6/03/2015

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 163-2015-INEI Autorizan la ejecución de la "Encuesta a Establecimientos de

Autorizan la ejecución de la "Encuesta a Establecimientos de Salud sobre Productos Priorizados del Programa Articulado Nutricional - 2016" que será aplicada a Establecimientos de Salud ubicados en el ámbito urbano y rural de las regiones de Amazonas, Cajamarca y Huánuco RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 163-2015-INEI Lima, 29 de mayo del 2015 Visto el oficio N° 1936-2015-INEI-DNCE, de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, solicitando se autorice la ejecución de la "Encuesta a Establecimientos de Salud sobre Productos Priorizados
Autorizan la ejecución de la "Encuesta a Establecimientos de Salud sobre Productos Priorizados del Programa Articulado Nutricional - 2016" que será aplicada a Establecimientos de Salud ubicados en el ámbito urbano y rural de las regiones de Amazonas, Cajamarca y Huánuco
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 163-2015-INEI
Lima, 29 de mayo del 2015
Visto el oficio N° 1936-2015-INEI-DNCE, de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, solicitando se autorice la ejecución de la "Encuesta a Establecimientos de Salud sobre Productos Priorizados del Programa Articulado Nutricional - 2016".

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 604, "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática", el INEI es el ente rector del Sistema Estadístico Nacional, encargado de normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas utilizados por los Órganos del Sistema, para la producción de estadísticas oficiales del país;

Que, el 31 de marzo de 2015, se suscribió un Contrato de Servicios de Consultoría entre la Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales (UCPS)
del Ministerio de Economía y Finanzas y el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), para la ejecución de la "Encuesta a Establecimientos de Salud sobre Productos Priorizados del Programa Articulado Nutricional - 2016", con el objetivo de continuar con la medición de la capacidad resolutiva de los establecimientos de salud que representan a las micro-redes evaluadas/encuestadas del ámbito de Juntos, para brindar los productos priorizados del Programa Articulado Nutricional;

Que es compromiso del Instituto Nacional de Estadística e Informática, ejecutar la "Encuesta a Establecimientos de Salud sobre Productos Priorizados del Programa Articulado Nutricional - 2016", en las regiones de Amazonas, Cajamarca y Huánuco, en los meses de junio y julio de 2015, de acuerdo a las características técnicas establecidas y el cuestionario aprobado para su aplicación;

Que, el Instituto Nacional de Estadística e Informática, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Salud, han definido el marco conceptual y los indicadores pertinentes; así como, el contenido del Cuestionario a ser utilizado en la Encuesta. Asimismo, el Ministerio de Economía y Finanzas ha facilitado la información de los Establecimientos de Salud para la selección de la muestra, por lo que resulta necesario autorizar la ejecución de la mencionada Encuesta, establecer el periodo de su ejecución, así como aprobar el Cuestionario a ser utilizado, para efectos de lo dispuesto por los artículos 81° y 83° del Decreto Supremo N° 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del
INEI;

Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6° del Decreto Legislativo N° 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática".

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Autorizar, la ejecución de la "Encuesta a Establecimientos de Salud sobre Productos Priorizados del Programa Articulado Nutricional - 2016", que será aplicada a Establecimientos de Salud ubicados en el ámbito urbano y rural de las regiones de Amazonas, Cajamarca y Huánuco. La organización, conducción, ejecución y supervisión de la Encuesta estará a cargo de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y, de las Oficinas Departamentales de Estadística e Informática -ODEIS, pertinentes.

Artículo 2°.- Aprobar, el Cuestionario de la referida Encuesta, el mismo que forma parte de la presente Resolución. Será diligenciado por observación y entrevista directa a cargo de evaluadores externos, profesionales de la Salud, quienes solicitarán la información estadística al Establecimiento de Salud.

Artículo 3°.- Establecer, como periodo de ejecución de la primera etapa de la "Encuesta a Establecimientos de Salud sobre Productos Priorizados del Programa Articulado Nutricional - 2016", del 08 de junio al 10
de julio del año 2015.

Artículo 4°.- Precisar, que la información que proporcionen los Establecimientos de Salud, gozará del secreto estadístico y de la confidencialidad, en cumplimiento de lo dispuesto por el Capítulo IV del Título Quinto del Decreto Supremo N° 043-2001-PCM.

Regístrese y comuníquese.

ALEJANDRO VILCHEZ DE LOS RIOS
Jefe
Organismos Tecnicos Especializados, Instituto Nacional de Estadistica e Informatica

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