Declaración de Interés Nacional de la realización de la Décimo Quinta Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), que se llevará a cabo en la ciudad de Lima del 2 al 6 de diciembre de 2013, así como las actividades y eventos conexos, que tendrán lugar antes y durante la citada Conferencia General, contenida en la Resolución Suprema N° 004-2013-PRODUCE.
Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores, el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de la Producción.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
EDA A. RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
GLADYS MÓNICA TRIVEÑO CHAN JAN
Ministra de la Producción
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