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RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE N° 040-2015-SMV/02 Aprueban la "Modificación del Manual de

Aprueban la "Modificación del Manual de Especificaciones sobre la Negociación de Valores de Deuda Pública" RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE N° 040-2015-SMV/02 Lima, 13 de marzo de 2015 LA SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE VALORES VISTOS: El Expediente N° 2014011761, el Memorándum Conjunto N° 664-2015-SMV/09/10/11, emitido por la Oficina de T ecnologías de Información, la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial y la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados, así como el Proyecto "Modificación
Aprueban la "Modificación del Manual de Especificaciones sobre la Negociación de Valores de Deuda Pública"
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE N° 040-2015-SMV/02
Lima, 13 de marzo de 2015
LA SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE
VALORES
VISTOS:

El Expediente N° 2014011761, el Memorándum Conjunto N° 664-2015-SMV/09/10/11, emitido por la Oficina de T ecnologías de Información, la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial y la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados, así como el Proyecto "Modificación del Manual de Especificaciones sobre la Negociación de Valores de Deuda Pública" (en adelante, el Proyecto);

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 1 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, aprobado por Decreto Ley N° 26126 y modificado por la Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, Ley N° 29782 (en adelante, Ley Orgánica), la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV dicta las normas legales que regulan las materias del mercado de valores;

Que, de acuerdo con lo establecido en el literal b)
del artículo 5 de Ley Orgánica, el Directorio de la SMV
aprueba la normativa del mercado de valores, así como aquella a la que deben sujetarse las personas naturales y jurídicas sometidas a su supervisión;

Que, en ese marco, mediante Resolución SMV
N° 028-2013-SMV/01 se aprobó el Reglamento de los Mecanismos Centralizados de Negociación para Valores de Deuda Pública e Instrumentos Derivados de estos (en adelante, Reglamento), en el cual se establecen las disposiciones a las que deben sujetarse las empresas administradoras de dichos mecanismos (Empresas Administradoras), así como las normas aplicables a los participantes del mecanismo y las operaciones que en ellos se realicen o registren;

Que, por Resolución de Superintendente N° 054-2014-SMV/02 del 28 de abril de 2014, modificado por Resolución de Superintendente N° 135-2014-SMV/02, se aprobó el Manual de Especificaciones sobre la Negociación de Valores de Deuda Pública (en adelante, Manual de Especificaciones), el cual debe ser observado por las Empresas Administradoras en el cumplimiento de sus obligaciones de remisión de información a la SMV;

Que, las modificaciones planteadas tienen como finalidad incorporar nuevos campos en los archivos de información que las Empresas Administradoras se encuentran obligadas a presentar a la SMV, para permitir la construcción de los libros de propuestas de compra y venta de los valores de deuda pública que se negocian en dichos mecanismos centralizados, lo que facilitará la labor de supervisión; así como para identificar a los operadores de los diversos participantes de las operaciones con valores de deuda pública, lo cual hará posible la trazabilidad de las operaciones que contribuya a la detección de prácticas indebidas;

Que, en tal sentido, a efectos de lograr los objetivos antes señalados, resulta necesario modificar el Manual de Especificaciones incorporando nuevos campos en los diversos archivos de información que las Empresas Administradoras remitirán a la SMV; y, Estando a lo dispuesto por el literal a) del artículo 1
y el literal b) del artículo 5 del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la SMV, aprobado por Decreto Ley N° 26126 y modificado por Ley N° 29782; el artículo 7 de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo N° 861, y en el inciso 14 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF, así como a la delegación de facultades acordada por el Directorio de la Superintendencia del Mercado de Valores en su sesión del 17 de marzo de 2014;

RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la "Modificación del Manual de Especificaciones sobre la Negociación de Valores de Deuda Pública", la cual forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe).

Artículo 3.- La "Modificación del Manual de Especificaciones sobre la Negociación de Valores de Deuda Pública" será publicada en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe).

Artículo 4.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LILIAN ROCCA CARBAJAL
Superintendente del Mercado de Valores

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