9/03/2015
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0244 -2015-ONAGI-J
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0244 -2015-ONAGI-J Lima, 2 de setiembre del 2015 VISTO: El Informe Nº 567-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de 2015, el Informe Nº 568-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de 2015, el Informe Nº 569-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de 2015, el Informe Nº 570-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de 2015, el Informe Nº 571-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de 2015, el Informe Nº 572-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0244 -2015-ONAGI-J
Lima, 2 de setiembre del 2015
VISTO: El Informe Nº 567-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de 2015, el Informe Nº 568-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de 2015, el Informe Nº 569-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de 2015, el Informe Nº 570-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de 2015, el Informe Nº 571-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de 2015, el Informe Nº 572-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de 2015, el Informe Nº 573-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 20 de agosto de 2015, el Informe Nº 574-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 20 de agosto de 2015, el Informe Nº 578-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 20 de agosto de 2015, el Informe Nº 579-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 20 de agosto de 2015, el Informe Nº 580-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 20 de agosto de 2015, el Informe Nº 581-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 20 de agosto de 2015, el Informe Nº 591-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de 2015, el Informe Nº 593-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de 2015, el Informe Nº 594-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de 2015, el Informe Nº 603-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de 2015, el Informe Nº 604-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de 2015, el Informe Nº 606-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de 2015, el Informe Nº 607-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de 2015, el Informe Nº 61 1-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de 2015, el Informe Nº 612-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de 2015, el Informe Nº 613-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de 2015, el Informe Nº 614-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de 2015, el Informe Nº 615-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de 2015, el Informe Nº 616-2015-ONAGI-DGAP-DSAP de fecha 21 de agosto de 2015,y;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 4 del artículo 10º del Decreto Legislativo Nº 1140, de fecha 10 de diciembre de 2012, que crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior, en concordancia con el literal i) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2013-IN, establecen que entre las funciones del Jefe Nacional de la Oficina Nacional de Gobierno Interior se encuentra la de designar, remover y supervisar a los Gobernadores Provinciales, Distritales y T enientes Gobernadores;
Que, según lo indicado en el literal b) del artículo 50º del precitado Reglamento de Organización y Funciones, la Dirección General de Autoridades Políticas tiene como función proponer la designación y remoción de 560666 NORMAS LEGALES
Jueves 3 de setiembre de 2015 / El Peruano los Gobernadores Provinciales, Distritales y Tenientes Gobernadores;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 0050-2015-ONAGI-J, de fecha 09 de febrero de 2015, se aprobó el Reglamento que establece los Requisitos, Funciones y el Procedimiento para la Designación, Conclusión y Encargatura de las Autoridades Políticas a Nivel Nacional;
Que, el artículo 16º del precitado Reglamento señala que las Gobernaciones Provinciales son dirigidas por los Gobernadores Provinciales; quienes son responsables del control de sus gobernadores bajo su jurisdicción; así como de ejecutar y coordinar las acciones en el ámbito provincial y son designados por la Jefatura de la Oficina Nacional de Gobierno Interior;
Que, el artículo 18º del referido Reglamento señala que las Gobernaciones Distritales son dirigidas por los Gobernadores Distritales, quienes son responsables del control de los Tenientes Gobernadores bajo su jurisdicción;
así como de ejecutar y coordinar las acciones de competencia de la ONAGI, en lo que corresponda. Su competencia y jurisdicción es de ámbito distrital y son designados por la Jefatura de la Oficina Nacional de Gobierno Interior;
Que, el artículo 10º del Reglamento que establece los Requisitos, Funciones y el Procedimiento para la Designación, Conclusión y Encargaturas de las Autoridades Políticas a Nivel Nacional, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 0050-2015-ONAGI-J, de fecha 09 de febrero de 2015, señala que la Dirección General de Autoridades Políticas de la Oficina Nacional de Gobierno Interior recepciona y evalúa las solicitudes presentadas para la designación, remoción y encargatura de las autoridades políticas a nivel nacional;
Que, en atención a lo recomendado por la Dirección General de Autoridades Políticas de la Oficina Nacional de Gobierno Interior en los informes de vistos, y a fin de adoptar medidas conducentes para una adecuada gestión administrativa en las Gobernaciones Provinciales y Distritales, corresponde concluir y designar a autoridades políticas;
Con el visto del Secretario General (e) , de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica de la Oficina Nacional de Gobierno Interior y del Director General de la Dirección General de Autoridades Políticas de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1140, que crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior; el Decreto Supremo Nº 003-2013-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; y, la Resolución Jefatural Nº 0050-2015-ONAGI-J, de fecha 09 de febrero de 2015, que aprueba el Reglamento que establece los Requisitos, Funciones y el Procedimiento para la Designación, Conclusión y Encargaturas de las Autoridades Políticas a Nivel Nacional.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA, la designación de la siguiente persona al cargo de Gobernador Distrital:
Nº
NOMBRE Y APEL-LIDOS
DNI DISTRITO PROVINCIA
DEPARTA-MENTO
1
ANTONIO VÁSQUEZ
MUÑOZ
27281940 PIMPINGOS CUTERVO CAJAMARCA
2
LUIS HUMBERTO
GOICOCHEA
RAMÍREZ
16592086 PIMENTEL CHICLAYO LAMBAYEQUE
3
LUCHO ELVIS COL-LANA MEDINA
40034936 CHICHAS
CONDE-SUYOS
AREQUIPA
4
ESPERANZA AURO-RA CARRION
20032744
JOSÉ CRESPO
Y CASTILLO
LEONCIO
PRADO
HUANUCO
Artículo 2.- DESIGNAR, a la siguiente persona al cargo de Gobernador Provincial:
Nº NOMBRE Y APELLIDOS DNI PROVINCIA DEPARTAMENTO
1 JOEL RAMOS CAMPOS 27571923
HUALGAYOC -
BAMBAMARCA
CAJAMARCA
2
ENRIQUE RODRIGUEZ
BAUTISTA
27373679 CHOTA CAJAMARCA
Artículo 3.- DESIGNAR, a las siguientes personas al cargo de Gobernador Distrital
Nº
NOMBRES Y
APELLIDOS
DNI DISTRITO PROVINCIA
DEPARTA-MENTO
1
FREDELINDA
CAMPOS CRUZ
46141545
VISTA
ALEGRE
RODRIGUEZ
DE MENDOZA
AMAZONAS
2
KATIA ROCIO
VALLE ROJAS
46480670
MOLINO-PAMPA
CHACHAPOYAS AMAZONAS
3
WILMER CHAVEZ
COJAL
45885482
SAN FRAN-CISCO DEL
YESO
LUYA AMAZONAS
4
LIDIA LILIANA
RAMOS VICUÑA
40116051 ULCUMAYO JUNÍN JUNÍN
5
ADITA LUZ SAN-TANA VIVANCO
44587018 JULCAN JAUJA JUNÍN
6
NORMA TRUJIL-LO ASCANOA
44974719 HUACHON PASCO PASCO
7
LOLA VALDIVIA
BASILIO
22483914 CHORAS YAROWILCA HUANUCO
8
LORENA RUIZ
JIMENEZ
43298060
JOSE CRESPO
Y CASTILLO
LEONCIO
PRADO
HUANUCO
9
WALTER VAR-GAS PEREZ
28456522 HUAMBALPA
VILCAS
HUAMAN
AYACUCHO
10
NILTON MEZA
GELDRES
40181995 CHAVIÑA LUCANAS AYACUCHO
11
ROSA CCOPA
TORRES
41577378
SANTIAGO
DE
PAUCARAY
SUCRE AYACUCHO
12
TEODOSIO
HUAMANYALLI
ANCCASI
42033382 VINCHOS HUAMANGA AYACUCHO
13
VICTORIANO
PAYHUA CARDE-NAS
09520568
HUAMAN-QUIQUIA
VICTOR
FAJARDO
AYACUCHO
14
JAIME ALBERTO
CONCHA
RANILLA
29397793 CHICHAS CONDESUYOS AREQUIPA
15
MARIA ANGELITA
PÉREZ VILLAVI-CENCIO
27720348 PIMENTEL CHICLAYO LAMBAYEQUE
16
GRIMALDO
CATALAN SOTO
80256301 HUAILLATI GRAU APURIMAC
17
TOBIAS VICTOR
HUARCAYA
BARBARAN
23455031
SAN ANTONIO
DE
ANTAPARCO
ANGARAES HUANCAVELICA
18
JUAN UNOCC
VARGAS
43551566 PAUCARA ACOBAMBA HUANCAVELICA
19
GIOVANA HUARA-CA MARTINEZ
41719211
CHUPA-MARCA
CASTROVI-RREYNA
HUANCAVELICA
20
LEONID CRIS-TIAN QUICHCA
ROJAS
46251945 ANDABAMBA ACOBAMBA HUANCAVELICA
21
JULIA MARILU
MANRIQUE
HUARCAYA
43419844 QUITO ARMA HUAYTARA HUANCAVELICA
22
OSVER ALARCON
CAMPOS
80142074 HUABAL JAEN CAJAMARCA
23
DZACARIAS
MESTANZA
CONDOR
43111268 PIMPINGOS CUTERVO CAJAMARCA
Artículo 4.- Los Gobernadores designados mediante la presente Resolución Jefatural ejercerán sus funciones en el marco de las disposiciones vigentes.
Artículo 5.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Dirección General de Autoridades Políticas, a la Oficina General de Administración y Finanzas de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, a la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, a las Gobernaciones Regionales y Provinciales que abarquen el ámbito jurisdiccional de las Gobernaciones que se señalan en los artículos 1, 2 y 3.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LIZ KAREN ALATA RAMOS
Jefa de la Oficina Nacional de Gobierno Interior
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)