6/03/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 269-2015-MEM/DM Aprueban la primera modificación al Contrato de Concesión

Aprueban la primera modificación al Contrato de Concesión N° 425-2013, solicitada por Andean Power S.A.C. con relación a la concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables de la Central Hidroeléctrica Carhuac RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 269-2015-MEM/DM Lima, 27 de mayo de 2015 VISTO: El Expediente N° 18176609 sobre concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Carhuac; y la solicitud de la Primera Modificación al Contrato de Concesión
Aprueban la primera modificación al Contrato de Concesión N° 425-2013, solicitada por Andean Power S.A.C. con relación a la concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables de la Central Hidroeléctrica Carhuac
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 269-2015-MEM/DM
Lima, 27 de mayo de 2015
VISTO: El Expediente N° 18176609 sobre concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Carhuac; y la solicitud de la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 425-2013, presentada por Andean Power S.A.C.;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 573-2007-MEM/DM, publicada el 30 de diciembre de 2007, se otorgó a favor de Andean Power S.A. (ahora Andean Power S.A.C.), la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Carhuac con una potencia instalada de 20 MW;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 467-2013-MEM/DM, publicada el 26 de octubre de 2013, se adecuó la autorización otorgada mediante Resolución Ministerial N° 573-2007-MEM/DM a una concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables en la Central Hidroeléctrica Carhuac, con una potencia instalada de 15,8 MW, a favor de Andean Power S.A. (ahora Andean Power S.A.C.), aprobándose el Contrato de Concesión N° 425-2013 (en adelante, el CONTRATO);

Que, con fecha 18 de febrero de 2014, Andean Power S.A. (ahora Andean Power S.A.C.) suscribió con el Ministerio de Energía y Minas el Contrato de Concesión para el Suministro de Energía Renovable al Sistema Eléctrico Interconectado Nacional, relacionado a la Central Hidroeléctrica Carhuac (en adelante, el Contrato de Suministro), cuya fecha de Puesta en Operación Comercial (POC) se fijó que será a más tardar el 31 de diciembre de 2018;

Que, mediante el Oficio N° 7658-2014-OS-GFE de fecha 10 de setiembre de 2014, OSINERGMIN manifestó que la fecha de la POC según el Contrato de Suministro del proyecto Central Hidroeléctrica Carhuac, queda establecida para el 07 de noviembre de 2018;

Que, mediante el documento ingresado con registro N° 2465816 de fecha 16 de enero de 2015, complementado por el documento ingresado con registro N° 2473091 de fecha 12 de febrero de 2015, Andean Power S.A.C. solicitó la Primera Modificación al CONTRATO, que consiste en ampliar el área de concesión de la Central Hidroeléctrica Carhuac con la finalidad de incrementar su potencia instalada de 15,8 MW a 20 MW; y, por otro lado, prorrogar la fecha de la POC establecida en el CONTRATO del 31 de diciembre de 2016 al 07 de noviembre de 2018, a razón que la Cláusula 9 del Contrato de Suministro establece que: "? el Calendario de Ejecución de Obras a que se refiere la LCE (Ley de Concesiones Eléctricas), será sustituido por el Cronograma de Ejecución de Obras a que se refiere el Contrato (Contrato de Suministro)";

Que, habiéndose cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y contando con la opinión a que se refiere el Informe N° 141-2015-DGE-DCE, corresponde aprobar la Primera Modificación al CONTRATO en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;

De conformidad con el artículo 38 de la Ley de Concesiones Eléctricas, con lo dispuesto en el artículo 66 de su Reglamento y de acuerdo al artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N° 031-2007-EM;

Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energía;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 425-2013, solicitada por Andean Power S.A.C., en los aspectos referidos a las Cláusulas Primera, Séptima y Décima y a los Anexos N° 3
y N° 5, con relación a la concesión definitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables de la Central Hidroeléctrica Carhuac, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir, en representación del Estado, la Minuta de la Primera Modificación al Contrato de Concesión Definitiva N° 425-2013, aprobada en el artículo precedente y la Escritura Pública correspondiente.

Artículo 3.- El texto de la presente Resolución Ministerial deberá incorporarse en la Escritura Pública a que dé origen la Primera Modificación al Contrato de Concesión N° 425-2013, referido en el artículo 2 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS
Ministra de Energía y Minas
Poder Ejecutivo, Energia y Minas

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