6/18/2015

LEY N° 30025 El Peruano Jueves 18 de junio de 2015 555365 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 332-2015

El Peruano Jueves 18 de junio de 2015 555365 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 332-2015 MTC/01.02 Lima, 15 de junio de 2015 VISTO: La Nota de Elevación N° 116-2015-MTC/33 de fecha 02 de junio de 2015 de la Dirección Ejecutiva de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, y CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30025, Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados
El Peruano Jueves 18 de junio de 2015 555365 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 332-2015 MTC/01.02 Lima, 15 de junio de 2015 VISTO: La Nota de Elevación N° 116-2015-MTC/33 de fecha 02 de junio de 2015 de la Dirección Ejecutiva de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, y CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30025, Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura, en su Quinta Disposición Complementaria Final declaró de necesidad pública la ejecución del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao, Líneas 1 y 2, y Línea 4: Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta, al ser considerado como una obra de infraestructura ferroviaria de interés nacional y de gran envergadura y, en consecuencia, se autorizó la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para su ejecución; Que, la Ley N° 30327, Ley de Promoción de las Inversiones para el Crecimiento Económico y el Desarrollo Sostenible, establece en sus artículos 29 y 36, que el procedimiento de expropiación regulado en el Título V de la citada ley es aplicable en la expropiación de los bienes inmuebles que se requieran para la ejecución de las obras de infraestructura contenidas en la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025 y en lo no previsto en el Título V, resulta de aplicación supletoria lo establecido en la Ley N° 27117, Ley General de Expropiaciones, y en la Ley N° 30025;
LEY N° 30025
COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL
1 TE-169
MINISTERIO
DE TRANS-PORTES Y
COMUNI-CACIONES
GERMAN
ELENO ZELAYA
EGUSQUIZA (En trámite el proceso judicial sobre Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta, seguido ante el 25°
Juzgado Civil de Lima, Expediente
N° 58839-2008-0-1801-JR-CI-49)
LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS
DEL AREA TOTAL DE EDIFICACION:

Por el Frente: Colinda con la Av. 28 de Julio con 4.80 ml;

Por la Derecha: Colinda con propiedad de la Compañia con 16.40 ml;

Por la Izquierda: Colinda con propiedad de la Compañia con 16.40 ml;

Por el Fondo: Colinda con propiedad de la Compañia con 4.80 ml;
ÁREA AFECTADA DEL TERRENO: 40.85
m2 (área que representa el porcentaje de participación sobre el terreno considerado como bien común, según lo establecido en el Informe Técnico de Tasación)
ÁREA AFECTADA DE LA EDIFICACION:

81.68 m2.

PARTIDA REGISTRAL No. 07052858
del Registro de Predios de Lima de la Zona Registral No. IX Sede Lima, Oficina Registral de Lima.

Informe Técnico N° 13951-2014-SUNARP-Z.R.N° IX/OC, emitido por la Oficina de Catastro de la Zona Registral N° IX Sede Lima, Oficina Registral de Lima.

S/. 519.827.73
VÉRTICE LADO DISTANCIA ESTE NORTE
A A-B 16.40 280725.7202 8665903.1709
B B-C 4.80 280727.9857 8665886.9281
C C-D 16.40 280723.2317 8665886.2650
D D-A 4.80 280720.9662 8665902.5078
Poder Ejecutivo, Transportes y Comunicaciones

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