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RESOLUCIÓN DE DIVISIÓN DE SUPERVISIÓN REGIONAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y
4/01/2016
RESOLUCIÓN DE DIVISIÓN DE SUPERVISIÓN REGIONAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y
Aprueban formatos para la aplicación de la Res. Nº 042-2016-OS/CD, que aprobó Listado de condiciones inseguras de criticidad alta en Grifos y Estaciones de Servicio de Combustibles Líquidos RESOLUCIÓN DE DIVISIÓN DE SUPERVISIÓN REGIONAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 984-2016-OS/DSR Lima, 23 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 042-2016-OS/CD, publicada en el diario oficial El Peruano el día 9 de marzo de 2016, se
RESOLUCIÓN DE DIVISIÓN DE SUPERVISIÓN REGIONAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 984-2016-OS/DSR
Lima, 23 de marzo de 2016
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 042-2016-OS/CD, publicada en el diario oficial El Peruano el día 9 de marzo de 2016, se aprobó el Listado de condiciones inseguras de criticidad alta en Grifos y Estaciones de Servicio de Combustibles Líquidos; disponiendo la aplicación de Medidas de Seguridad de cierre total o parcial del establecimiento;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5º de la citada Resolución, se autorizó a la División de Supervisión Regional la aprobación y modificación de los formatos y funcionalidades técnico-operativas que sean necesarias para la implementación de la citada Resolución;
Que, a efectos de implementar lo dispuesto en la Resolución de Consejo Directivo Nº 042-2016-OS/CD, resulta necesaria la aprobación de los formatos de las Actas de Ejecución y Levantamiento de Medidas de Seguridad de Cierre en los citados establecimientos, así como las Constancias de ejecución y levantamiento de las referidas medidas en el Registro de Hidrocarburos;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3º del Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, las entidades de la Administración Pública se encuentran obligadas a publicar en el Portal del Estado Peruano y en sus Portales Institucionales, entre otras, las disposiciones legales que aprueben directivas, lineamientos o reglamento técnicos sobre procedimientos administrativos contenidos en el TUPA de la entidad, o relacionados con la aplicación de sanciones administrativas;
Que, de otro lado, el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS, dispone que en el caso de la publicación de normas legales que tengan anexos conteniendo gráficos, estadísticas, formatos, formularios, flujogramas, mapas o similares de carácter meramente ilustrativo, dichos anexos se publicarán en el Portal Electrónico de la entidad emisora en la misma fecha de la publicación en el diario oficial El Peruano de la norma aprobatoria;
Que, de conformidad con lo establecido en la Resolución de Consejo Directivo Nº 042-2016- OS/CD y en la Resolución de Consejo Directivo Nº 036-2016-OS/
CD;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar los siguientes formatos para la aplicación de la Resolución de Consejo Directivo Nº 042-2016-OS/CD; los mismos que como Anexo, forman parte integrante de la presente Resolución:
í Acta de Disposición y Ejecución de Medida de Seguridad en Grifos y/o Estaciones de Servicios.
í Constancia de Ejecución de Medida de Seguridad en el Registro de Hidrocarburos.
í Acta de Levantamiento de Medida de Seguridad.
í Constancia de Habilitación de Inscripción en el Registro de Hidrocarburos.
Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vigencia en el plazo establecido en el artículo 6º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 042-2016-OS/CD.
Artículo 3º.- Autorizar la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y junto con su Anexo en el portal electrónico de Osinergmin (www. osinergmin.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).
GUSTAVO EMILIO CASTILLO OJEDA
Gerente (e)
División de Supervisión Regional
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