Inicio
Últimas normas legales
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 090-2016/SUNAT Aprueban actualización de los cargos clasificados
4/01/2016
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 090-2016/SUNAT Aprueban actualización de los cargos clasificados
Aprueban actualización de los cargos clasificados como Servidor Público - Directivo Superior de libre designación y remoción y la modificación y actualización del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 090-2016/SUNAT Lima, 31 de marzo de 2016 VISTOS: El Informe Técnico Nº 023-2016-SUNAT/8A0100 emitido por la Oficina de Planificación y Organización de Recursos Humanos de la Intendencia
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 090-2016/SUNAT
Lima, 31 de marzo de 2016
VISTOS:
El Informe Técnico Nº 023-2016-SUNAT/8A0100
emitido por la Oficina de Planificación y Organización de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, y el Informe Nº 08-2016-SUNAT/8E0000
emitido por la Intendencia Nacional de Asesoría Legal Interna;
CONSIDERANDO:
Que con Resolución de Superintendencia Nº 204-2012/SUNAT y modificatorias se aprobó el Clasificador de Cargos considerados como Empleados de Confianza y Cargos Directivos de la SUNAT, y se determinaron los cargos clasificados como Servidor Público - Directivo Superior de libre designación y remoción;
Que con Resolución Suprema Nº 139-2010-EF y modificatorias se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la SUNAT;
Que el numeral 4 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, Ley Nº 29816 y la Octogésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, facultan a la SUNAT a aprobar directamente su Cuadro para Asignación de Personal mediante resolución de su Titular, pudiendo para dicho efecto, utilizar denominaciones y criterios de diseño y estructura distintos a los previstos en las normas que regulan la elaboración y aprobación de sus documentos de gestión;
Que asimismo, la referida disposición, para su mejor aplicación, ordena suspender las normas que se opongan o limiten su aplicación, incluidas las relativas al trámite de documentos de gestión; precisando además que la implementación de lo establecido en dicha disposición se financia con cargo al presupuesto institucional del pliego
SUNAT;
Que conforme a lo indicado en el Informe Técnico Nº 023-2016-SUNAT/8A0100 emitido por la Oficina de Planificación y Organización de Recursos Humanos de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, resulta necesario actualizar los cargos clasificados como Servidor Público - Directivo Superior de libre designación y remoción de la SUNAT, a fin de incluir determinados cargos de Supervisor;
Que asimismo, el mencionado Informe Técnico sustenta la conveniencia de modificar y actualizar los cargos contenidos en el CAP a fin de adecuar dicho instrumento de gestión a las modificaciones introducidas al Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT
mediante las Resoluciones de Superintendencia N.os 066
y 070-2016/SUNAT;
Que adicionalmente, de acuerdo con dicho informe se requiere incorporar cargos de Especialista 5 y 6 en el CAP
como consecuencia del dimensionamiento de siete Líneas de Servicio secundarias y de la implementación gradual del Sistema de Carrera Laboral de la SUNAT; así como eliminar, incorporar y reordenar cargos que corresponden a los Grupos de Alta Rotación;
Que asimismo, conforme al mencionado informe, se requiere incorporar cargos de Especialista para las Líneas de Servicio secundarias de Auditoría, Despacho Aduanero, Cobranza y Atención al Contribuyente, Ciudadano y Usuario de Comercio Exterior que corresponden al personal que ocupa cargos de Directivo Superior que no son de libre designación y remoción;
así como subsanar algunas omisiones incurridas en la Resolución de Superintendencia Nº 019-2016/SUNAT, e incorporar cargos para dar cumplimiento a mandatos judiciales;
Que de otro lado, según el referido informe la propuesta de modificación y actualización del CAP
cumple con los criterios para la elaboración y aprobación del CAP que viene utilizando la SUNAT, incluyendo los requisitos que establece la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, salvo respecto del criterio fijado por la Intendencia Nacional de Recursos Humanos respecto del límite de los cargos previstos;
Que de acuerdo al inciso 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión;
De conformidad con lo establecido en el numeral 4 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, Ley Nº 29816, la Octogésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, Ley Nº 30114, y en uso de la atribución conferida por el inciso d) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la actualización de los cargos clasificados como Servidor Público - Directivo Superior 582167 NORMAS LEGALES
Viernes 1 de abril de 2016
El Peruano / de libre designación y remoción determinados por Resolución de Superintendencia Nº 204-2012/SUNAT
y modificatorias, de acuerdo al detalle contenido en el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Subsanar las omisiones incurridas en la Resolución de Superintendencia Nº 019-2016/SUNAT, de acuerdo al detalle contenido en el Anexo 2 que forma parte de la presente Resolución.
Artículo 3º.- Aprobar la modificación y actualización del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT aprobado por Resolución Suprema Nº 139-2010-EF y modificatorias, de acuerdo al detalle contenido en los Formatos 1 y 2 y sus Anexos A y B, que forman parte de la presente Resolución.
Artículo 4º.- La modificación y actualización del Cuadro para Asignación de Personal - CAP a que se refiere el artículo tercero, así como la actualización a que se refiere el artículo primero de la presente Resolución, entrarán en vigencia el 1 de abril de 2016.
Artículo 5º.- Publicar la presente Resolución de Superintendencia en el Diario Oficial El Peruano, y los Anexos 1 y 2 así como el Formato 1 en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional (www.sunat.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIGUEL ARMANDO SHULCA MONGE
Superintendente Nacional (e)
Compartir
Recomendado
Legislacion por entidad
Poder Ejecutivo
Organos Autonomos
Organismos Tecnicos Especializados
Transportes y Comunicaciones
Jurado Nacional de Elecciones
Economia y Finanzas
Poder Judicial
Energia y Minas
Salud
Defensa
Relaciones Exteriores
Educacion
Gobiernos Regionales
Organismos Ejecutores
Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
Advertencia
Este es un portal de ayuda a quienes desean leer las nuevas normas legales del Perú.
Si encuentra algun texto que no deberia estar en este portal, escriba un mensaje a elperulegal@gmail.com para que sea retirado.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Propósito:
El propósito de "El Peru Legal" es mostrar las normas legales que proporcionan las entidades del Estado del Perú para buscar información relativa a decretos, leyes, resoluciones, directivas.
Boletin de Normas legales
Leyes más importantes
Archivo legal
- marzo 2025 (54)
- febrero 2025 (109)
- enero 2025 (85)
- diciembre 2024 (89)
- noviembre 2024 (69)
- octubre 2024 (93)
- septiembre 2024 (66)
- agosto 2024 (88)
- julio 2024 (73)
- junio 2024 (21)
- diciembre 2023 (88)
- noviembre 2023 (208)
- octubre 2023 (225)
- septiembre 2023 (228)
- agosto 2023 (65)
- julio 2023 (106)
- junio 2023 (99)
- mayo 2023 (106)
- abril 2023 (122)
- marzo 2023 (144)
- febrero 2023 (133)
- enero 2023 (111)
- diciembre 2022 (108)
- noviembre 2022 (29)
- octubre 2022 (108)
- septiembre 2022 (141)
- agosto 2022 (139)
- julio 2022 (63)
- junio 2022 (40)
- mayo 2022 (113)
- abril 2022 (87)
- marzo 2022 (103)
- febrero 2022 (110)
- enero 2022 (90)
- diciembre 2021 (146)
- noviembre 2021 (58)
- octubre 2021 (95)
- septiembre 2021 (108)
- agosto 2021 (216)
- julio 2021 (188)
- junio 2021 (59)
- enero 2021 (31)
- diciembre 2020 (211)
- noviembre 2020 (395)
- octubre 2020 (519)
- septiembre 2020 (353)
- agosto 2020 (389)
- julio 2020 (410)
- junio 2020 (398)
- mayo 2020 (336)
- abril 2020 (43)
- marzo 2020 (105)
- febrero 2020 (341)
- enero 2020 (406)
- diciembre 2019 (519)
- noviembre 2019 (438)
- octubre 2019 (331)
- septiembre 2019 (315)
- agosto 2019 (377)
- julio 2019 (379)
- junio 2019 (371)
- mayo 2019 (317)
- abril 2019 (347)
- marzo 2019 (492)
- febrero 2019 (474)
- enero 2019 (483)
- diciembre 2018 (485)
- noviembre 2018 (490)
- octubre 2018 (465)
- septiembre 2018 (486)
- agosto 2018 (498)
- julio 2018 (323)
- junio 2018 (416)
- mayo 2018 (513)
- abril 2018 (365)
- marzo 2018 (524)
- febrero 2018 (404)
- enero 2018 (444)
- diciembre 2017 (540)
- noviembre 2017 (452)
- octubre 2017 (396)
- septiembre 2017 (418)
- agosto 2017 (447)
- julio 2017 (471)
- junio 2017 (463)
- mayo 2017 (456)
- abril 2017 (401)
- marzo 2017 (532)
- febrero 2017 (462)
- enero 2017 (435)
- diciembre 2016 (492)
- noviembre 2016 (435)
- octubre 2016 (388)
- septiembre 2016 (1)
- agosto 2016 (233)
- julio 2016 (271)
- junio 2016 (340)
- mayo 2016 (470)
- abril 2016 (357)
- marzo 2016 (371)
- febrero 2016 (296)
- enero 2016 (399)
- diciembre 2015 (386)
- noviembre 2015 (67)
- octubre 2015 (252)
- septiembre 2015 (429)
- agosto 2015 (415)
- julio 2015 (461)
- junio 2015 (543)
- mayo 2015 (486)
- abril 2015 (357)
- marzo 2015 (429)
- febrero 2015 (426)
- enero 2015 (503)
- diciembre 2014 (540)
- noviembre 2014 (625)
- octubre 2014 (644)
- septiembre 2014 (616)
- agosto 2014 (687)
- julio 2014 (542)
- junio 2014 (431)
- mayo 2014 (376)
- abril 2014 (316)
- marzo 2014 (507)
- febrero 2014 (426)
- enero 2014 (608)
- diciembre 2013 (841)
- noviembre 2013 (660)
- octubre 2013 (734)
- septiembre 2013 (636)
- agosto 2013 (591)
- julio 2013 (707)
- junio 2013 (687)
- mayo 2013 (941)
- abril 2013 (871)
- marzo 2013 (940)
- febrero 2013 (891)
- enero 2013 (692)