8/01/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 148-2014-TR

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 148-2014-TR Lima, 31 de julio de 2014 VISTOS: El Memorando N° 110-2014-TP/DE/UGPYTOS-UATEP y el Informe N°102-2014-TP/DE/UGPYTOS-UATEP, de la Unidad de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos; el Memorando N° 354-2014-TP/DE/UGPPME-UPP, de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Informe N° 336-2014-TP/DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; el Oficio N° 473-2014-MTPE/3/24.1,

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 148-2014-TR
Lima, 31 de julio de 2014
VISTOS: El Memorando N° 110-2014-TP/DE/UGPYTOS-UATEP y el Informe N°102-2014-TP/DE/UGPYTOS-UATEP, de la Unidad de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos; el Memorando N° 354-2014-TP/DE/UGPPME-UPP, de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación; el Informe N° 336-2014-TP/DE/UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; el Oficio N° 473-2014-MTPE/3/24.1, de la Directora Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú"; y,
CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2011-TR, modificado por el Decreto Supremo N° 004-2012-TR, se crea el Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", en adelante el Programa, con el objeto de generar empleo y promover el empleo sostenido y de calidad en la población desempleada y subempleada de las áreas urbanas y rurales, en condición de pobreza y pobreza extrema;

Que, el literal a) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, autoriza la realización, de manera excepcional, de diversas transferencias financieras entre entidades, las que incluyen a aquellas efectuadas por el Programa, debiendo ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Oficial "El Peruano";

Que, el artículo 29 del Manual de Operaciones del Programa, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 226-2012-TR, precisa que la ejecución de recursos y desembolsos se realiza en base al presupuesto del Programa, así como a fuentes de cooperación, siendo una de las modalidades para hacerla efectiva, las transferencias financieras a organismos ejecutores;

Que, mediante Resolución Directoral N° 032-2014-TP/DE, de fecha 28 de mayo de 2014, se aprueba el financiamiento por la suma de S/. 2 538 192.14 (Dos Millones Quinientos Treinta y Ocho Mil Ciento Noventa y Dos con 14/100 Nuevos Soles) correspondiente al Aporte Total del Programa a favor de organismos públicos, de quince (15) proyectos de la Acción de Contingencia AC-66; de los cuales, según Memorando N° 110-2014-TP/ DE/UGPYTOS-UATEP, la Unidad de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos refiere que, un proyecto de inversión pública fue declarado no conforme debido a que su organismo proponente no cumplió con levantar las observaciones y/o con entregar el expediente técnico y/o suscribir el convenio en los plazos establecidos en el Cronograma de Actividades; por lo que solicitó la Certificación de Crédito Presupuestario para catorce (14) proyectos priorizados en el marco de la Acción de Contingencia AC-66, cuyo aporte del Programa ascendía a S/. 2 312 378.75 (Dos Millones Trescientos Doce Mil Trescientos Setenta y Ocho con 75/100 Nuevos Soles);

Que, a través del Memorando N° 354-2014-TP/DE/ UGPPME-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación otorga la Certificación de Crédito Presupuestario - CCP N° 0269 por la suma total de S/. 2 312 378.75 (Dos Millones Trescientos Doce Mil Trescientos Setenta y Ocho con 75/100 Nuevos Soles), la que corresponde a catorce (14) convenios priorizados en el marco de la Acción de Contingencia AC-66;

Que, con Informe N° 102-2014-TP/DE/UGPYTOS-UA TEP , la Unidad de Asistencia Técnica y Evaluación de Proyectos de la Unidad Gerencial de Proyectos refiere que en la etapa de suscripción de convenios, la Municipalidad Provincial de Melgar, ubicada en el departamento de Puno, a través del Oficio N° 355-2014-MPM-A/A, comunica su desistimiento al cofinanciamiento del proyecto de inversión pública con código SNIP N° 273498; por lo que, dicha unidad remite trece (13)
convenios, consignados en el cuadro denominado "Relación de Proyectos de la Acción de Contingencia AC-66" anexo al citado informe, solicitando la transferencia financiera del aporte total del Programa que asciende a S/.1 883 217.40 (Un Millón Ochocientos Ochenta y Tres Mil Doscientos Diecisiete con 40/100 Nuevos Soles);

Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Proyectos, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú", y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; y, el literal a) del numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Perú" a favor de organismos ejecutores del sector público para el pago del Aporte T otal del Programa de trece (13) convenios en el marco de la Acción de Contingencia AC-66, por la suma total de S/.1 883 217.40 (Un Millón Ochocientos Ochenta y Tres Mil Doscientos Diecisiete con 40/100 Nuevos Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Disponer que el Anexo a que se refiere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo www.
trabajo.gob.pe, en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FREDY OTÁROLA PEÑARANDA
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

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