12/15/2015

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA N° 30383

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 30383 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA EL INGRESO DE UNA UNIDAD NAVAL Y DE PERSONAL MILITAR DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE ACUERDO CON EL PROGRAMA DE ACTIVIDADES OPERACIONALES DE LAS FUERZAS ARMADAS DEL PERU CON FUERZAS ARMADAS EXTRANJERAS, CORRESPONDIENTE AL MES DE DICIEMBRE DE 2015 Artículo 1. Objeto de la Resolución Legislativa Autorízase

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 30383
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA
EL INGRESO DE UNA UNIDAD NAVAL Y DE
PERSONAL MILITAR DE LA REPÚBLICA POPULAR
CHINA AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE
ACUERDO CON EL PROGRAMA DE ACTIVIDADES
OPERACIONALES DE LAS FUERZAS ARMADAS
DEL PERU CON FUERZAS ARMADAS
EXTRANJERAS, CORRESPONDIENTE AL
MES DE DICIEMBRE DE 2015
Artículo 1. Objeto de la Resolución Legislativa Autorízase el ingreso al territorio de la República de una unidad naval y de personal militar de la República Popular China, de acuerdo con el Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras, correspondiente al mes de diciembre de 2015, en el marco de lo establecido en el inciso 8) del artículo 102 de la Constitución Política del Perú y conforme a las especificaciones de acuerdo al cuadro siguiente:

1. Visita oficial del Buque Hospital Arca de la Paz de la Armada de la República Popular China Objetivo Visita oficial del Buque Hospital Arca de la Paz Lugar Callao Fecha de inicio 20 de diciembre de 2015
Tiempo de permanencia 7 días Institución involucrada Marina de Guerra del Perú País participante República Popular China Tipo de unidad 920
Número de casco 866
Tipo de buque Buque Hospital Clase Arca de la Paz Cantidad de personal 398 oficiales, suboficiales, marinería y personal médico Desplazamiento 14 300 toneladas Eslora 178,00 metros Manga 24,00 metros Calado 8,50 metros Tipo y cantidad de armamento 10 pistolas modelo 92
Munición cal. 5.8 mm 25 rifl es mod. 95B
Munición cal. 5.8 mm Aeronaves embarcadas (número de matrícula, tipo y clase)
1 helicóptero de búsqueda y rescate Z8-JH N
o 9546
Embarcaciones 10 lanchas auxiliares (2
lanchas de alta velocidad, 2
lanchas de desembarco y 6
lanchas de rescate)
Sistemas de comunicaciones (HF, VHF, Canal 16, satelital, sistema de navegación)
2 radares navegación mod.

760 C
1 satélite marítimo BGAN-M
2 radios VHF mod. H/TJW
20 radios de mano mod. TC-500S
Artículo 2. Autorización para modificación de plazos Autorízase al Poder Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Defensa y por resolución suprema, pueda modificar, cuando existan causas imprevistas, las fechas de inicio de ejecución de la actividad operacional considerada en el artículo 1, siempre y cuando dicha modificación no exceda el tiempo de permanencia fijado.

El ministro de Defensa procede a dar cuenta de la modificación a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República en el plazo de cuarenta y ocho horas después de expedida la citada resolución suprema.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los diez días del mes de diciembre de dos mil quince.

LUIS IBERICO NÚÑEZ
Presidente del Congreso de la República
NATALIE CONDORI JAHUIRA
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República 568506 NORMAS LEGALES
Martes 15 de diciembre de 2015 / El Peruano
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Lima, 14 de diciembre de 2015.

Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Presidente del Consejo de Ministros

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