4/01/2016

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 056-2016-SERVIR/PE 582160 NORMAS LEGALES Viernes 1 de abril

Incorporan entidades al Grupo 2 de entidades priorizadas para la Fase 1, aprobadas mediante Res. Nº 267-2015-SERVIR-PE RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 056-2016-SERVIR/PE Lima, 29 de marzo de 2016 Vistos, el Memorándum Nº 87-2016-SERVIR/ GDCRSC e Informe Técnico Nº 03-2016-SERVIR/ GDCRSC/FHR; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023 se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, ente
Incorporan entidades al Grupo 2 de entidades priorizadas para la Fase 1, aprobadas mediante Res. Nº 267-2015-SERVIR-PE
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 056-2016-SERVIR/PE
Lima, 29 de marzo de 2016
Vistos, el Memorándum Nº 87-2016-SERVIR/ GDCRSC e Informe Técnico Nº 03-2016-SERVIR/
GDCRSC/FHR;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023 se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, estableciendo el artículo 5 del mencionado dispositivo que la gestión del rendimiento, entre otros, constituye o forma parte del referido Sistema;

Que, la Quinta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1023, establece que la evaluación del desempeño es el proceso obligatorio, integral, sistemático y continuo de apreciación objetiva y demostrable del conjunto de actividades, aptitudes y rendimiento del personal al servicio del Estado en cumplimiento de sus metas, que llevan a cabo obligatoriamente las entidades, en la forma y condiciones que se señalan en la normatividad;
correspondiendo al nivel nacional de gobierno promover el desarrollo de sistemas de gestión que permitan determinar indicadores objetivos para la evaluación de desempeño;

Que, el artículo 22 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, establece que la Gestión del Rendimiento es llevada a cabo obligatoriamente por las entidades públicas en la oportunidad, forma y condiciones que señale el ente rector;

Que, por su parte, la Décima Disposición Complementaria Final del Reglamento General de la Ley Nº 30057, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, dispone que la aplicación del subsistema de gestión del rendimiento en las entidades públicas se realizará bajo criterios de progresividad y gradualidad de acuerdo a la programación de implementación de la gestión del rendimiento que, mediante acuerdo del Consejo Directivo, defina SERVIR;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 097-2015-SERVIR-PE se formalizó la aprobación del "Plan de Acción para la Implementación del Modelo de Gestión de Rendimiento en su Etapa Piloto";

Que, en el numeral 3.5 Alcances del Plan de Acción para la implementación del modelo de Gestión de Rendimiento se establece que la selección de las entidades en la primera fase de la etapa piloto se aprueba mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva;

Que, mediante los documentos de vistos, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, órgano encargado de conducir y supervisar la implementación del sub sistema de gestión del rendimiento, propone incorporar tres entidades adicionales, que formarán parte del Grupo 2 de entidades priorizadas para la Fase 1 que implementarán el modelo de Gestión de Rendimiento, aprobadas mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 267-2015-SERVIR-PE;

Con los vistos de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil y modificatorias; y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM, y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Incorporar al Grupo 2 de entidades priorizadas para la Fase 1, aprobadas mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 267-2015-SERVIR-PE, tres entidades que en anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe)
Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN
Presidente Ejecutivo
ANEXO
GRUPO 2 DE ENTIDADES PRIORIZADAS PARA LA
FASE 1
"(...)
21. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos 22. Instituto Tecnológico de la Producción 23. Instituto del Mar del Perú"

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