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RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 090-2016/SIS Aprueban la Directiva Administrativa N° 001-2016-SIS/GNF-V.01
4/09/2016
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 090-2016/SIS Aprueban la Directiva Administrativa N° 001-2016-SIS/GNF-V.01
Aprueban la Directiva Administrativa Nº 001-2016-SIS/GNF-V.01 "Directiva Administrativa para el Reconocimiento de la Prestación Económica de Sepelio para los Asegurados a los Regímenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud" RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 090-2016/SIS Lima, 8 de abril de 2016 VISTOS: El Informe Nº 011-2016-SIS-GNF-SGLP-MLR con Proveído Nº 146-2016-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Informe Nº 012-2016/ SIS-OGPPDO-UOC-BACN con Proveído
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 090-2016/SIS
Lima, 8 de abril de 2016
VISTOS: El Informe Nº 011-2016-SIS-GNF-SGLP-MLR con Proveído Nº 146-2016-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Informe Nº 012-2016/ SIS-OGPPDO-UOC-BACN con Proveído Nº 032-2016-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, y el Informe Nº 056-2016-SIS/OGAJ/JIPL con Proveído Nº 328-2016-SIS/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Seguro Integral de Salud (SIS) es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, constituyéndose en una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) pública, en virtud de lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2014-SA, con las funciones de recibir, captar y/o gestionar fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad;
Que, el literal c) del artículo 11 del Reglamento de la Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2010-SA, señala como una de las funciones de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) la de promover la afiliación de la población no asegurada actualmente por alguno de los sistemas de aseguramiento público, privado o mixto;
Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 007-2012-SA, dispone que los Planes Complementarios al PEAS
que ofrece el Seguro Integral de Salud, incluyen la prestación económica de sepelio a nivel nacional;
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1163, se aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, estableciéndose como una de sus facultades la de administrar los fondos de aseguramiento de los Regímenes Subsidiado y Semicontributivo del Aseguramiento Universal en Salud;
Que, el numeral 11.5 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA, establece como función del Jefe del SIS, aprobar normas, directivas, procedimientos y actividades que posibiliten el cumplimiento de los objetivos institucionales;
Que, el artículo 33 del acotado Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, establece que la Gerencia de Negocios y Financiamiento es el órgano de línea responsable de planear, organizar, dirigir, controlar los procesos de negocios (compra -
venta) de aseguramiento del SIS, así como de la gestión financiera de los diferentes seguros que brinde el SIS;
estando a cargo de la administración de los procedimientos de la recaudación, inversiones y rentabilidad de los fondos del SIS;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 202-2013/ SIS, se aprobó la Directiva Administrativa Nº 001-2013-SIS/GNF-V.01 "Directiva Administrativa que regula el Pago de la Prestación Económica de Sepelio de los Afiliados a los Regímenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud", la cual requiere ser actualizada de acuerdo con la normatividad vigente;
Que, mediante documentos de vistos, la Gerencia de Negocios y Financiamiento sustenta la necesidad de actualizar el procedimiento para el reconocimiento de la prestación económica de sepelio para los asegurados de los Regímenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud; asimismo, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional emite opinión técnica favorable respecto al proyecto de Directiva Administrativa propuesto por la Gerencia de Negocios y Financiamiento;
Con el visto bueno del Jefe Adjunto, del Secretario General, del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamento, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización 582751 NORMAS LEGALES
Sábado 9 de abril de 2016
El Peruano / y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Directiva Administrativa Nº 001-2016-SIS/GNF-V.01 "Directiva Administrativa para el Reconocimiento de la Prestación Económica de Sepelio para los Asegurados a los Regímenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud" y sus ocho (08) Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
Artículo 2.- Autorizar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento, para implementar los aspectos no previstos en la Directiva Administrativa aprobada en el artículo precedente, a través de una Resolución de Gerencia, según las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del SIS, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA.
Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 202-2013/SIS, que aprueba la Directiva Administrativa Nº 001-2013-SIS/GNF-V.01 "Directiva Administrativa que regula el Pago de la Prestación Económica de Sepelio de los Afiliados a los Regímenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud".
Artículo 4.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y la coordinación con la Oficina General de Tecnología de la Información para su publicación en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese;
JULIO SEGUNDO ACOSTA POLO
Jefe del Seguro Integral de Salud
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