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RESOLUCIÓN VICE MINISTERIAL N° 027-2014-IN/VGI Aprueban Plan Operativo Informático del Ministerio
3/13/2014
RESOLUCIÓN VICE MINISTERIAL N° 027-2014-IN/VGI Aprueban Plan Operativo Informático del Ministerio
Aprueban Plan Operativo Informático del Ministerio del Interior para el año 2014 RESOLUCIÓN VICE MINISTERIAL N° 027-2014-IN/VGI Lima, 11 de Marzo de 2014 VISTOS, el O cio N° 000186-2014/IN/DGTIC y el Informe N° 000015-2014/IN/DGTIC/IE de la Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones, a através de los cuales se propone la aprobación del Plan Operativo Informático del Ministerio del Interior para el año 2014. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 19-2011-PCM se aprobó como
RESOLUCIÓN VICE MINISTERIAL N° 027-2014-IN/VGI
Lima, 11 de Marzo de 2014
VISTOS, el O cio N° 000186-2014/IN/DGTIC y el Informe N° 000015-2014/IN/DGTIC/IE de la Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones, a através de los cuales se propone la aprobación del Plan Operativo Informático del Ministerio del Interior para el año 2014.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 19-2011-PCM se aprobó como actividad permanente la "Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático (POI) de las entidades de la Administración Pública", así como su respectiva Guía de Elaboración, que norma los procedimientos y lineamientos técnicos para la Formulación Anual del Plan Operativo Informático de las entidades de la Administración Pública;
Que, en el artículo 4 de la Resolución citada en el considerando precedente se establece que cada año scal, las entidades sujetas al Sistema Nacional de Informática deberán registrar en la página Web del Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe/poi), el Plan Operativo Informático (POI) correspondiente;
Que, en el numeral 4.2 de la Guía para la Elaboración, Formulación y Evaluación del Plan Operativo Informático (POI) de las Entidades de la Administración Pública, se dispone que la Dirección de Informática de las entidades públicas (o la que haga sus veces), formulará, registrará y evaluará su respectivo Plan Operativo Informático; además, que la aprobación de la formulación, registro y evaluación del Plan Operativo Informático en las entidades del Gobierno Central, Regional y Local, y los Organismos Autónomos es realizada por la máxima autoridad de la entidad;
Que, de acuerdo al artículo 98 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2013-IN, la Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones es el órgano encargado de proponer, normar, asesorar, coordinar, ejecutar y supervisar el desarrollo de las tecnologías de información y comunicaciones, soporte técnico y estadística del Ministerio del Interior;
Que, el Plan Operativo Informático constituye un instrumento de gestión de corto plazo, que permite de nir las actividades informáticas de las entidades de la Administración Pública integrantes del Sistema Nacional de Informática en sus diferentes niveles;
Que, la Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones ha remitido el sustento del Plan Operativo Informático del Ministerio del Interior para el año 2014, por lo que resulta conveniente aprobarlo;
Estando a las facultades delegadas al Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio del Interior para aprobar el Plan Operativo Informático y sus modi caciones, conforme a lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 0117-2014-IN, y;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organización y Funciones aprobado con Decreto Supremo N° 010-2013-IN, y la Resolución Ministerial N° 19-2011-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Informático del Ministerio del Interior para el año 2014, el mismo que como anexo adjunto forma parte integrante del presente dispositivo.
Artículo 2.- La Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones del Ministerio del Interior es el órgano responsable del seguimiento, monitoreo y evaluación del Plan Operativo Informático; así como de informar sus resultados a la Alta.
Artículo 3.- Disponer que la Dirección General de Tecnologías de Información y Comunicaciones registre en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe/poi) el Plan Operativo Informático del Ministerio del Interior para el año y comunique sobre dicho registro a la O cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROBERTO REYNOSO PEÑAHERRERA
Viceministro de Gestión Institucional
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