10/15/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 689-MTC/02 Aprueban tasaciones de inmuebles afectados por obras en tramos

Aprueban tasaciones de inmuebles afectados por obras en tramos del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú Brasil y de red vial de la Carretera Panamericana Sur RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 689-MTC/02 Lima, 9 de octubre de 2014 VISTO: La Nota de Elevación N° 268-2014-MTC/20 de fecha 10.09.2014, de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, mediante la cual solicita la aprobación del Valor de Tasación, elaborado por la Dirección Nacional de Construcción
Aprueban tasaciones de inmuebles afectados por obras en tramos del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú Brasil y de red vial de la Carretera Panamericana Sur
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 689-MTC/02
Lima, 9 de octubre de 2014
VISTO:

La Nota de Elevación N° 268-2014-MTC/20 de fecha 10.09.2014, de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS
NACIONAL, mediante la cual solicita la aprobación del Valor de Tasación, elaborado por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, correspondiente a un (01) predio afectado por la ejecución de la Obra: "Tramo 2 del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú Brasil (Urcos - Inambari)"; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 30230 - Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, publicada el 12.07.2014, en su artículo 27° establece la modificación de la primera disposición complementaria final de la Ley N° 30025 - Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles Afectados para la Ejecución de Diversas Obras de Infraestructura, indicando que "tratándose de los procedimientos de adquisición de inmuebles por trato directo iniciados al amparo de la Ley 27628, antes de la vigencia de la presente Ley y que se encuentran comprendidos en la quinta disposición complementaria final de la misma, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a culminar dichos procedimientos de trato directo bajo los alcances de la Ley 27628";

Que, la Ley N° 27628, Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales, modificada por la Tercera Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 30025, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley N° 27117, Ley General de Expropiaciones;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley N° 27628, el valor de tasación para la adquisición de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vías públicas será fijado por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, sobre la base de: (i) valor comercial del predio y mejoras, de corresponder; y, (ii) una indemnización por el perjuicio económico causado que incluya, en caso corresponda, el daño emergente y lucro cesante. El valor total de la tasación será aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el cual deberá tener una antigüedad no mayor a dos años al momento de su aprobación;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N° 27628, la aprobación del valor total de la tasación se hace considerando el monto fijado por la Dirección Nacional de Construcción, agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial del predio y mejoras, de corresponder. El valor total de la tasación constituye el precio a pagarse por todo concepto a los afectados por trazos en vías públicas, durante el trato directo;

Que, con Oficio N° 1232-2014/VIVIENDA-VMCS-DNC de fecha 27.06.2014, recepcionado por PROVIAS
NACIONAL con fecha 01.07.2014, la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento remite un (01) informe técnico de tasación, correspondiente a un (01) predio afectado por la ejecución de la Obra: "Tramo 2 del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú Brasil (Urcos - Inambari)";

Que, mediante Memorándum No. 4298-2014-MTC/20.6 de fecha 08.08.2014, la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL, alcanza a la Unidad Gerencial de Asesoría Legal, un (01) informe técnico de tasación, así como el Informe N° 051-2014-NTM de fecha 06.08.2014, que indica: 1) El propietario del predio afectado por la ejecución de la Obra: "Tramo 2 del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú Brasil (Urcos - Inambari)", tiene su derecho de propiedad debidamente inscrito en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, 2) conforme a lo establecido en el segundo párrafo de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, modificada por el Artículo 27° de la Ley N° 30230, corresponde que el presente procedimiento de adquisición de inmuebles por trato directo se culmine bajo los alcances de la Ley N° 27628, 3) de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 2° y 3° de la Ley N° 27628, corresponde que mediante Resolución Ministerial se apruebe el valor total de la tasación de un (01) inmueble afectado por la ejecución de la Obra: "Tramo 2 del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú Brasil (Urcos - Inambari)", establecido en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, considerando el monto fijado por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, agregándose un porcentaje adicional del 10% del valor comercial de los predios y mejoras, 4) de conformidad con el marco legal vigente que regulan la materia, considera procedente y recomienda gestionar la emisión de la Resolución Ministerial que apruebe el valor total de la tasación correspondiente al inmueble referido, a fin de continuar con el proceso de adquisición del inmueble afectado a favor de PROVIAS NACIONAL;

Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL, con Informe N° 699-2014-MTC/20.3
de fecha 05.09.2014, concluye que luego de efectuada la revisión de los documentos que obran en el Expediente administrativo y de la normatividad sobre la materia, es procedente continuar con el trámite de aprobación del valor total de la tasación, elaborado por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, correspondiente a un (01) inmueble afectado durante la ejecución de la Obra: "Tramo 2 del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú Brasil (Urcos - Inambari)";

Que, con la Nota de Visto, el Director Ejecutivo de PROVIAS NACIONAL solicita se apruebe la tasación de un (01) inmueble afectado durante la ejecución de la Obra: "Tramo 2 del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú Brasil (Urcos - Inambari)";

De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nos.

27628, 29370 y 30025, modificada por la Ley N° 30230;
así como por el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aprobar la tasación elaborada por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondiente a un (01) inmueble afectado por la Obra: "Tramo 2 del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú Brasil (Urcos -Inambari)", conforme al siguiente detalle:

Item Código Partida Registral de la Zona Registral N° X
- Sede Cusco Oficina Registral de Cusco Valor de la tasación (S/.)
10%
adicional (S/.)
Valor Total de la Tasación (S/.)
1 T2-SMICCAY-01 11082835 68,344.40 6,834.44 75,178.84
Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones

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