9/02/2015

RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000256-2015-J/ONPE Aprueban diseños de cédulas de sufragio para las

Aprueban diseños de cédulas de sufragio para las Elecciones Municipales 2015 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000256-2015-J/ONPE Lima, 1 de setiembre de 2015 VISTOS: los Informes Nº 000055-2015-GGE/ONPE y Nº 000057-2015-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral, los Informes Nº 001237-2015-SGOE-GGE/ONPE y Nº 001279-2015-SGOE-GGE/ONPE de la Sub Gerencia de Operaciones Electorales de la Gerencia de Gestión Electoral, el Memorando Nº 001986-2015-GITE/ONPE de la Gerencia de Informática y Tecnología Electoral,
Aprueban diseños de cédulas de sufragio para las Elecciones Municipales 2015
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000256-2015-J/ONPE
Lima, 1 de setiembre de 2015
VISTOS: los Informes Nº 000055-2015-GGE/ONPE y Nº 000057-2015-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestión Electoral, los Informes Nº 001237-2015-SGOE-GGE/ONPE
y Nº 001279-2015-SGOE-GGE/ONPE de la Sub Gerencia de Operaciones Electorales de la Gerencia de Gestión Electoral, el Memorando Nº 001986-2015-GITE/ONPE de la Gerencia de Informática y Tecnología Electoral, el Informe Nº 000456-2015-SGPEL-GITE/ONPE de la Sub Gerencia de Proyectos Electorales de la Gerencia de Informática y Tecnología Electoral, el Informe Nº 000371-2015-GG/ONPE de la Gerencia General, así como el Informe Nº 000000-2015-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:

Que, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) es un organismo constitucionalmente autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia técnica, administrativa, económica y financiera, siendo la autoridad máxima en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo;

Que, de conformidad con los artículos 176º y 182º de la Constitución Política del Perú, el sistema electoral tiene por finalidad asegurar que las votaciones traduzcan la expresión auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos;
y que los escrutinios sean refl ejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas, por votación directa; siendo competencia de la ONPE, la organización de todos los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-2015-PCM
se convocó a Elecciones Municipales 2015 para el 29 de noviembre de 2015, con la finalidad de elegir alcaldes y regidores de los consejos municipales, en diversas circunscripciones de la República;

Que, en el literal c) del artículo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la ONPE, se establece como su función planificar, preparar y ejecutar todas las acciones necesarias para el desarrollo de los procesos a su cargo, en cumplimiento estricto de la normativa vigente, precisándose en el literal b) del mismo artículo que es función de este organismo constitucional autónomo diseñar la cédula de sufragio, actas electorales, formatos y todo otro material en general, de manera que se asegure el respeto de la voluntad del ciudadano en la realización de los procesos a su cargo;

Que, asimismo, el artículo 159º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, dispone que corresponde a la ONPE determinar las características de las cédulas de sufragio, la impresión y distribución de las mismas, así como las indicaciones ilustrativas necesarias para facilitar el voto del elector;

Que, teniendo en cuenta lo que establece el artículo 165º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, la ONPE tiene a su cargo el diseño de la cédula de sufragio correspondiente al proceso electoral en curso, es por ello que tiene la facultad de incorporar mecanismos de control para garantizar la seguridad y eficacia del proceso, para tal fin se ha considerado un diseño de la cédula con la inclusión de un código de barras en estos formatos, la principal ventaja de esta incorporación es que permite reconocer en forma única y no ambigua las cédulas de sufragio que se emplearán en las mesas de sufragio para la votación de los electores; para garantizar el secreto del voto, este código es idéntico para todas las cédulas de una misma mesa de sufragio;

Que, igualmente, según lo dispuesto por el artículo 165º antes referido, la ONPE debe publicar y presentar ante los personeros de los partidos políticos, organizaciones políticas, agrupaciones independientes y candidatos, dentro de los dos (2) días naturales después del cierre de inscripción de candidaturas el diseño de la cédula de sufragio correspondiente al proceso electoral en curso, con el objeto que los personeros acreditados puedan presentar impugnaciones respecto al diseño de la cédula de sufragio ante el Jurado Nacional de Elecciones, de conformidad con el artículo 167º de la misma ley;

Que, mediante la primera disposición complementaria de la Ley Nº 28581, se autorizó a la ONPE a implementar de manera progresiva y gradual el voto electrónico; con medios electrónicos e informáticos o cualquier otra modalidad tecnológica que garantice la seguridad y confidencialidad de la votación, la identificación del elector, la integridad de los resultados y la transparencia en el proceso electoral.

Asimismo, de acuerdo al artículo único de la Ley Nº 29603, se autoriza a la ONPE para que, de manera autónoma, establezca los procedimientos necesarios para la aplicación del voto electrónico presencial y no presencial;

Que, en virtud a ello, la ONPE mediante la Resolución Jefatural Nº 0171-2014-J/ONPE, aprobó el Reglamento de Voto Electrónico, en cuyo artículo 16º dispone que "el diseño y el contenido de la cédula de votación electrónica son aprobados por la ONPE, debiendo considerar espacios y caracteres homogéneos para cada organización política, además de las medidas de seguridad pertinentes.

Asimismo, debe permitir al elector la posibilidad del voto en blanco, voto nulo y la confirmación del voto emitido";

Que, asimismo, en el artículo citado precedentemente, se establece que "el diseño y el procedimiento de sorteo de ubicación de las candidaturas o símbolos en la cédula de votación electrónica son publicados por la ONPE
en el diario oficial El Peruano y presentados ante las organizaciones políticas que participan en el proceso electoral, dentro de los dos días naturales posteriores al 560592 NORMAS LEGALES
Miércoles 2 de setiembre de 2015 / El Peruano cierre de la inscripción de candidaturas. Las impugnaciones al diseño de la cédula de votación electrónica se regulan de acuerdo con lo previsto en los artículos 167º y 168º de la LOE, en lo que fuera pertinente";

Que, por su parte con Resolución Nº 0147-2015-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano el 22 de mayo de 2015, el Jurado Nacional de Elecciones estableció en el marco de las Elecciones Municipales 2015, que el día 31 de agosto es la fecha límite para la presentación de listas de candidatos;

Que, teniendo en cuenta lo establecido en el literal d)
y e) del artículo 68º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y modificado por las Resoluciones Jefaturales Nº 216-2014-J/ONPE y Nº 0122-2015-J/ ONPE; la Gerencia de Gestión Electoral, a través del informe de vistos, ha propuesto a la Gerencia General la aprobación de los diseños de las Cédulas de Sufragio correspondiente a las Elecciones Municipales 2015, en cumplimiento del artículo 165º de la Ley Orgánica de Elecciones;

Que, la Gerencia de Informática y Tecnología Electoral a través del Memorando Nº 001986-2015-GITE/ONPE, remite las especificaciones técnicas del diseño de la cédula de votación electrónica para las Elecciones Municipales 2015, para su aprobación;

Que, de acuerdo a lo expuesto, la Gerencia General, mediante el documento de vistos, presenta a la Jefatura Nacional la propuesta de diseño y especificaciones técnicas de las Cédulas de Sufragio recomendando su aprobación y publicación correspondiente;

De conformidad con lo dispuesto en los literales b), g) y h) del artículo 5º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; así como en los literales o) y s) del artículo 11º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y modificado por las Resoluciones Jefaturales Nº 216-2014-J/ONPE y Nº 0122-2015-J/ONPE;

Con los visados de la Secretaría General, de las Gerencias de Asesoría Jurídica, de Gestión Electoral, de Informática y Tecnología Electoral, así como de la Gerencia General;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el diseño de la cédula de sufragio municipal -provincial para las Elecciones Municipales 2015, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 2, con sus especificaciones técnicas consignadas en el Anexo Nº 1, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Aprobar el diseño de la cédula de sufragio municipal -distrital para las Elecciones Municipales 2015, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 4, con sus especificaciones técnicas consignadas en el Anexo Nº 3, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Tercero.- Aprobar el diseño de la cédula de sufragio municipal - provincial - distrital para las Elecciones Municipales 2015, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 6, con sus especificaciones técnicas consignadas en el Anexo Nº 5, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Cuarto.- Aprobar el diseño de la cédula de votación electrónica municipal - distrital para las Elecciones Municipales 2015, cuyo formato aparece en el Anexo Nº 8 y Anexo Nº 9, con sus especificaciones técnicas consignadas en el Anexo Nº 7, los cuales forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo Quinto.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y de las organizaciones políticas participantes, el contenido de la presente resolución con sus anexos correspondientes.

Artículo Sexto.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus anexos en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional, www.onpe.gob.pe, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIANO AUGUSTO CUCHO ESPINOZA
Jefe
ANEXO Nº 1
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL DISEÑO DE LA
CEDULA DE SUFRAGIO MUNICIPAL PROVINCIAL
PARA LAS ELECCIONES MUNICIPALES 2015
I. MEDIDAS:

1.1 La cédula de sufragio tendrá las siguientes medidas:

Cuando incluya de 01 a 05 Organizaciones Políticas esta será de 16.00 cm de largo x 21.00 cm de ancho, es de formato horizontal. A partir de 06 Organizaciones Políticas la cédula será de formato vertical el largo tendrá un mínimo de 21.00 cm y hasta un máximo de 33.00 cm. El ancho se mantendrá constante, siendo este de 16.00 cm.

II. ANVERSO:

2.1 Encabezado: Consta de un código de barras impreso en color negro en la esquina superior derecha, y debajo de este centrado el texto: "ELECCIONES MUNICIP ALES 2015", en letras de color negro. El escudo nacional va impreso en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE va impreso en el extremo derecho, ambos de color negro.

2.2 Subtítulo: Conformado por una fila en fondo de color negro, consignando el nombre de la provincia a la que pertenece, en letras de color blanco.

2.3 Instrucciones al elector: Conformado por una fila en fondo color gris la cual lleva el texto "MARQUE CON
UNA CRUZ O UN ASPA DENTRO DEL RECUADRO
DEL SIMBOLO O NUMERO DE SU PREFERENCIA", en letras de color negro.

2.4 Cuerpo de la cédula: Para efectos de la publicación, se ha considerado un diseño que contempla la participación de 08 Organizaciones Políticas, el modelo publicado consta de 08 filas con borde de color negro y el fondo de color rosado con un calado diagonal de color blanco formada por las siglas "JNE ONPE RENIEC" repetidas de manera uniforme sobre el área de las filas. Cada una de estas filas presenta dos seccionesclaramente diferenciadas:

2.4.1. Nombres de las Organizaciones Políticas, en letras de color negro.

2.4.2. Símbolos o números de las Organizaciones Políticas (los símbolos están impresos a full color y los números impresos de color negro), dentro de un recuadro de borde negro con fondo blanco.

2.5 Pie de página: Conformada por una fila en fondo de color gris, indicando el nombre del departamento en letras de color blanco ubicado al lado derecho. Debajo de éste fondo, en la esquina inferior izquierda un código de barras impreso en color negro.

III. REVERSO:

3.1 Fondo de color gris, con un calado diagonal de color blanco formada por las siglas "JNE ONPE RENIEC"
repetidas de manera uniforme sobre el área del fondo.

3.2 En el encabezado va el texto: "ELECCIONES
MUNICIPALES 2015", debajo van los "ORGANISMOS
ELECTORALES" con las siglas "JNE - ONPE - RENIEC", en letras de color negro. Bajo estas siglas va el escudo nacional impreso de color negro.

3.3 Se ha consignado el Título: "CEDULA DE
SUFRAGIO", centrado debajo del escudo nacional, y precisando las indicaciones para los miembros de mesa: "FIRMA OBLIGATORIA DEL PRESIDENTE DE
LA MESA Y OPCIONAL LA DE LOS PERSONEROS
QUE SE ENCUENTREN PRESENTES EN EL ACTO DE
INSTALACION", en letras de color negro.

3.4 A continuación se encuentra el espacio destinado a la firma del presidente de mesa, debajo de este, está ubicado el área asignada para las firmas de los personeros de las Organizaciones Políticas, en letras de color negro.

Los Partidos Políticos, Movimientos y Organizaciones Políticas Locales (provincial y distrital) están agrupados en bloques, los mismos que fueron definidos por el resultado del sorteo de ubicación de éstos en la cédula de sufragio realizado con fecha 20 de agosto de 2015, conforme al procedimiento aprobado mediante la Resolución Jefatural
Nº 000242-2015-J/ONPE.

El modelo de cédula publicado mide 26.00 cm. de largo x 16.00 cm. de ancho, es de formato vertical a full color y 01 color en el reverso.

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Miércoles 2 de setiembre de 2015
El Peruano / 560594 NORMAS LEGALES
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Miércoles 2 de setiembre de 2015
El Peruano /
ANEXO Nº 3
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
DEL DISEÑO DE LA CEDULA DE SUFRAGIO
MUNICIPAL DISTRITAL PARA LAS ELECCIONES
MUNICIPALES 2015
I. MEDIDAS:

1.1 La cédula de sufragio tendrá las siguientes medidas: Cuando incluya de 01 a 05 organizaciones políticas esta será de 16.00 cm de largo x 21.00 cm de ancho, es de formato horizontal. A partir de 06
organizaciones políticas la cédula será de formato vertical el largo tendrá un mínimo de 21.00 cm y hasta un máximo de 33.00 cm. El ancho se mantendrá constante, siendo este de 16.00 cm.

II. ANVERSO:

2.1 Encabezado: Consta de un código de barras impreso en color negro en la esquina superior derecha, y debajo de este centrado el texto: "ELECCIONES
MUNICIPALES 2015", en letras de color negro. El escudo nacional va impreso en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE va impreso en el extremo derecho, ambos de color negro.

2.2 Subtítulo: Conformado por una fila en fondo de color negro, consignando el nombre del distrito al que pertenece, en letras de color blanco.

2.3 Instrucciones al elector: Conformado por una fila en fondo de color gris la cual lleva el texto "MARQUE CON
UNA CRUZ O UN ASPA DENTRO DEL RECUADRO
DEL SIMBOLO O NUMERO DE SU PREFERENCIA", en letras de color negro.

2.4 Cuerpo de la cédula: Para efectos de la publicación, se ha considerado un diseño que contempla la participación de 08 organizaciones políticas, el modelo publicado consta de 08 filas con borde de color negro y el fondo de color celeste con un calado diagonal de color blanco formada por las siglas "JNE ONPE RENIEC"
repetidas de manera uniforme sobre el área de las filas. Cada una de estas filas presenta dos secciones claramente diferenciadas:

2.4.1. Nombres de las Organizaciones Políticas, en letras de color negro.

2.4.2. Símbolos o números de las Organizaciones Políticas (los símbolos están impresos a full color y los números impresos de color negro), dentro de un recuadro de borde negro con fondo blanco.

2.5 Pie de página: Conformada por una fila en fondo de color gris, indicando el nombre del departamento en letras de color blanco ubicado al lado derecho. Debajo de éste fondo, en la esquina inferior izquierda un código de barras impreso en color negro.

III. REVERSO:

3.1 Fondo de color gris, con un calado diagonal de color blanco formada por las siglas "JNE ONPE RENIEC"
repetidas de manera uniforme sobre el área del fondo.

3.2 En el encabezado va el texto: "ELECCIONES
MUNICIPALES 2015", debajo van los "ORGANISMOS
ELECTORALES" con las siglas "JNE - ONPE - RENIEC", en letras de color negro. Bajo estas siglas va el escudo nacional impreso de color negro.

3.3 Se ha consignado el Título: "CEDULA DE
SUFRAGIO", centrado debajo del escudo nacional, y precisando las indicaciones para los miembros de mesa: "FIRMA OBLIGATORIA DEL PRESIDENTE DE
LA MESA Y OPCIONAL LA DE LOS PERSONEROS
QUE SE ENCUENTREN PRESENTES EN EL ACTO DE
INSTALACION", en letras de color negro.

3.4 A continuación se encuentra el espacio destinado a la firma del presidente de mesa, debajo de este, está ubicado el área asignada para las firmas de los personeros de las organizaciones políticas, en letras de color negro.

Los Partidos Políticos, Movimientos y Organizaciones Políticas Locales (provincial y distrital) están agrupados en bloques, los mismos que fueron definidos por el resultado del sorteo de ubicación de éstos en la cédula de sufragio realizado con fecha 20 de agosto de 2015, conforme al procedimiento aprobado mediante la Resolución Jefatural
Nº 000242-2015-J/ONPE.

El modelo de cédula publicado mide 26.00 cm. de largo x 16.00 cm. de ancho, es de formato vertical a full color y 01 color en el reverso.

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Miércoles 2 de setiembre de 2015 / El Peruano 560597 NORMAS LEGALES
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El Peruano / 560598 NORMAS LEGALES
Miércoles 2 de setiembre de 2015 / El Peruano
ANEXO Nº 5
ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL DISEÑO DE LA
CEDULA DE SUFRAGIO MUNICIPAL PROVINCIAL -
DISTRITAL PARA LAS ELECCIONES
MUNICIPALES 2015
I. MEDIDAS:

1.1 El tamaño mínimo de la cédula de sufragio será de 21.00 cm. de largo x 26.00 cm. de ancho y de acuerdo al número de Organizaciones Políticas que se presenten, el largo se incrementará proporcionalmente hasta un máximo de 33.00 cm.

II. ANVERSO:

2.1 Encabezado: Consta de un código de barras impreso en color negro en la esquina superior derecha, y debajo de este centrado el texto: "ELECCIONES
MUNICIPALES 2015", en letras de color negro. El escudo nacional va impreso en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE va impreso en el extremo derecho, ambos de color negro.

2.2 La cédula se encuentra dividida en dos cuerpos:

A) Provincial y B) Distrital; cada una sub dividida en tres secciones de acuerdo al siguiente detalle:

A) PROVINCIAL
1. Título: Conformado por una fila en fondo de color negro, consignando el nombre de la provincia a la que pertenece en letras de color blanco.

2. Instrucciones al elector: Conformado por una fila en fondo de color gris la cual lleva el texto "MARQUE CON
UNA CRUZ O UN ASPA DENTRO DEL RECUADRO
DEL SIMBOLO O NUMERO DE SU PREFERENCIA", en letras de color negro.

3. Cuerpo de la cédula: Para efectos de la publicación, se ha considerado un diseño que contempla la participación de 06 Organizaciones Políticas, el modelo publicado consta de 08 filas con borde de color negro y fondo de color rosado con un calado diagonal de color blanco formada por las siglas "JNE ONPE RENIEC"
repetidas de manera uniforme sobre el área de las filas. Cada una de estas filas presenta dos secciones claramente diferenciadas:

3.1 Nombres de las Organizaciones Políticas, en letras de color negro.

3.2 Símbolos o números de las Organizaciones Políticas (los símbolos están impresos a full color y el número impreso de color negro), dentro de un recuadro de borde negro con fondo blanco.

B) DISTRITAL
1. Título: Conformado por una fila en fondo de color negro, consignando el nombre del distrito al que pertenece en letras de color blanco.

2. Instrucciones al elector: Conformado por una fila en fondo de color gris la cual lleva el texto "MARQUE CON
UNA CRUZ O UN ASPA DENTRO DEL RECUADRO
DEL SIMBOLO O NUMERO DE SU PREFERENCIA", en letras de color negro.

3. Cuerpo de la cédula: Para efectos de la publicación, se ha considerado un diseño que contempla la participación de 08 Organizaciones Políticas, el modelo publicado consta de 08 filas con borde de color negro y fondo de color celeste con un calado diagonal de color blanco formada por las siglas "JNE ONPE RENIEC"
repetidas de manera uniforme sobre el área de las filas. Cada una de estas filas presenta dos secciones claramente diferenciadas:

3.1 Nombres de las Organizaciones Políticas, en letras de color negro.

3.2 Símbolos o números de las Organizaciones Políticas (los símbolos están impresos a full color y el número impreso en color negro), dentro de un recuadro de borde negro con fondo blanco.

2.3 Pie de página: Conformada por una fila en fondo de color gris, indicando el nombre del departamento en letras de color blanco ubicado al lado derecho. Debajo de éste fondo, en la esquina inferior izquierda un código de barras impreso en color negro.

III. REVERSO:

3.1 Fondo de color gris, con un calado diagonal de color blanco formada por las siglas "JNE ONPE
RENIEC" repetidas de manera uniforme sobre el área del fondo.

3.2 En el encabezado va el texto: "ELECCIONES
MUNICIPALES 2015", debajo van los "ORGANISMOS
ELECTORALES" con las siglas "JNE - ONPE - RENIEC", en letras de color negro. Bajo estas siglas va el escudo nacional impreso de color negro.

3.3 Se ha consignado el Título: "CEDULA DE
SUFRAGIO", centrado debajo del escudo nacional, y precisando las indicaciones para los miembros de mesa: "FIRMA OBLIGATORIA DEL PRESIDENTE DE
LA MESA Y OPCIONAL LA DE LOS PERSONEROS
QUE SE ENCUENTREN PRESENTES EN EL ACTO DE
INSTALACION", en letras de color negro.

3.4 A continuación se encuentra el espacio destinado a la firma del presidente de mesa, debajo de este, está ubicado el área asignada para las firmas de los personeros de las Organizaciones Políticas, en letras de color negro.

Los Partidos Políticos, Movimientos y Organizaciones Políticas Locales (provincial y distrital) están agrupados en bloques, los mismos que fueron definidos por el resultado del sorteo de ubicación de éstos en la cédula de sufragio realizado con fecha 20 de agosto de 2015, conforme al procedimiento aprobado mediante la Resolución Jefatural
Nº 000242-2015-J/ONPE.

El modelo de cédula publicado mide 26.00 cm. de largo x 26.00 cm. de ancho, es de formato vertical a full color y 01 color en el reverso.

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Miércoles 2 de setiembre de 2015
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Miércoles 2 de setiembre de 2015
El Peruano /
ANEXO Nº 7
ESPECIFICACIONES TECNICAS DEL DISEÑO
DE LA CEDULA DE VOTACION ELECTRONICA MUNICIPAL DISTRITALPARA LAS ELECCIONES MUNICIPALES
2015
I. MEDIDAS:

1.1 La cédula de votación electrónica será visualizada en una superficie de un dispositivo electrónico con una dimensión mínima de 10 pulgadas en diagonal.

II. DESCRIPCION:

2.1 Encabezado: Conformado por el texto "ELECCIONES MUNICIPALES 2015", en letras de color negro y fondo blanco. El escudo nacional va en el extremo izquierdo y el isotipo de la ONPE va en el extremo derecho, ambos de color negro.

2.2 La cédula está conformada sólo por un cuerpo: Distrital, sub dividida en tres secciones de acuerdo al siguiente detalle:

1. Título: Conformado por una fila en fondo blanco, consignando el nombre del distrito a la que pertenece escrito con letras en color negro.

2. Instrucciones al elector: Lleva el texto " PRESIONE SOBRE EL SIMBOLO, NUMERO U OPCION DE SU
PREFERENCIA", en letras de color blanco y fondo de color negro.

3. Cuerpo de la cédula: Para efectos de la publicación, de acuerdo a la cantidad de organizaciones políticas se ha considerado dos opciones de diseño,:
a. Anexo 8, el diseño será de una columna de fondo color celeste;
b. Anexo 9, el diseño será de dos columnas de fondo color celeste.

Cada una de las secciones o celdas presenta 2 partes claramente diferenciadas:

3.1 Nombres de las organizaciones políticas, en letras de color negro.

3.2 Opción de respuesta: Símbolos o números de las organizaciones políticas, o voto blanco, o voto nulo al lado derecho las cuales están a todo color, cada una dentro de un recuadro de fondo blanco 2.3 Pie de página: Franja horizontal en fondo color gris, en donde se visualiza el recuadro con fondo en color verde con el texto "Siguiente", en letras de color blanco.

Los Partidos Políticos, Movimientos, y Organizaciones Políticas Locales (distrital) están agrupados en bloques, los mismos que fueron definidos por el resultado del sorteo de ubicación de éstos en la cédula de sufragio realizado con fecha 20 de agosto de 2015, conforme al procedimiento aprobado mediante la Resolución Jefatural Nº 000242-2015-J/
ONPE.

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Miércoles 2 de setiembre de 2015 / El Peruano 560603 NORMAS LEGALES
Miércoles 2 de setiembre de 2015
El Peruano / 560604 NORMAS LEGALES
Miércoles 2 de setiembre de 2015 / El Peruano
{E}REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Designan Gerente General del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
{N}RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 203-2015/JNAC/RENIEC
Lima, 1 de setiembre de 2015
VISTOS:

Los Memorandos Nº 000801-2015/GG/RENIEC (25AGO2015) y Nº 000770-2015/GG/RENIEC (14AGO2015), de la Gerencia General, el Informe Nº 000011-2015/GTH/SGPS/RENIEC (05AGO2015) de la Sub Gerencia de Personal de la Gerencia de Talento Humano, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente autónomo, que cuenta con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera, conforme lo dispone el artículo 1º de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Ley Nº 26497;

Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 194-2013/ JNAC/RENIEC (14JUN2013), se designó al señor SILVERIO BUSTOS DÍAZ, en el cargo de confianza de Gerente General del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil;

Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 182-2015/ JNAC/RENIEC (06AGO2015), se aceptó la renuncia del señor SILVERIO BUSTOS DÍAZ, al cargo de confianza de Gerente General dándose por concluida su designación en el cargo y señalando como último día de labores el 09 de agosto de 2015, de igual modo, se encargó en el cargo de Gerente General al señor CÉSAR FORTUNATO
MENDOZA HERNÁNDEZ, Gerente de Operaciones Registrales, del 10 al 16 de agosto del presente año y con retención de su cargo;

Que, de acuerdo a lo señalado en el Memorando Nº 000770-2015/GG/RENIEC (14AGO2015) de Vistos, el Gerente General (e), solicita la ampliación de la encargatura en el cargo de Gerente General por el periodo del 17 al 31 de agosto del presente año;

Que, así mismo, con el Memorando Nº 000801-2015/ GG/RENIEC (25AGO2015), el Gerente General (e) hace de conocimiento que continuará con la encargatura de la Gerencia General por el día 01 de setiembre del presente año;

Que, con la Resolución Gerencial Nº 000507-2015/ GTH/RENIEC (14AGO2015), se encargó con retención de su cargo al señor CÉSAR FORTUNATO MENDOZA
HERNÁNDEZ, Gerente de Operaciones Registrales, el cargo de Gerente General del 17 al 31 de agosto del presente año;

Que, el literal a) del numeral 8.1 del artículo 8º de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, faculta la designación de los cargos de confianza, conforme a los documentos de gestión de la entidad;

Que, en virtud a lo estipulado en el numeral 2) del artículo 4º de la Ley Nº 28175 - Ley Marco del Empleo Público, el cargo de confianza es de libre designación y remoción;

Que, el artículo 11º de la mencionada Ley Nº 26497 establece que el Jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, es la máxima autoridad de la Institución, siendo su facultad, designar y remover a los funcionarios que ocupan los cargos de confianza;

Que, en ese contexto, mediante el Informe de Vistos, la Sub Gerencia de Personal de la Gerencia de Talento Humano, informa que el señor LUIS ALBERTO BULLÓN
SALAZAR, cumple con los requisitos mínimos señalados en el Clasificador de Cargos para la Cobertura de Plazas del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del RENIEC, aprobado con Resolución Jefatural Nº 250-2012/ JNAC/RENIEC (05OCT2012), modificado por Resolución Jefatural Nº 314-2013/JNAC/RENIEC (18OCT2013), a efectos de desempeñar el cargo de Gerente General del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil;

Que, al respecto, mediante la Resolución Jefatural Nº 160-2015/JNAC/RENIEC (06JUL2015), se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en el cual se evidencia la condición de presupuestada de la plaza de confianza de Gerente General;

Que, en la Resolución Jefatural Nº 144-2015/JNAC/ RENIEC (04JUN2015), que aprobó el vigente Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, se puede apreciar que se considera el financiamiento correspondiente a la plaza de confianza de Gerente General;

Que, en consecuencia se ha considerado pertinente designar en el cargo de confianza de Gerente General al señor LUIS ALBERTO BULLÓN SALAZAR, asignándole la plaza correspondiente del Cuadro para Asignación de Personal (CAP);

Estando a las atribuciones conferidas en la Ley Nº 26497
- Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 124-2013/ JNAC/RENIEC (10ABR2013) y de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS
modificado en parte por el Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS - Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir del 02 de setiembre de 2015, al señor LUIS ALBERTO BULLÓN
SALAZAR, en el cargo de confianza de Gerente General del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, asignándole la plaza correspondiente del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) vigente.

Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural a la Gerencia de Talento Humano.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional

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