11/21/2013

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 216-2013-CE-PJ Suspenden el despacho judicial en los órganos

Suspenden el despacho judicial en los órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Lima que tramitan expedientes con la Nueva Ley Procesal del Trabajo, ubicados en los pisos 17 y18 de la Sede Judicial Javier Alzamora Valdez RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 216-2013-CE-PJ Lima, 2 de octubre de 2013 VISTO: El Oficio N° 1497-2013-P-CSJLI/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima informa a
Suspenden el despacho judicial en los órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Lima que tramitan expedientes con la Nueva Ley Procesal del Trabajo, ubicados en los pisos 17 y18 de la Sede Judicial Javier Alzamora Valdez
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 216-2013-CE-PJ
Lima, 2 de octubre de 2013
VISTO:

El Oficio N° 1497-2013-P-CSJLI/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima.

CONSIDERANDO:

Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima informa a este Órgano de Gobierno que en razón a la necesidad de realizar trabajos correctivos de urgencia en el circuito eléctrico de la Sede Judicial Javier Alzamora Valdez, como el cambio de cables, que se efectuaron el día 12 de setiembre del año en curso, se produjo el corte de fiuido eléctrico a partir de las 13:30
horas en toda la sede judicial a excepción de los pisos 10
y 11, así como del Centro de Distribución General.

Segundo. Que debido a la situación descrita, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima dispuso la suspensión de las audiencias a partir de la hora antes señalada, en los Juzgados de Trabajo a cargo de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, ubicados en los pisos 17
y 18 de la Sede Judicial Javier Alzamora Valdez, en virtud a que éstos realizan sus audiencias con equipos de audio y vídeo, tal como lo establece la Ley N° 29497.

Tercero. Que, conforme a lo señalado precedentemente, y teniendo en cuenta las circunstancias descritas, se encuentra justificada la suspensión del despacho judicial, debiendo procederse a la respectiva reprogramación de las diligencias que no se pudieron realizar.

En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 687-2013 de la cuadragésima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Suspender, en vía de regularización, el despacho judicial a partir de las 13:30
horas del día 12 de setiembre del año en curso, en los órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Lima que tramitan expedientes con la Nueva Ley Procesal del Trabajo, ubicados en los pisos 17 y 18 de la Sede Judicial Javier Alzamora Valdez.

Artículo Segundo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima y a la Gerencia General del Poder Judicial, a adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución; así como para el mantenimiento del servicio de justicia en los ámbitos en los que por su naturaleza éste resulta de atención inmediata.

Artículo Tercero.- Disponer que los órganos jurisdiccionales que suspendieron sus respectivos despachos judiciales, procedan a reprogramar las diligencias que se frustraron para fecha más próxima.

Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, así como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

S.

ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente

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