4/08/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 155-2015-MEM/DM Otorgan concesión definitiva de generación con Recursos

Otorgan concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables a favor de Hidroeléctrica Karpa S.A.C. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 155-2015-MEM/DM Lima, 27 de marzo de 2015 VISTO: El Expediente N° 18353514 presentado por Hidroeléctrica Karpa S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida N° 13021136 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral N° IX Sede Lima, Oficina Registral Lima, sobre otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos
Otorgan concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables a favor de Hidroeléctrica Karpa S.A.C.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 155-2015-MEM/DM
Lima, 27 de marzo de 2015
VISTO: El Expediente N° 18353514 presentado por Hidroeléctrica Karpa S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida N° 13021136 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral N° IX Sede Lima, Oficina Registral Lima, sobre otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la futura Central Hidroeléctrica Karpa;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Carta N° HKA 075-2014 ingresada con registro N° 2437273 de fecha 07 de octubre de 2014, Hidroeléctrica Karpa S.A.C. solicitó la concesión definitiva de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables para el desarrollo de la futura Central Hidroeléctrica Karpa, con una potencia instalada de 20 MW, ubicándose en los distritos de Tantamayo y Jircán, provincia de Huamalíes, departamento de Huánuco;

Que, la petición de concesión definitiva está amparada en las disposiciones contenidas en los artículos 3 y 38
del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, concordado con el artículo 66 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM;

Que, de acuerdo a las normas vigentes en la fecha de su solicitud, la peticionaria presentó la Resolución Directoral Regional N° 142-2014-GR-HUANUCO/DREMH
de fecha 25 de julio de 2014, mediante la cual la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos del Gobierno Regional de Huánuco aprobó la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto Central Hidroeléctrica Karpa, cumpliendo con los requisitos señalados en el artículo 38
de la Ley de Concesiones Eléctricas;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y con los procedimientos correspondientes establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 076-2015-DGE-DCE, el cual concluye en la procedencia de otorgar la concesión definitiva de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables para el proyecto Central Hidroeléctrica Karpa;

Que, estando a lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley de Concesiones Eléctricas y el artículo 66 de su Reglamento, y de conformidad con las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo N° 1002;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar la concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables a favor de Hidroeléctrica Karpa S.A.C., que se identificará con el código N° 18353514, para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroléctrica Karpa, con una potencia instalada de 20 MW, ubicada en los distritos de Tantamayo y Jircán, provincia de Huamalíes, departamento de Huánuco, en los términos y condiciones indicados en la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución.

Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 469-a suscribirse con Hidroeléctrica Karpa S.A.C., que consta de 19 cláusulas y 4 anexos.

Artículo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir, en representación del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 4.- El texto de la presente Resolución Ministerial deberá incorporarse en la Escritura Pública que dé origen al Contrato de Concesión N° 469-2015, referido en el artículo 2 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56
del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS
Ministra de Energía y Minas

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