7/05/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 285-2014-MINEDU

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 285-2014-MINEDU Lima, 3 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley N° 11192 se creó la recompensa honorífica denominada "Palmas Magisteriales", destinada a premiar a los ciudadanos que se hayan distinguido en forma extraordinaria en la dirección o ejercicio de la docencia oficial o particular, o en la Administración Escolar; Que, el artículo 1 del Reglamento de la Condecoración de Palmas Magisteriales, aprobado con Decreto Supremo N° 007-2005-ED, en adelante el Reglamento,

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 285-2014-MINEDU
Lima, 3 de julio de 2014
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Ley N° 11192 se creó la recompensa honorífica denominada "Palmas Magisteriales", destinada a premiar a los ciudadanos que se hayan distinguido en forma extraordinaria en la dirección o ejercicio de la docencia oficial o particular, o en la Administración Escolar;

Que, el artículo 1 del Reglamento de la Condecoración de Palmas Magisteriales, aprobado con Decreto Supremo N° 007-2005-ED, en adelante el Reglamento, establece que la Condecoración de Palmas Magisteriales constituye un reconocimiento y una distinción honorífica que el Estado otorga a todo profesional en educación o con título distinto que se encuentre con vida, y que ha contribuido en forma extraordinaria en el ejercicio de sus actividades pedagógicas, o con un aporte ejemplar a la educación, la ciencia, la cultura, y la tecnología del país; siendo criterio básico para otorgar la condecoración, la solvencia moral reconocida socialmente;

Que, de acuerdo con el artículo 2 del Reglamento, la Condecoración de Palmas Magisteriales es conferida mediante Resolución Ministerial; y, los condecorados se harán acreedores a insignias y diplomas que acreditan su condición;

Que, el artículo 5 del Reglamento, establece que la condecoración en el Grado de "MAESTRO" se confiere al profesional en educación o con título distinto que profesa o ha profesado la docencia, ostentando una trayectoria educativa de excepcional relieve, cuya obra ha superado los límites de su propia aula o institución educativa, al destacar pedagógicamente en el ámbito local y/o regional. Para tal efecto, deberá acreditar una producción intelectual plasmada en publicaciones, investigaciones, o sistematización de experiencias e innovaciones educativas;

Que, adicionalmente, el literal b) del artículo 12 del Reglamento, establece que es atribución del Consejo de la Orden, otorgar la Condecoración en los Grados de "EDUCADOR" y "MAESTRO", previa evaluación de los expedientes seleccionados por las Comisiones Calificadoras; cuya decisión será inapelable;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 244-2014-MINEDU, se constituyó la Comisión Calificadora del Ministerio de Educación para el otorgamiento de las Palmas Magisteriales del año 2014; quienes mediante Informe N° 001-CCPM2014, de fecha 19 de junio de 2014, remitieron al Canciller de la Orden, la relación de personas seleccionadas para que se les otorgue la referida condecoración;

Que, en virtud del Acta de Sesión del Consejo de la Orden de Palmas Magisteriales de fecha 19 de junio de 2014, los miembros de dicho Consejo acordaron otorgar las Palmas Magisteriales en el grado de MAESTRO a las personas mencionadas en la presente resolución;

Que, estando a lo acordado por el Consejo de la Orden;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 11192, que creó la recompensa honorífica denominada "Palmas Magisteriales"; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2005-ED, modificado por Decreto Supremo N° 005-2013-ED; en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Otórguese las Palmas Magisteriales en el Grado de MAESTRO a las siguientes personas:

1. ANAYA OTINIANO, CARMEN MARJORIE
2. BORJA CONTRERAS, DIONICIO ALEJANDRO
3. CAVAGNARO ORELLANA, LUIS VICENTE
4. CORREA MORAN, SEGUNDO
5. DONAYRES MUÑOZ, MAURO ALBERTO
6. GAMARRA VARGAS, JUSTO ISMAEL
7. LEON BECERRA, NURY VIOLETA
8. LIENDO CARPIO, MOISES HECTOR
9. LUK DAVILA, TERESA DE JESUS
10. MENDOZA ARAUJO, REYNA AMPARO
11. MIÑANO BENITES, FRANCISCO
12. LEON ORTEGA DE PALOMINO, NELLY
13. REATEGUI BORGES, REMIGIO
14. VILLASECA ZEVALLOS, RAQUEL
15. RAMIREZ DE ZUBIZARRETA, CARMEN JUANA
VIOLETA
Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación

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