Inicio
Últimas normas legales
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 250-2015-ANA Aprueban el Reglamento de Medición de Agua en los Sistemas
10/03/2015
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 250-2015-ANA Aprueban el Reglamento de Medición de Agua en los Sistemas
Aprueban el Reglamento de Medición de Agua en los Sistemas Hidráulicos Comunes en el ámbito de las Administraciones Locales de Agua RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 250-2015-ANA Lima, 2 de octubre de 2015 VISTO: El Memorándum Nº 1965-2015-ANA-DARH mediante el cual la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, propone la aprobación del Reglamento de Medición del Agua en los Sistemas Hidráulicos Comunes en el ámbito de las Administraciones Locales de Agua; y, CONSIDERANDO: Que, la Autoridad Nacional
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 250-2015-ANA
Lima, 2 de octubre de 2015
VISTO:
El Memorándum Nº 1965-2015-ANA-DARH mediante el cual la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, propone la aprobación del Reglamento de Medición del Agua en los Sistemas Hidráulicos Comunes en el ámbito de las Administraciones Locales de Agua; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Autoridad Nacional del Agua - ANA, es el ente rector y la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, responsable de dictar las normas y establecer los procedimientos para la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos;
Que, según el artículo 17º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, las entidades operadoras de los sectores hidráulicos, de carácter sectorial y multisectorial, son los operadores de infraestructura hidráulica, que realizan la operación, mantenimiento y desarrollo de dicha infraestructura para prestar servicios públicos de abastecimiento de agua con la finalidad de atender la demanda de usuarios que comparten una fuente o un punto de captación común;
Que, por Resolución Jefatural Nº 892-2011-ANA, de fecha 29 de diciembre de 2011, se aprobó el Reglamento de Operadores de Infraestructura Hidráulica, el cual tiene por objeto normar la prestación de los servicios de Suministro de Agua, así como el Monitoreo y Gestión de Aguas Subterráneas, regulando la actuación del Operador de Infraestructura Hidráulica y del Usuario que lo recibe;
Que, la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, propuso la aprobación del Reglamento de Medición del Agua en los Sistemas Hidráulicos Comunes en el ámbito de las Administraciones Locales de Agua, con la finalidad de unificar criterios y procedimientos para establecer la red hidrométrica en la infraestructura hidráulica, la medición y registro de los caudales o volúmenes de agua que circula en un sistema o sector hidráulico, el cual fue pre publicado mediante Resolución Jefatural Nº226-2015-ANA de fecha 27 de Agosto del presente año, a efectos que las personas interesadas formulen comentarios sobre el reglamento planteado;
Que, habiendo recibido los aportes correspondientes, resulta necesario aprobar el Reglamento de Medición del Agua en los Sistemas Hidráulicos Comunes en el ámbito de las Administraciones Locales de Agua, toda vez que el mismo permitirá una actuación más eficiente por parte de los Operadores de Infraestructura Hidráulica, usuarios del servicio y de los usuarios que cuentan con su propio sistema de abastecimiento, medición, registro y evaluación de los volúmenes de agua captados en la fuente natural o artificial, propiciando el uso eficiente del agua;
Estando a lo propuesto por la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, con los vistos de la Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaria General, en uso de las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobación del Reglamento de Medición del Agua en los Sistemas Hidráulicos Comunes en el ámbito de las Administraciones Locales de Agua Aprobar el Reglamento de Medición del Agua en los Sistemas Hidráulicos Comunes en el ámbito de las Administraciones Locales de Agua, que forma parte integrante de la presente resolución, que consta de tres (03) Títulos, doce (12) Artículos, cuatro (04) Disposiciones Complementarias Finales, tres (03) Disposiciones Complementarias Transitorias, un anexo y seis (06)
formatos.
Artículo 2º.- Publíquese en el portal institucional Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal Institucional de la Autoridad Nacional del Agua (www. ana.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER
Jefe Autoridad Nacional del Agua
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- septiembre 2025 (19)
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)