Inicio
Últimas normas legales
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 019-2016-JEFATURA/ONP Modifican el Plan Estratégico Institucional de la ONP
4/06/2016
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 019-2016-JEFATURA/ONP Modifican el Plan Estratégico Institucional de la ONP
Modifican el Plan Estratégico Institucional de la ONP para el periodo 2012 - 2016 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 019-2016-JEFATURA/ONP Lima, 23 de marzo de 2016 VISTO: El Memorándum Nº 079-2016-OPG/ONP, con el cual la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión remite el Informe Nº 008-2016-OPG.PL/ONP del Equipo de Trabajo de Planeamiento y Evaluación de la Gestión, a través del cual plantea la modificación del Plan Estratégico Institucional para el período 2012-2016; y el Informe Nº
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 019-2016-JEFATURA/ONP
Lima, 23 de marzo de 2016
VISTO:
El Memorándum Nº 079-2016-OPG/ONP, con el cual la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión remite el Informe Nº 008-2016-OPG.PL/ONP del Equipo de Trabajo de Planeamiento y Evaluación de la Gestión, a través del cual plantea la modificación del Plan Estratégico Institucional para el período 2012-2016; y el Informe Nº 188-2016-OAJ/ONP de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323, se crea la Oficina de Normalización Previsional (ONP), reestructurada integralmente a través de la Ley Nº 28532, reglamentada a través del Decreto Supremo Nº 118-2006-EF, y definida como un Organismo Público del Sector Economía y Finanzas, que tiene a su cargo la administración del Sistema Nacional de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley Nº 19990, así como al Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Decreto Ley Nº 18846, la Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, Ley Nº 30003, y de otros regímenes previsionales a cargo del Estado, que le sean encargados conforme a ley;
Que, en concordancia con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM ha calificado a la Oficina de Normalización Previsional (ONP) como Organismo Público Técnico Especializado;
Que, con Resolución Ministerial Nº 174-2013-EF/10, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la ONP, el cual contiene la estructura orgánica de la institución y dispone el ordenamiento e identificación de los distintos órganos de la Entidad; y con el Decreto Supremo Nº 258-2014-EF se aprobó su modificatoria;
Que, el numeral 1 del artículo 5º de la Ley Nº 28532, establece que es facultad del Jefe de la ONP dictar las políticas y lineamientos institucionales;
Que, el numeral 71.1 del artículo 71º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales - POI, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional - PEI;
Que, el planeamiento estratégico es un proceso participativo que compromete a los miembros de la Institución, da coherencia, unidad e integridad a las decisiones de la organización y constituye un instrumento mediante el cual se establece el rumbo a seguir por la entidad, los objetivos a lograr y las estrategias a ser implementadas, en armonía y concordancia con la Política General del Gobierno y el Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Economía y Finanzas;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 007-2012-JEFATURA/ONP, se aprobó el Plan Estratégico Institucional de la Oficina de Normalización Previsional para el período 2012 - 2016, modificado mediante Resolución Jefatural Nº 025-2013-JEFATURA/ONP, Resolución Jefatural Nº 002-2014-JEFATURA/ONP y Resolución Jefatural Nº 014-2015-JEFATURA/ONP;
Que, mediante Memorándum Nº 079-2016-OPG/ONP , la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión, remite el Informe Nº 008-2016-OPG.PL/ONP del Equipo de Trabajo de Planeamiento y Evaluación de la Gestión, a través del cual plantea la modificación del Plan Estratégico Institucional para el período 2012-2016, señalando en dicho informe que resulta necesario modificar el Plan Estratégico de la ONP con la finalidad de fortalecer su orientación hacia la ejecución de actividades e iniciativas que permitan el logro de los objetivos estratégicos de la Institución;
En uso de las facultades conferidas por el artículo 5º de la Ley Nº 28532, el artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Ministerial Nº 174-2013-EF/10;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- MODIFICAR con eficacia anticipada al 01 de enero de 2016, el Plan Estratégico Institucional de la Oficina de Normalización Previsional para el periodo 2012 - 2016, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 582490 NORMAS LEGALES
Miércoles 6 de abril de 2016 / El Peruano 007-2012-JEFATURA/ONP y modificado mediante las Resoluciones Jefaturales Nº 025-2013-JEFATURA/ONP, Nº 002-2014-JEFATURA/ONP y Nº 014-2015-JEFATURA/ ONP, de acuerdo al documento que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, debiendo el Plan Estratégico Institucional publicarse en el Portal de Transparencia del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el Portal Institucional (www.onp.gob,pe) en la misma fecha de su publicación oficial conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIEGO ALEJANDRO ARRIETA ELGUERA
Jefe
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- abril 2026 (42)
- marzo 2026 (96)
- febrero 2026 (108)
- enero 2026 (61)
- diciembre 2025 (84)
- noviembre 2025 (86)
- octubre 2025 (81)
- septiembre 2025 (36)
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)