5/10/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 208-2014-MEM/DM Otorgan concesión temporal a favor de Linda Energy S.A.C.

Otorgan concesión temporal a favor de Linda Energy S.A.C. para desarrollar estudios relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Solar Parque Los Héroes RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 208-2014-MEM/DM Lima, 29 de abril 2014 VISTO: El Expediente N° 26341314 sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Solar Parque Los Héroes, presentado por LINDA ENERGY S.A.C., persona jurídica inscrita en
Otorgan concesión temporal a favor de Linda Energy S.A.C. para desarrollar estudios relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Solar Parque Los Héroes
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 208-2014-MEM/DM
Lima, 29 de abril 2014
VISTO: El Expediente N° 26341314 sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Solar Parque Los Héroes, presentado por LINDA ENERGY S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida N° 12966275 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, LINDA ENERGY S.A.C., mediante documento con registro de ingreso N° 2368426 de fecha 14 de febrero de 2014, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Solar Parque Los Héroes, al amparo de lo dispuesto por el artículo 30 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM;

Que, los estudios mencionados en el considerando que antecede se desarrollarán en el distrito, provincia y departamento de Tacna, en la zona comprendida dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que figuran en el Expediente;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe
N° 207-2014-DGE-DCE;

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y el ítem CE02 del Anexo N° 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 061-2006-EM;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar concesión temporal a favor de LINDA ENERGY S.A.C., que se identificará con el código N° 26341314, para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generación de energía eléctrica de la futura Central Solar Parque Los Héroes, para una capacidad instalada estimada de 40 MW, los cuales se realizarán en el distrito, provincia y departamento de Tacna, por un plazo de doce (12) meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los estudios se realizarán al amparo de la presente concesión temporal, y comprenderán la zona delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD
56):

VÉRTICE ESTE NORTE
1 358 562,0626 8 009 580,0065
2 359 662,0626 8 009 580,0065
3 360 109,6887 8 009 300,3923
4 359 222,6707 8 008 776,1609
5 359 248,1102 8 008 733,1163
6 360 154,9965 8 009 269,0900
7 360 845,8145 8 008 564,1152
8 360 689,6202 8 008 411,6991
9 359 339,5192 8 008 523,3264
10 359 332,8814 8 008 310,8305
11 358 562,0626 8 008 310,0065
Artículo 3.- El concesionario está obligado a realizar los estudios respetando las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así como al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y demás normas legales pertinentes.

De conformidad con el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado en el artículo 1 de la presente Resolución, el concesionario no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud, respecto de la ejecución de los estudios y cumplimiento del Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección General de Electricidad ejecutará la garantía otorgada.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELEODORO MAYORGA ALBA
Ministro de Energía y Minas

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