10/15/2014
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 692-MTC/02
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 692-MTC/02 Lima, 9 de octubre de 2014 VISTA: La Nota de Elevación N° 232-2014-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL sobre la aprobación del valor total de las tasaciones de los dieciséis predios afectados por el Derecho de Vía del Tramo Vial: Huaral – Acos, KM 0+015 al km 32+427; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27628, Ley que facilita la ejecución de obras públicas viales, establece que la
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 692-MTC/02
Lima, 9 de octubre de 2014
VISTA:
La Nota de Elevación N° 232-2014-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL sobre la aprobación del valor total de las tasaciones de los dieciséis predios afectados por el Derecho de Vía del Tramo Vial:
Huaral – Acos, KM 0+015 al km 32+427; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 27628, Ley que facilita la ejecución de obras públicas viales, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones;
Que, los artículos 2°, 3° y 4° de la Ley N° 27628 son modificados por la tercera disposición complementaria modificatoria de la Ley N° 30025, Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura;
Que, según el artículo 2° de la Ley N° 27628, el valor de la tasación será fijado por la Dirección Nacional de Construcción, considerando lo siguiente: a) el valor comercial del predio y mejoras, de corresponder; y b)
una indemnización por el perjuicio causado que incluya, en caso corresponda, el daño emergente y lucro cesante;
que el monto de la indemnización deberá considerar, entre otros, el resarcimiento de los gastos tributarios, incluyendo el Impuesto a la Renta, en que deberá incurrir el sujeto pasivo como consecuencia de la expropiación. Asimismo, establece que el valor total de la tasación es aprobado por resolución ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuya tasación deberá de tener una antigüedad no mayor a dos años al momento de su aprobación, y según el artículo 3° la aprobación del valor total de la tasación se hace considerando el monto fijado por la Dirección Nacional de Construcción y agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial de predio y mejoras, de corresponder;
Que, el artículo 27° de la Ley N° 30230 modifica la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025 estableciendo, entre otros aspectos, que tratándose de los procedimientos de adquisición de inmuebles por trato directo iniciados al amparo de la Ley N° 27628, antes de la vigencia de dicha ley y que se encuentran comprendidos en la quinta disposición complementaria final de la misma, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a culminar dichos procedimientos de trato directo bajo los alcances de la Ley N° 27628;
Que, PROVÍAS NACIONAL y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento suscribieron el Convenio Marco N° 037-2009-MTC/20, para que en aplicación de la Ley N° 27628, Ley que facilita la ejecución de obras públicas viales, el citado Ministerio a través de la Dirección Nacional de Construcción efectúe la valuación comercial de los predios afectados por la ejecución del Derecho de Vía del Tramo Vial: Huaral – Acos, KM 0+015 al km 32+427
Que, dentro de los alcances del citado Convenio, la Dirección Nacional de Construcción mediante el Oficio N° 1641-2014/VIVIENDA-VMCS-DNC remite a la Unidad Gerencial de Estudios, los Informes Técnicos de Tasación correspondientes a treinta y siete predios afectados por el Derecho de Vía del Tramo Vial: Huaral – Acos, KM 0+015
al km 32+427;
Que, mediante Memorándum N° 4068-2014-MTC/20.6
la Unidad Gerencial de Estudios eleva el Informe N° 014-2014.AAZS del Jefe de Proyectos Pacri - UGE de PROVÍAS NACIONAL en el cual manifiesta que dieciséis Informes Técnicos de Tasación de los predios afectados por el Derecho de Vía del Tramo Vial: Huaral – Acos, KM
0+015 al km 32+427 se encuentran expeditos para su aprobación;
Que, asimismo, el Jefe de Proyectos Pacri - UGE de PROVÍAS NACIONAL en el Informe N° 014-2014.AAZS
indica que la aprobación de las tasaciones, antes citadas, se ampara en la Ley N° 27628, modificada por la Ley N° 30025, y en el artículo 27° de la Ley N° 30230 que modifica la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025; por lo que corresponde que se apruebe las tasaciones incluyendo un porcentaje adicional del 10%
del valor comercial del predio, conforme se detalla en el cuadro que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución;
Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal mediante el Informe N° 659-2014-MTC/20.3, encuentra procedente la aprobación de las tasaciones remitidas por la Unidad Gerencial de Estudios, teniendo en cuenta la Ley N° 27628 modificada por la Ley N° 30025, y el artículo 27°
de la Ley N° 30230;
Que, en tal sentido, al amparo de la Ley N° 27628 y sus modificatorias resulta procedente aprobar las tasaciones elaboradas por la Dirección Nacional de Construcción de los dieciséis predios afectados por el Derecho de Vía del Tramo Vial: Huaral – Acos, KM 0+015 al km 32+427;
De conformidad con las Leyes N°s. 29370, 27628, 30025 y 30230 y Decreto Supremo N° 021-2007-MTC;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar el valor total de las tasaciones correspondientes a dieciséis predios afectados por el Derecho de Vía del Tramo Vial: Huaral – Acos, KM 0+015
al km 32+427; conforme al cuadro que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2°.- Encargar a PROVÍAS NACIONAL que previo al pago del valor total de las tasaciones, verifique el levantamiento de cargas o gravámenes que puedan afectar a los inmuebles descritos en el cuadro que como anexo, forma parte integrante de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese
JOSÉ GALLARDO KU
Ministro de Transportes y Comunicaciones
ANEXO
PREDIOS AFECTADOS POR EL DERECHO DE VÍA DEL
TRAMO VIAL: HUARAL – ACOS,
KM 0+015 AL KM 32+427
N° Código Partida Electrónica Valor Tasación
S/.
Porcentaje Adicional 10%
S/.
Valor total
S/.
1 HUAC-016 P01037098 49 382,80 4 938,28 54 321,08
2 HUAC-166 P01033706 8 100,37 810,04 8 910,41
3 HUAC-167 08021405 39 402,72 3 940,27 43 342,99
4 HUAC-193 20009784 13 839.24 1 383,92 15 223,16
5 HUAC-218 08021406 8 108,94 810,89 8 919,83
6 HUAC-235 08021573 9 678,41 967,84 10 646,25
7 HUAC-257 P01033652 12 549,75 1 254,98 13 804,73
8 HUAC-268 08024232 22 686,60 2 268,66 24 955,26
9 HUAC-302 60088664 5 327,46 532,75 5 860 ,21
10 HUAC-305 60079625 3 467,42 346,74 3 814,16
11 HUAC-319 60079626 3 951,46 395,15 4 346,61
12 HUAC-334 60026121 1 188,60 118.86 1 307.46
13 HUAC-351 20008622 192 571,08 19 257,11 211 828,19
14 HUAC-355 60079629 4 177,67 417,77 4 595,44
15 HUAC-356 60079628 763,09 76,31 839,40
16 HUAC-374 60025201 235,20 23,52 258,72
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