10/15/2014

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 690-MTC/02

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 690-MTC/02 Lima, 9 de octubre de 2014 VISTO: La Nota de Elevación N° 263-2014-MTC/20 de fecha 08.09.14, de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, mediante la cual solicita la aprobación del valor total de tasación de dos (02) predios afectados por la ejecución de la Obra: "Mejoramiento de la carretera Mala - Calango - La Capilla", y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27628, Ley que Facilita la Ejecución de

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 690-MTC/02
Lima, 9 de octubre de 2014
VISTO:

La Nota de Elevación N° 263-2014-MTC/20 de fecha 08.09.14, de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS
NACIONAL, mediante la cual solicita la aprobación del valor total de tasación de dos (02) predios afectados por la ejecución de la Obra: "Mejoramiento de la carretera Mala - Calango - La Capilla", y;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 27628, Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales, modificada por la Tercera Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 30025, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley N° 27117, Ley General de Expropiaciones;

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley N° 27628, el valor de tasación para la adquisición de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vías públicas, será fijado por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en adelante DNC, sobre la base de: (i)
valor comercial del predio y mejoras, de corresponder;
y, (ii) una indemnización por el perjuicio económico causado que incluya, en caso corresponda, el daño emergente y lucro cesante. El valor total de la tasación será aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, deberá tener una antigüedad no mayor a dos años al momento de su aprobación;

Que, según lo previsto en el artículo 3° de la Ley N° 27628, la aprobación del valor total de la tasación se hace considerando el monto fijado por la DNC, agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial del predio y mejoras, de corresponder. El valor total de la tasación constituye el precio a pagarse por todo concepto a los afectados por trazos en vías públicas, durante el trato directo;

Que, a su vez, el artículo 27° de la Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, modifica la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, estableciendo que "…tratándose de los procedimientos de adquisición de inmuebles por trato directo iniciados al amparo de la Ley N° 27628, antes de la vigencia de la presente Ley y que se encuentran comprendidos en la quinta disposición complementaria final de la misma, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a culminar dichos procedimientos de trato directo bajo los alcances de la Ley N° 27628";

Que, mediante Oficio N° 1367-2014/VIVIENDA-VMCS-DNC de fecha 22 de julio de 2014, la DNC remitió los informes técnicos de tasación de dos (02) predios afectados por la ejecución de la Obra: "Mejoramiento de la carretera Mala - Calango - La Capilla", ubicados en los distritos de Mala y Calango, provincia de Cañete, departamento de Lima;

Que, a través del Memorándum N° 4202-2014-MTC/20.6 de fecha 05 de agosto de 2014, la Unidad Gerencial de Estudios del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS
NACIONAL, concuerda con el Informe N° 28-2014/MQM, de la Jefatura de Proyectos PACRI - UGE, mediante el cual se sustentó la necesidad de gestionar la aprobación de las tasaciones elaboradas por la DNC, que corresponden a dos (02) predios afectados por la ejecución de la Obra:
"Mejoramiento de la carretera Mala - Calango - La Capilla", conforme al procedimiento de adquisición por trato directo previsto en la Ley N° 27628;

Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del PROVIAS NACIONAL con Informe N° 673-2014-MTC/20.3, de fecha 26 de agosto de 2014, considera viable continuar con el trámite administrativo de aprobación del valor total de las tasaciones que se indican en el párrafo precedente;

Que, con la Nota de Elevación N° 263-2014-MTC/20
de fecha 08 de setiembre de 2014, la Dirección Ejecutiva del PROVIAS NACIONAL, solicita la aprobación del valor total de tasación de dos (02) predios afectados por la ejecución de la Obra: "Mejoramiento de la carretera Mala - Calango - La Capilla", conforme a lo solicitado por la Unidad Gerencial de Estudios de dicha entidad;

De conformidad con lo dispuesto por las Leyes N° 27628, 29370, 30025 y 30230; así como por el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aprobar el valor total de las tasaciones elaboradas por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, correspondientes a dos (02) predios afectados por la ejecución de la Obra: "Mejoramiento de la Carretera Mala - Calango - La Capilla", conforme al siguiente detalle:
Ítem Código Partida Registral de
SUNARP
Valor de Tasación (S/.)
10% Adicional (S/.)
Valor Total de Tasación (S/.)
1
MAL-TA-040
P03226400 36,530.24 3,653.02 40,183.26
Ítem Código Partida Registral de
SUNARP
Valor de Tasación (S/.)
10% Adicional (S/.)
Valor Total de Tasación (S/.)
2
MAL-TA-078
P17025196 28,958.62 2,895.86 31,854.48
Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones

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