3/01/2016

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 050-2016-MIMP Aprueban la Directiva General N° 006-2016-MIMP "Normas para

Aprueban la Directiva General Nº 006-2016-MIMP "Normas para la Gestión de Información en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 050-2016-MIMP Lima; 29 de febrero de 2016 Vistos, el Informe Nº 016-2015-MIMP/OGMEPGD-OMEP-jpma y las Notas Nº 144-2015-MIMP/OGMEPGD-OMEP y Nº 153-2015-MIMP/OGMEPGD-OMEP de la Oficina de Monitoreo y Evaluación de Políticas y, el Memorando Nº 0260-2015-MIMP/OGMEPGD de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión
Aprueban la Directiva General Nº 006-2016-MIMP "Normas para la Gestión de Información en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 050-2016-MIMP
Lima; 29 de febrero de 2016
Vistos, el Informe Nº 016-2015-MIMP/OGMEPGD-OMEP-jpma y las Notas Nº 144-2015-MIMP/OGMEPGD-OMEP y Nº 153-2015-MIMP/OGMEPGD-OMEP de la Oficina de Monitoreo y Evaluación de Políticas y, el Memorando Nº 0260-2015-MIMP/OGMEPGD de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada; el Informe Nº 05-2015-MIMP/ OGPP-OMI-WBDB, las Notas Nº 319-2015-MIMP/OGPP-OMI, 374-2015-MIMP/OGPP-OMI y Nº 003-2016-MIMP/ OGPP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional y, el Memorando Nº 013-2016-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, constituye función general de los Ministerios aprobar las disposiciones normativas que les correspondan;

Que, la Directiva General Nº 005-2010-MIMDES
establece las "Normas y procedimientos para el Registro de Información sobre las Intervenciones Sectoriales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social"; y, la Directiva General Nº004-2011-MIMDES, norma los "Procedimientos para la Validación, Actualización, Seguimiento y Administración del Registro Unificado de Beneficiarios del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social", las cuales guardan relación entre su finalidad y objetivos;
sin embargo; se encuentran desfasadas, al haber sido aprobadas cuando el Sector se denominaba Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES y contaba con una estructura orgánica, misión y visión diferentes;

Que, en ese contexto, la Oficina de Monitoreo y Evaluación de Políticas de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, en coordinación con las instancias del MIMP, ha formulado la Directiva General "Normas para la Gestión de Información en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables"
que unifica las dos (2) Directivas citadas en el párrafo precedente, teniendo como finalidad uniformizar criterios que permitan contar con información oportuna, consistente y estandarizada para la difusión de la información estadística sectorial, así como de los logros institucionales; fortaleciendo la gestión de información como parte del proceso de monitoreo y evaluación de sus políticas, planes especiales multisectoriales, programas y proyectos del Sector;

Que, con Notas Nº 319-2015-MIMP/OGPP/OMI, Nº 374-2015-MIMP/OGPP-OMI y Nº 003-2016-MIMP/ OGPP-OMI, la Oficina de Modernización Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto ha emitido opinión técnica favorable para su aprobación, al considerar que dicho instrumento se adecúa a la estructura y contenido que dispone la Directiva General Nº 002-2013-MIMP "Lineamientos para la Formulación, Modificación y Aprobación de Directivas en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP", aprobada por Resolución Ministerial Nº 069-2013-MIMP;

Que, mediante Memorando Nº 0260-2015-MIMP/ OGMEPGD de la Oficina General de Monitoreo y Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada y la Nota Nº 153-2015-MIMP/OGMEPGD-OMEP de la Oficina de Monitoreo y Evaluación de Políticas se ha sustentado la necesidad de que el Consejo Nacional para la Integración de las Personas con Discapacidad - CONADIS, esté vinculado a la presente Directiva, al tener el sector la competencia de la promoción y protección de los derechos de las personas con discapacidad y requerirse contar con la información que pueda suministrar este organismo público ejecutor adscrito al MIMP;

Que, en virtud de lo antes señalado, resulta necesario aprobar la Directiva General "Normas para la Gestión de información en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables";

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, el Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaria General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

579284 NORMAS LEGALES
Martes 1 de marzo de 2016 / El Peruano De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1098 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación Aprobar la Directiva General Nº 006-2016-MIMP
"Normas para la Gestión de Información en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables" que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Derogación Dejar sin efecto la Directiva General Nº 005-2010-MIMDES "Normas y Procedimientos para el Registro de Información sobre las intervenciones Sectoriales del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social", aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 464-2010-MIMDES, y la Directiva General Nº 004-2011-MIMDES "Procedimientos para la Validación, Actualización, Seguimiento y Administración del Registro Unificado de Beneficiarios del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social", aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 123-2011-MIMDES.

Artículo 3.- Aplicabilidad al CONADIS
Disponer que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS, al ser un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, esté sujeto a los lineamientos de la presente directiva, según lo establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo - Ley Nº 29158.

Artículo 4.- Publicación Disponer que la presente Resolución y su anexo sean publicados en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARCELA HUAITA ALEGRE
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

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