4/06/2016

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 047-2016-CONCYTEC-P Modifican el artículos 1 y 2 de la Res. N°

Modifican el artículos 1 y 2 de la Res. Nº 001-2016-CONCYTEC-P mediante la cual se otorga facultades al Secretario General RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 047-2016-CONCYTEC-P Lima, 4 de abril de 2016 CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC es un organismo público técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía científica, administrativa, económica y financiera, regulado
Modifican el artículos 1 y 2 de la Res. Nº 001-2016-CONCYTEC-P mediante la cual se otorga facultades al Secretario General
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 047-2016-CONCYTEC-P
Lima, 4 de abril de 2016
CONSIDERANDO:

Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC es un organismo público técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía científica, administrativa, económica y financiera, regulado bajo el régimen laboral de la actividad privada, conforme a lo establecido en la Ley Nº 28613 y los Decretos Supremos Nº 058-2011-PCM y Nº 067-2012-PCM;

Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 001-2016-CONCYTEC-P , de fecha 6 de enero del 2016, se delegaron facultades en el Secretario General y en la Jefa de la Oficina General de Administración, con la finalidad de garantizar una adecuada gestión en la administración de los recursos asignados en materia presupuestal, en la contratación de bienes y servicios, y en la gestión de recursos humanos, que permitan a la entidad cumplir de manera oportuna y eficaz sus funciones;

Que, el Literal f) del Artículo 5º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Ley Nº 30225, dispone que dicha norma no resulta de aplicación para las contrataciones realizadas con proveedores no domiciliados en el país, cuando se sustente la imposibilidad de realizar la misma a través de los métodos de contratación de la Ley Nº 30225;

Que, con el propósito de desconcentrar facultades en materia administrativa, resulta conveniente modificar la delegación de facultades efectuada mediante Resolución de Presidencia Nº 001-2016-CONCYTEC-P , a fin de delegar en el Secretario General y la Jefa de la Oficina General de Administración, las facultades relativas a las contrataciones realizadas con proveedores no domiciliados en el país;

Con la visación del Secretario General, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Jefa de la Oficina General de Administración, y;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30225
- Ley de Contrataciones del Estado, el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, el Decreto Supremo Nº 026-2014-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el Artículo 1 de la Resolución de Presidencia Nº 001-2016-CONCYTEC-P, de fecha 582489 NORMAS LEGALES
Miércoles 6 de abril de 2016
El Peruano / 6 de enero del 2016, el cual quedará redactado con el siguiente texto:
"Artículo 1º.- Delegar las siguientes facultades en el Secretario General del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, durante el año fiscal 2016: (...)
h. Aprobar el expediente de contratación con proveedor no domiciliado en el país.
i. Designar a los miembros titulares y suplentes del Comité encargado de llevar adelante el proceso de contratación con proveedor no domiciliado en el país.
j. Aprobar las bases para la contratación con proveedor no domiciliado en el país.
k. Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales hasta por un límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original suscrito con proveedor no domiciliado en el país, previa emisión del informe técnico de la Oficina General de Administración y del área usuaria que sustente dicha prestación adicional.
l. Autorizar la reducción de prestaciones hasta por un límite del veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato original suscrito con proveedor no domiciliado en el país, previa emisión del informe técnico de la Oficina General de Administración y del área usuaria que sustente dicha reducción.
m. Aprobar la cancelación del proceso de contratación con proveedor no domiciliado en el país, previa emisión del informe técnico de la Oficina General de Administración y del área usuaria que sustente dicho pedido".

Artículo 2.- Modificar el Artículo 2 de la Resolución de Presidencia Nº 001-2016-CONCYTEC-P, de fecha 6 de enero del 2016, el cual quedará redactado con el siguiente texto:
"Artículo 2º.- Delegar las siguientes facultades en la Jefa de la Oficina General de Administración del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, durante el año fiscal 2016: (...)
t. Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual con proveedores no domiciliados en el país.
u. Suscribir los contratos y adendas por adicionales, reducciones y/o ampliación de plazo con proveedores no domiciliados en el país.
v. Resolver contratos suscritos con proveedores no domiciliados en el país".

Artículo 3.- Dejar sin efecto toda norma o disposición que se oponga a la presente Resolución.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GISELLA ORJEDA
Presidente

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