3/13/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 099-2014-MINEDU Disponen la suspensión de labores escolares los días

Disponen la suspensión de labores escolares los días viernes 14 y lunes 17 de marzo de 2014, únicamente en instituciones educativas en las que se desarrollarán las nuevas Elecciones Municipales 2014 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 099-2014-MINEDU Lima, 12 de marzo de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por nalidad de nir, dirigir y articular la política de educación, recreación
Disponen la suspensión de labores escolares los días viernes 14 y lunes 17 de marzo de 2014, únicamente en instituciones educativas en las que se desarrollarán las nuevas Elecciones Municipales 2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 099-2014-MINEDU
Lima, 12 de marzo de 2014
CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por nalidad de nir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, mediante Decreto Supremo N° 108-2013-PCM, se convoca a nuevas Elecciones Municipales 2014, a realizarse el día 16 de marzo de 2014, con la nalidad de elegir alcaldes y regidores de los concejos municipales de las circunscripciones que se detallan en el Anexo del referido Decreto Supremo;

Que, mediante O cios N°s 000006 y 000008-2014-J/ONPE, la O cina Nacional de Procesos Electorales ha solicitado al Ministerio de Educación que se disponga la suspensión de las clases escolares los días viernes 14 y lunes 17 de marzo de 2014, en las instituciones educativas que se utilizarán como locales de votación, para las acciones de acondicionamiento, con motivo de las referidas elecciones;

Que por tales razones, corresponde suspender, excepcionalmente, las labores escolares los días viernes 14 y lunes 17 de marzo de 2014, únicamente en las Instituciones Educativas referidas, y disponer que las autoridades educativas reprogramen las actividades establecidas para dichas fechas, a n de realizarlas una vez reiniciadas las labores escolares;

Que, asimismo, en virtud a que los Directores de las Instituciones Educativas son responsables de la gestión para la conservación, mantenimiento y seguridad de su infraestructura con la participación de la comunidad educativa, debe disponerse que supervisen el desarrollo de la votación en dichas instituciones educativas, para que los locales no sufran deterioro alguno;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi cada por la Ley N° 26510, y el Decreto Supremo N° 006-2012-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- DISPONER, excepcionalmente, la suspensión de labores escolares los días viernes 14 y lunes 17 de marzo de 2014, únicamente en las instituciones educativas en las que se desarrollarán las nuevas Elecciones Municipales el día domingo 16 de marzo de 2014; las mismas que se detallan en el Resumen por Local de Votación remitido por la ONPE, que en calidad de Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer que las autoridades educativas reprogramen las actividades escolares establecidas para dichas fechas, a n de cumplir con la calendarización del año escolar y las horas efectivas de clase establecidas por las "Normas y Orientaciones para el Desarrollo del Año Escolar 2014, en la Educación Básica", aprobadas por la Resolución Ministerial N° 0622-2013-ED.

Artículo 3.- Los Directores de las Instituciones Educativas son responsables de cautelar que la O cina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, entregue los locales escolares luego del proceso de nuevas Elecciones Municipales, en las mismas condiciones de conservación en que fueron cedidos.

Artículo 4.- Las Direcciones Regionales de Educación y las Unidades de Gestión Educativa Local correspondientes, están obligadas a supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, bajo responsabilidad.

Artículo 5.- Disponer que la O cina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.
minedu.gob.pe/), al día siguiente de su expedición.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación

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