4/01/2016

DECRETO SUPREMO N° 023-2016-RE que

Decreto Supremo que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 DECRETO SUPREMO Nº 023-2016-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2016 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a
Decreto Supremo que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016
DECRETO SUPREMO Nº 023-2016-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:

Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2016 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2016;

Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley Nº 30372, las cuotas internacionales contenidas en el Anexo "B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016" podrán ser modificadas, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de decreto supremo refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores;

Que, el Ministerio de Energía y Minas, se encuentra en la lista de pliegos presupuestales contenida en el referido Anexo B, en el que se ha consignado a su cargo el pago de la cuota anual a favor de los siguientes organismos internacionales: (i) GIEC - Grupo Internacional de Estudio del Cobre, con un monto de S/ 90 000.00, (ii) IRENA - Agencia Internacional de Energía Renovable, con un monto de S/ 85 000.00, (iii) OLADE
- Organismo Latinoamericano de Energía, por el monto de S/ 120 000.00; y, (iv) Países exportadores de gas, por el monto de S/ 320 000.00; correspondientes al año 2016;

Que, no obstante por tales conceptos correspondería cancelar los siguientes montos: (i) GIEC - Grupo Internacional de Estudio del Cobre, con un monto de S/ 102 956.00, (ii) IRENA - Agencia Internacional de Energía Renovable, con un monto de S/ 99 959.00, (iii)
OLADE - Organismo Latinoamericano de Energía, por el monto de S/ 138 850.00; y, (iv) Países exportadores de gas, por el monto de S/ 365 000.00; correspondientes al año 2016;

Que, en tal sentido, luego de realizada la evaluación y priorización correspondiente, se estima pertinente modificar el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios del Pliego Presupuestario 016: Ministerio de Energía y Minas - MEM; a efectos de atender el pago de la cuota anual a favor de los Organismos Internacionales indicados en el párrafo precedente; ello en virtud al incremento respecto a los montos de pago por concepto de contribución de dichos organismos internacionales y debido a las fl uctuaciones cambiarias en el dólar americano;

En uso de las facultades conferidas en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y en el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;

DECRETA:

Artículo 1.- Modificación Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2016 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario 016: Ministerio de Energía y Minas, respecto de los siguientes organismos internacionales y montos:

PLIEGO PRESU-PUESTARIO
MONTO (En soles)
PERSONA JURÍDICA
016 MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINAS
S/ 102 956.00
GIEC - GRUPO INTERNACIONAL
DE ESTUDIO DEL COBRE
S/ 99 959.00
IRENA - AGENCIA INTERNACION-AL DE ENERGÍA RENOVABLE
S/ 138 850.00
OLADE - ORGANISMO LATINO-AMERICANO DE ENERGÍA
S/ 365 000.00 PAISES EXPORTADORES DE GAS
Artículo 2.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintaiún días del mes de marzo del año dos mil dieciséis.

OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente de la República
ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS
Ministra de Relaciones Exteriores

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