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RESOLUCIÓN N° 358-2015/SBN-DGPE-SDAPE
5/20/2015
RESOLUCIÓN N° 358-2015/SBN-DGPE-SDAPE
RESOLUCIÓN N° 358-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 29 de abril del 2015 Visto el Expediente N° 387-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 15 600 313,07 m², ubicado al extremo Sureste del distrito de Santa Maria, aproximadamente a 7 km. al Sureste del Fundo San Jose, distrito de Santa María, provincia de Huaura, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector
RESOLUCIÓN N° 358-2015/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 29 de abril del 2015
Visto el Expediente N° 387-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 15 600
313,07 m², ubicado al extremo Sureste del distrito de Santa Maria, aproximadamente a 7 km. al Sureste del Fundo San Jose, distrito de Santa María, provincia de Huaura, departamento de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley N° 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA;
Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 15 600 313,07 m², ubicado al extremo Sureste del distrito de Santa Maria, aproximadamente a 7 km.
al Sureste del Fundo San Jose, distrito de Santa María, provincia de Huaura, departamento de Lima, que se encontraría sin inscripción registral;
Que, mediante Oficio N° 116-2015-SUNARP-Z.R.N°IX/ HUA de fecha 15 de enero de (fojas 03) la Zona Registral N°IX-Sede Lima, remite elCertificado de Búsqueda Catastral de fecha 09 de diciembre de 2014 sobre la base del Informe Técnico N° 23258-2014-SUNARP-Z.R.N°IX-OC de fecha 09 de diciembre de 2014 (fojas04), donde señala que el área en consulta se encuentra en una zona donde no se ha identificado antecedente gráfico registral;
Que, realizada la inspección técnica con fecha 09 de abril de (fojas 05) se observó que el terreno es de naturaleza eriaza de forma irregular y una pendiente plana suave por la presencia de lomas y tipo de suelo arenoso-arcilloso, encontrándose desocupado;
Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 15 600 313,07m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva N° 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado;
Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia;
De conformidad con la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA
y modificatorias;
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal N° 0452-2015/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 27 de abril de (fojas 12 al 14);
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 15 600
313,07 m², ubicado al extremo Sureste del distrito de Santa Maria, aproximadamente a 7 km. al Sureste del Fundo San Jose, distrito de Santa María, provincia de Huaura, departamento de Lima;según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Huacho.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1238735-13
SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION
DEL PATRIMONIO ESTATAL
{N}RESOLUCIÓN N° 359-2015/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 29 de abril del 2015
Visto el Expediente N° 347-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 30,00 m², ubica al Noreste del Centro Poblado Yacango a 1 Km aproximadamente y a la Margen Derecha de la Carretera con destino a Coplay, distrito de Torata, provincia Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley N° 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA;
Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 30,00m², ubica al Noreste del Centro Poblado Yacango a 1 Km aproximadamente y a la Margen Derecha de la Carretera con destino a Coplay, distrito de T orata, provincia Mariscal Nieto, departamento de Moquegua;
Que, mediante Certificado de Búsqueda Catastral (Fojas 25 al 27) de fecha 15 de diciembre de 2014, sobre la base del Informe Técnico N° 1687-2014-ZRN°XIII/UREG-ORM-R de fecha 03 de diciembre de 2014, se informa que el predio en consulta se encuentra totalmente sobre ámbito que no se puede determinar sus antecedentes registrales;
Que, realizada la inspección técnica con fecha 09 de abril según consta en la Ficha Técnica N° 0348-2015/SBN-DGPE-SDAPE (foja 38), terreno de naturaleza eriaza de forma regular, composición de suelo arcillosa limosa con presencia de rocas, topografía con pendiente aproximada 21% -30%. a la fecha de la inspección el terreno se encontraba desocupado, se accede al predio a través de una carretera asfaltada con destino al Centro Poblado Coplay;
Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 30,00 m², de conformidad con el artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva N° 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado;
Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia;
De conformidad con la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA
y modificatorias;
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal N° 0415-2015/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 21 de abril de (fojas 39 al 41).
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 30,00m², ubica al Noreste del Centro Poblado Yacango a 1 Km aproximadamente y a la Margen Derecha de la Carretera con destino a Coplay, distrito de Torata, provincia Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Artículo 2°.- La Zona Registral N° XIII - Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Moquegua.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1238735-18
SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION
DEL PATRIMONIO ESTATAL
{N}RESOLUCIÓN N° 361-2015/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 29 de abril del 2015
Visto el Expediente N° 910-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 124 559.86
m², ubicado al Sur del proyecto especial Pasto Grande, aproximadamente a 3 km al Este de la Panamericana Sur (PE-1S) altura del km. 1143, sector Altos de Omo, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley N° 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA;
Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 124 559,86 m², ubicado al Sur del proyecto especial Pasto Grande, aproximadamente a 3 km al Este de la Panamericana Sur (PE-1S) altura del km. 1143, sector Altos de Omo, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua;
Que, mediante Certificado de Búsqueda Catastral (Fojas 32 al 34) de fecha 31 de marzo de 2015, sobre la base del Informe Técnico N°00260-2015-ZRN°XIII/ UREG-ORM-R de fecha 24 de marzo de 2015, se informa que el predio en consulta se encuentra totalmente sobre ámbito que no se puede determinar sus antecedentes registrales;
Que, el tercer párrafo del artículo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 097-2013-SUNARP-SN indica que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no;
Que, realizada la inspección técnica con fecha 08 de abril según consta en la Ficha Técnica N° 0341-2015/ SBN-DGPE-SDAPE (foja 45), se observó que el terreno es de naturaleza eriaza de forma irregular, composición de suelo arenosa con presencia de arcilla, topografía con pendiente aproximada 5% -10%, a la fecha de la inspección el terreno se encontraba libre de ocupación;
Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 124 559,86m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva N° 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado;
Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia;
De conformidad con la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA
y modificatorias;
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal N° 0417-2015/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 22 de abril de (fojas 46 al 48).
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 124 559,86
m², ubicado al sur del proyecto especial Pasto Grande, aproximadamente a 3 km al Este de la Panamericana Sur (PE-1S) altura del km. 1143, sector Altos de Omo, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución.
Artículo 2°.- La Zona Registral N° XIII - Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Moquegua.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GARCÍA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1238735-17
Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terreno ubicado en el departamento de Moquegua
{E}SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL
{N}RESOLUCIÓN N° 332-2015/SBN-DGPE-SDAPE
San Isidro, 28 de abril del 2015
Visto el Expediente N° 908-2014/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 34 992,42m², ubicado al Sur del Proyecto Especial Pasto Grande, aproximadamente a 3 Km al Este de la Panamericana Sur (PE-1S), altura del km. 1143 – Sector Altos de Omo, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua;
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley N° 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA;
Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 34 992,42 m², ubicado al Sur del Proyecto Especial Pasto Grande, aproximadamente a 3 Km al Este de la Panamericana Sur (PE-1S), altura del km. 1143 – Sector Altos de Omo, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua, que se encontraría libre de inscripción registral;
Que, mediante Oficio N° 092-2015/Z.R.N°XIII-ORM
de fecha 31 de marzo de (fojas 25 a 28), la Zona Registral N° XIII-ORM -Sede Tacna, remite el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 31 de marzo de 2015
sobre la base del Informe Técnico N° 00259-2015-ZRN° XIII/UREG-ORM-R de fecha 24 de marzo de 2015, donde señala que el predio materia de consulta se encuentra totalmente sobre ámbito que no se puede determinar sus antecedentes registrales;
Que, el tercer párrafo del artículo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 097-2013-SUNARP-SN señala que no impide la inmatriculación, el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no;
Que, realizada la inspección técnica con fecha 08 de abril de según consta en la Ficha Técnica N° 0339-2015/SBN-DGPE-SDAPE (fojas 37), se verificó que se trata de un terreno de naturaleza eriaza, con topografía irregular conformada por laderas y cimas de cerro, composición de suelo arenosa con presencia de arcilla. A la fecha de la inspección el terreno se encontraba desocupado, se accede al predio a través de la Panamericana sur (PE-1S)
altura del km 1143; asimismo se verificó que se encuentra desocupado;
Que, el artículo 23° de la Ley N° 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 34 992,42 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA y Directiva N° 001-2002/SBN, modificada por la Directiva N° 003-2004/ SBN, que regulan el trámite de inscripción en primera de dominio de predios a favor del Estado;
Que, los incisos a) y p) del artículo 44° del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo N° 016-2010-VIVIENDA, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de bienes estatales bajo su competencia, así como emitir las resoluciones en materia de su competencia;
De conformidad con la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA
y modificatorias, y;
Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal N° 0406-2015/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 18 de abril de (fojas 38 al 40);
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 34992,42 m², ubicado al Sur del Proyecto Especial Pasto Grande, aproximadamente a 3 Km al Este de la Panamericana Sur (PE-1S), altura del km. 1143 – Sector Altos de Omo, distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; según el plano perimétrico y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución.
Artículo 2°.- La Zona Registral N° XIII - Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Moquegua.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS GARCíA WONG
Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal
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