10/03/2015

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 325-2015-PRODUCE Declaran de interés del Sector Producción, Sub Sector

Declaran de interés del Sector Producción, Sub Sector Pesca y Acuicultura la Segunda Reunión Técnica sobre el perico o dorado, en el marco de la CIAT, a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 325-2015-PRODUCE Lima, 1 de octubre de 2015 VISTOS: El Memorando Nº 4816-2015-PRODUCE/ DVP del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, el Oficio Nº PCD-100-157-2015-PRODUCE-IMP de la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú, el Informe Nº 038-2015-PRODUCE/DGP-Dices
Declaran de interés del Sector Producción, Sub Sector Pesca y Acuicultura la Segunda Reunión Técnica sobre el perico o dorado, en el marco de la CIAT, a realizarse en la ciudad de Lima
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 325-2015-PRODUCE
Lima, 1 de octubre de 2015
VISTOS: El Memorando Nº 4816-2015-PRODUCE/ DVP del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, el Oficio Nº PCD-100-157-2015-PRODUCE-IMP de la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú, el Informe Nº 038-2015-PRODUCE/DGP-Dices de la Dirección de Competitividad y Enlace Sectorial de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, y el Informe Nº 00002-2015-PRODUCE/OGAJ-elopezb de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, 563242 NORMAS LEGALES
Sábado 3 de octubre de 2015 / El Peruano
CONSIDERANDO:

Que, la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, solicitó la aprobación de la 2da Reunión Técnica sobre el perico/dorado, la misma que, de acuerdo al Informe Nº 038-2015-PRODUCE/DGP-Dices de la Dirección de Competitividad y Enlace Sectorial de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, tiene como objetivo continuar con el intercambio de información biológica - pesquera iniciada en la 1ra Reunión Técnica y conocer los avances en las investigaciones sobre el perico/dorado con el fin de planificar el desarrollo de investigaciones conjuntas en el Océano Pacifico Oriental, en el marco de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), a celebrarse en la ciudad de Lima, del 27
al 29 de octubre de 2015;

Que, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 66, 67 y 68 de la Constitución Política del Perú, el Estado es soberano en el aprovechamiento de los recursos naturales por su condición de patrimonio de la Nación y promueve el uso sostenible de dichos recursos así como la conservación de la diversidad biológica;

Que, el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, tiene por objeto normar la actividad pesquera con el fin de promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentación, empleo e ingresos y de asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, optimizando los beneficios económicos, en armonía con la preservación del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad;

Que, el artículo 2 y 7 de la precitada norma, señala que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, por lo que corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional, y que el Perú propiciará la adopción de acuerdos y mecanismos internacionales a fin de procurar el cumplimiento de sus normas por otros Estados, con sujeción a los principios de la pesca responsable, respectivamente;

Que, con fecha 31 de mayo de 1949, se aprobó la Convención entre los Estados Unidos de América y la República de Costa Rica para el establecimiento de una Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), posteriormente reemplazada por la Convención de Antigua;

Que, mediante Resolución Legislativa Nº 27462
y Decreto Supremo 040-2001-RE, se aprueba la adhesión del Perú a la Convención entre los Estados Unidos de América y la República de Costa Rica para el establecimiento de una Comisión Interamericana del Atún Tropical-CIAT;

Que, la Comisión Interamericana del Atún Tropical-CIA T
tiene como objetivo principal asegurar la conservación y el uso sostenible a largo plazo de las poblaciones abarcadas por esta Convención, de conformidad con las normas pertinentes del Derecho Internacional;

Que, en la 1era Reunión Técnica sobre la especie hidrobiológica denominada perico o dorado, organizada por la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT)
y realizada en la ciudad de Manta, Ecuador, en octubre de 2014, se aprobó el ofrecimiento del Gobierno Peruano para que la 2da Reunión Técnica se lleve a cabo en la ciudad de Lima, en el año 2015;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1047 y sus modificatorias que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Declarar de Interés del Sector Producción Declarar de interés del Sector Producción, Sub Sector Pesca y Acuicultura la 2da Reunión Técnica sobre el perico o dorado denominada "Taller para revisar la estructura de la población del perico o dorado e identificar potenciales indicadores de su situación poblacional en el Océano Pacifico Oriental", en el marco de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT), a celebrarse en la ciudad de Lima, del 27 al 29 de octubre de 2015.

Artículo 2.- Apoyo Necesario Las Direcciones Generales dependientes del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura y los Organismos Públicos adscritos al Ministerio de la Producción prestarán, en el ámbito de sus competencias, brindarán el apoyo necesario a fin de lograr el óptimo desarrollo del evento.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS
Ministro de la Producción

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