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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 295-2013-CE-PJ Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de
12/21/2013
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 295-2013-CE-PJ Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de
Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Corte Suprema de Justicia de la República RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 295-2013-CE-PJ Lima, 28 de noviembre de 2013 VISTO: El Oficio N° 613-2013-GA-P-PJ e Informe N° 179-2013-GA-P-PJ, cursados por el Coordinador del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial, por el cual remite proyecto para modificar el "Reglamento de Organización y Funciones de la Corte Suprema de Justicia de la República" aprobado mediante Resolución Administrativa N° 277-2011-CE-PJ,
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 295-2013-CE-PJ
Lima, 28 de noviembre de 2013
VISTO:
El Oficio N° 613-2013-GA-P-PJ e Informe N° 179-2013-GA-P-PJ, cursados por el Coordinador del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial, por el cual remite proyecto para modificar el "Reglamento de Organización y Funciones de la Corte Suprema de Justicia de la República" aprobado mediante Resolución Administrativa N° 277-2011-CE-PJ, del 8 de noviembre de 2011.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, en el marco de la estrategia del Estado Peruano para desarrollar un gobierno electrónico que mejore la gestión institucional y optimice la atención del ciudadano; el Poder Judicial se encuentra comprometido con la adopción de acciones y lineamientos orientados a contribuir con el fortalecimiento de un Poder del Estado moderno, descentralizado y con mayor participación de la ciudadanía.
Segundo. Que mediante Resolución Administrativa N° 277-2011-CE-PJ, de fecha 8 de noviembre de 2011, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Corte Suprema de Justicia de la República.
Tercero. Que el citado reglamento señala en los numerales 11, 12 y 13 del artículo 18°, que son funciones de la Secretaría General diseñar, desarrollar, actualizar el Sitio Web del Poder Judicial; así como aprobar la información a difundir en dicho portal y supervisar la información publicada por las Cortes Superiores de Justicia en el mencionado Sitio Web.
Cuarto. Que, asimismo, el artículo 19° establece que la Oficina de Imagen y Prensa es el órgano de apoyo, dependiente de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, encargado de desarrollar la estrategia de imagen y prensa de este Poder del Estado;
así como difundir los logros alcanzados ante la opinión pública; organizar, programar y desarrollar las actividades de estos ámbitos.
Quinto. Que, en esta línea de ideas, resulta pertinente modificar el reglamento que permita optimizar el uso efectivo de las tecnologías de la información y comunicaciones, de modo tal que la estrategia de imagen y comunicación sea manejada por un solo órgano especializado en la materia; razón por la cual debe ser la Oficina de Imagen y Prensa la encargada del manejo del Sitio Web de este Poder del Estado; en especial, si se tiene en cuenta que la naturaleza de la oficina es la de realizar acciones orientadas a la difusión de las actividades de este sector; así como diseñar y ejecutar las estrategias de imagen, publicidad, marketing y prensa, orientadas a potenciar los servicios de administración de justicia y fortalecer la imagen del Poder Judicial. Por lo que siendo así, se justifica aprobar la propuesta de modificación presentada por el Coordinador del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial.
Sexto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 853-2013 de la cuadragésimo sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; sin la intervención del señor De Valdivia Cano por encontrarse de licencia, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Modificar los artículos 18° y 19°
del "Reglamento de Organización y Funciones de la Corte Suprema de Justicia de la República" aprobado mediante Resolución Administrativa N° 277-2011-CE-PJ, del 8 de noviembre de 2011, en los siguientes términos:
"(…)
Artículo 18° Funciones de la Secretaria General Son funciones de la Secretaria General:
1. Participar en la elaboración del Plan Operativo de la Corte Suprema de Justicia de la República.
2. Supervisar que los órganos de apoyo cumplan con las disposiciones de la Corte Suprema de Justicia de la República.
3. Supervisar y conducir el sistema de trámite documentario, organizando el despacho del Presidente del Poder Judicial y de la Corte Suprema de Justicia de la República.
4. Registrar, publicar y archivar las resoluciones que expida el Presidente del Poder Judicial y de la Corte Suprema de Justicia de la República; y demás documentación oficial pertinente.
5. Supervisar el sistema de seguridad documentaría, de información y de archivo sobre los asuntos que son de conocimiento y decisión del Presidente y de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República.
6. Difundir las resoluciones administrativas del Presidente y de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República.
7. Certificar la documentación de la Corte Suprema de Justicia de la República, en los casos que corresponda.
8. Supervisar la remisión de documentos a las Salas Jurisdiccionales de la Corte Suprema de Justicia de la República, a las diferentes sedes de los Distritos Judiciales del país y dependencias del Poder Judicial.
9. Supervisar el registro y seguimiento de las Audiencias Públicas Extraordinarias procedentes de los diversos Distritos Judiciales de la República.
10. Supervisar el registro y actualización de los Libros Índices de Asuntos Administrativos.
11. Desarrollar las demás funciones que le asigne el Presidente del Poder Judicial y de la Corte Suprema de Justicia de la República.
12. Coordinar, supervisar y/o brindar asesoría, según corresponda a la Oficina de Imagen y Prensa del Poder Judicial, respecto de la publicación de la información a difundir a través del Sitio Web del Poder Judicial. (…)"
Artículo 20° Funciones de la Oficina de Imagen y Prensa Son funciones de la Oficina de Imagen y Prensa:
1. Proponer al Presidente del Poder Judicial y de la Corte Suprema de Justicia de la República, las políticas a implementar en las actividades de Imagen y Prensa, ejecutándolas una vez aprobadas.
2. Participar en la elaboración del Plan Operativo de la Corte Suprema de Justicia de la República, en el ámbito de su competencia.
3. Ejecutar el Plan Operativo de Imagen Institucional y Prensa del Poder Judicial, de acuerdo a las políticas emitidas por el Presidente del Poder Judicial, Corte Suprema de Justicia de la República y el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y difundir las resoluciones y actos de estos órganos del Poder Judicial que sean necesarios.
4. Formular documentos de gestión técnico-normativos para la ejecución de las actividades de Imagen Institucional y Prensa en el Poder Judicial.
5. Diseñar, ejecutar y evaluar las estrategias de Imagen, Publicidad, Marketing y Prensa; orientadas a potenciar los servicios de administración de justicia.
6. Participar en la elaboración del Presupuesto Anual en lo que respecta a inversiones y gastos de su oficina.
7. Coordinar y supervisar a nivel nacional, la ejecución de las actividades de difusión y comunicación a través de los medios de comunicación social, en coordinación con las Cortes Superiores de Justicia y dependencias que cumplen funciones de Imagen Institucional y/o con los órganos que corresponda del Poder Judicial.
8. Diseñar y ejecutar las campañas de difusión de los fines y logros del Poder Judicial, con énfasis en el servicio judicial.
9. Proponer y elaborar publicaciones dirigidas al público interno y externo.
10. Diseñar, desarrollar y actualizar el Sitio Web del Poder Judicial.
11. Supervisar la publicación de la información a difundir a través del Sitio Web del Poder Judicial y administrar su permanente actualización en coordinación con la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia de la República. Así como supervisar la información publicada por las Cortes Superiores de Justicia en el Sitio Web del Poder Judicial.
12. Realizar el seguimiento y evaluación de las informaciones periodísticas sobre el funcionamiento del Poder Judicial.
13. Coordinar con las entidades públicas, privadas y/ o personas naturales para el adecuado cumplimiento de sus competencias funcionales.
14. Atender al público litigante a fin de brindarles orientación respecto a los trámites a seguir en los procesos judiciales en el Poder Judicial.
15. Formular los informes técnico - administrativos de gestión y remitirlos a las instancias que corresponda.
16. Cumplir las resoluciones administrativas, reglamentos y directivas emitidas por los Órganos de Dirección del Poder Judicial, en el ámbito de su competencia.
17. Solicitar todos los bienes y servicios necesarios para el normal desarrollo de las actividades de la Oficina de Imagen y Prensa.
18. Desarrollar las demás funciones que le asigne el Presidente del Poder Judicial y de la Corte Suprema de Justicia de la República.
19. Difundir los informes judiciales de trascendencia nacional a los medios de prensa de Lima y provincias. (…)"
Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina de Control Institucional, Procuraduría Pública del Poder Judicial, Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, Cortes Superiores de Justicia del país, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente
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