3/12/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 106-2014-MTC/03 que modifica las Notas P92 y P107, así como el Cuadro de

Resolución Ministerial que modifica las Notas P92 y P107, así como el Cuadro de Atribución de Frecuencias de las Bandas 17,7 - 17,8 GHz, 17,8 - 18,1 GHz, 18,1 - 18,4 GHz y 18,4 - 18,6 GHz del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias - PNAF RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 106-2014-MTC/03 Lima, 10 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, establece en su artículo 57 que el espectro radioeléctrico es un recurso natural de dimensiones
Resolución Ministerial que modifica las Notas P92 y P107, así como el Cuadro de Atribución de Frecuencias de las Bandas 17,7 - 17,8 GHz, 17,8 - 18,1 GHz, 18,1 - 18,4 GHz y 18,4 - 18,6 GHz del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias - PNAF
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 106-2014-MTC/03
Lima, 10 de marzo de 2014
CONSIDERANDO:

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, establece en su artículo 57 que el espectro radioeléctrico es un recurso natural de dimensiones limitadas que forma parte del patrimonio de la Nación;
cuya utilización y otorgamiento de uso a particulares se debe efectuar en las condiciones señaladas por la mencionada Ley y su Reglamento;

Que, el T exto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC, dispone en su artículo 199 que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y, en general, cuanto concierna al espectro radioeléctrico;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 187-2005-MTC/03, se aprobó el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias – PNAF, documento técnico normativo que
contiene los cuadros de atribución de frecuencias y la clasificación de usos del espectro radioeléctrico;

Que, por Decreto Supremo N° 041-2011-PCM, se creó la Comisión Multisectorial Permanente encargada de emitir informes técnicos especializados y recomendaciones para la planificación y gestión del espectro radioeléctrico y adecuaciones del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias – PNAF;

Que, la citada Comisión, mediante Informe N° 003-2012-COMISION MULTISECTORIAL PNAF y Memorando
N° 006-2013-COMISION MULTISECTORIAL PNAF, recomienda modificar las Notas P92, P107 y el cuadro de atribución de frecuencias de las bandas 17,7 – 17,8 GHz, 17,8 – 18,1 GHz, 18,1 – 18,4 GHz y 18,4 – 18,6 GHz del
PNAF;

Que, las citadas modificaciones al PNAF tienen por objeto armonizar la atribución de la Banda 17,7 – 18,6
GHz al servicio fijo por satélite a título primario, con los demás países de la región, así como permitir su uso para el referido servicio a través de satélites no geo-estacionarios, en coexistencia con el servicio fijo; incrementando de esta manera la eficiencia en el uso del espectro radioeléctrico y promoviendo la implementación de nuevas tecnologías;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 071-2013-MTC/03 de fecha 05 de febrero de 2013, se dispuso la publicación en el Diario Oficial El Peruano, del proyecto de Resolución Ministerial que modifica las Notas P92, P107
y el cuadro de atribución de frecuencias de las bandas 17,7 – 17,8 GHz, 17,8 – 18,1 GHz, 18,1 – 18,4 GHz y 18,4
– 18,6 GHz del PNAF; habiéndose recibido un comentario y evaluado el mismo;

Que, mediante Informe N° 146-2013-MTC/26 la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, emite opinión favorable respecto a las citadas modificaciones del PNAF;

Que, la modificación propuesta se enmarca en las atribuciones conferidas al Ministerio de Transportes y Comunicaciones por el precitado artículo 199 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Único Ordenado de la Ley de T elecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-93-TCC, y el T exto Único Ordenado de su Reglamento General, aprobado por el Decreto Supremo
N° 020-2007-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificación de las Notas P92 y P107
del PNAF
Modificar las Notas P92 y P107 del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias – PNAF, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 187-2005-MTC/03 y sus modificatorias, conforme a los siguientes textos:
"P92 Las bandas de 4 400 - 5 000 MHz, 5 925 - 6 425
MHz, 6 430 - 7 110 MHz, 7 125 - 8 275 MHz, 10 700 - 11
700 MHz, 12 750 - 13 250 MHz, 14 400 - 15 350 MHz, 17 700 - 19 700 MHz, 21,2 - 23,6 GHz y 37 - 38,6 GHz, pueden ser utilizadas para radioenlaces digitales para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, según los planes de canalización correspondientes.

La densidad de fiujo de potencia producida en la superficie de la Tierra por todas las emisiones de una estación espacial que utiliza la banda 17,7 – 18,6 GHz por parte del servicio fijo por satélite, no deberá exceder los límites establecidos en el artículo 21 del Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT . A fin de evitar interferencias de las estaciones de servicio fijo, las estaciones de servicio fijo por satélite implementarán técnicas de mitigación, tales como, asignación dinámica de canales, apantallamiento, rendimiento de la antena y/o ángulo mínimo de elevación. Para la instalación de nuevas estaciones del servicio fijo, se deberán observar técnicas de mitigación tales como control automático de potencia de transmisión, PIRE limitada a la mínima necesaria y antenas de alto rendimiento."
"P107 La utilización de la banda 17,3 - 18,1 GHz por los sistemas de satélites geoestacionarios del servicio fijo por satélite (Tierra-espacio) está limitada a los enlaces de conexión para el servicio de radiodifusión por satélite."
Artículo 2.- Modificación del Cuadro de Atribución de Frecuencias del PNAF
Modificar el Cuadro de Atribución de Frecuencias de las bandas 17,7 - 17,8 GHz, 17,8 - 18,1 GHz, 18,1 - 18,4
GHz y 18,4 – 18,6 GHz del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias – PNAF, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 187-2005-MTC/03 y sus modificatorias, conforme a los siguientes textos:

GHz 17,7 - 18,6
REGIÓN 2 PERU
ATRIBUCIÓN NOTAS Y
OBSERVACIONES (…)
17,7 - 17,8
FIJO
FIJO POR SATÉLITE (espacio-Tierra)(Tierra-espacio)
RADIODIFUSIÓN POR
SATÉLITE
Móvil 17,7 - 17,8
FIJO
FIJO POR SATÉLITE (espacio-Tierra)(Tierra-espacio)
Radiodifusión por satélite Móvil
P92, P107
17,8 - 18,1
FIJO
FIJO POR SATÉLITE (espacio-Tierra)(Tierra-espacio)
MÓVIL
17,8 - 18,1
FIJO
FIJO POR SATÉLITE (espacio-Tierra)(Tierra-espacio)
Móvil
P92, P107
18,1 - 18,4
FIJO
FIJO POR SATÉLITE (espacio-Tierra)(Tierra-espacio)
MÓVIL
18,1 - 18,4
FIJO
FIJO POR SATÉLITE (espacio-Tierra)(Tierra-espacio)
Móvil
P92
18,4 - 18,6
FIJO
FIJO POR SATÉLITE (espacio-Tierra)
MÓVIL
18,4 - 18,6
FIJO
FIJO POR SATÉLITE (espacio-Tierra)
Móvil
P92 (…)
Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones

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