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RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0134-2016-MINAGRI Constituyen la Comisión de Transferencia de Gobierno
4/03/2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0134-2016-MINAGRI Constituyen la Comisión de Transferencia de Gobierno
Constituyen la Comisión de Transferencia de Gobierno denominada "Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gobierno del Ministerio de Agricultura y Riego" (período 2011-2016) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0134-2016-MINAGRI Lima, 31 de marzo de 2016 582310 NORMAS LEGALES Domingo 3 de abril de 2016 / El Peruano CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 080-2015-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 14 de noviembre de 2015, se convocó a Elecciones Generales el día domingo 10 de
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0134-2016-MINAGRI
Lima, 31 de marzo de 2016
582310 NORMAS LEGALES
Domingo 3 de abril de 2016 / El Peruano
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 080-2015-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 14 de noviembre de 2015, se convocó a Elecciones Generales el día domingo 10 de abril de 2016, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como Congresistas de la República y representantes peruanos ante el Parlamento Andino; de cuya consecuencia se realizará un cambio de gobierno y, por ende, de gestión, en el Poder Ejecutivo;
Que, mediante Resolución de Contraloría Nº 088-2016-CG, se aprueba la Directiva Nº 003-2016-CG/GPROD "Lineamientos Preventivos para la Transferencia de Gestión de las Entidades del Gobierno Nacional", vigente a partir del día 21 de marzo de 2016, la misma que establece las disposiciones preventivas necesarias para el correcto, eficiente y oportuno desarrollo del proceso de transferencia de gestión de las entidades del Gobierno Nacional, respecto al cumplimiento por parte de sus Titulares de los objetivos institucionales y de los temas regulados por los Entes Rectores de los Sistemas Administrativos previstos en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, a efectos de asegurar la continuidad en la prestación del servicio público, promoviendo una cultura de probidad, honestidad y transparencia de la gestión pública, en beneficio de la ciudadanía;
Que, la Resolución mencionada en el considerando precedente establece que, entre otros, el Ministro, en su calidad de Autoridad Saliente, debe constituir formalmente su Grupo de Trabajo con la antelación necesaria a la fecha de término del período de Gobierno Nacional, el que debe contar con un Presidente; habiéndose resuelto en dicha Resolución, asimismo, dejar sin efecto la Resolución de Contraloría Nº 372-2006-CG, que aprobó las Directivas Nº 08-2006-CG/SGE-PC "Lineamientos Preventivos para las Entidades del Estado sobre Transferencia de Gestión", y Nº 09-2006-CG/SGE-PC "Lineamientos para el Control de la Transferencia de Gestión en las Entidades del Estado", así como la Resolución de Contraloría Nº 373-2006-CG, que aprobó la Guía Técnica de Probidad Administrativa - "Transferencia de Gestión";
Que, atendiendo a lo expuesto y, en cumplimiento de la disposición referida en el considerando precedente, con la finalidad de contribuir a la continuidad de las actividades, prestaciones y servicios del Ministerio de Agricultura y Riego y de las Unidades Ejecutoras del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, es necesario constituir una Comisión de Transferencia de Gobierno denominado "Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gobierno del Ministerio de Agricultura y Riego" (período 2011-2016), encargada de coordinar el proceso de transferencia con las Autoridades Entrantes para el período 2016-2021, implementando las acciones establecidas en la Resolución de Contraloría Nº 088-2016-CG, se aprueba la Directiva Nº 003-2016-CG/GPROD "Lineamientos Preventivos para la Transferencia de Gestión de las Entidades del Gobierno Nacional", sin perjuicio de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 022-2016-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 30 de marzo de 2016, que aprueba los Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo;
Con las visaciones del Viceministro de Políticas Agrarias, del Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, del Secretario General, y de los Directores Generales de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, Asesoría Jurídica, de Administración, y de Gestión de Recursos Humanos;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Resolución de Contraloría Nº 088-2016-CG, que aprueba la Directiva Nº 003-2016-CG/GPROD "Lineamientos Preventivos para la Transferencia de Gestión de las Entidades del Gobierno Nacional"; el Decreto Supremo Nº 022-2016-PCM, que aprueba los Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Constitución y objeto de la Comisión de Transferencia Constituir la Comisión de Transferencia de Gobierno denominado "Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gobierno del Ministerio de Agricultura y Riego" (período 2011-2016), encargada de coordinar el proceso de transferencia con las Autoridades Entrantes para el período 2016-2021, en cumplimiento de las disposiciones legales y administrativas aprobadas sobre el particular.
Artículo 2.- Conformación de la Comisión de Transferencia La Comisión de Transferencia de Gobierno denominado "Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gobierno del Ministerio de Agricultura y Riego" (período 2011-2016), estará conformada por los miembros titulares y alternos siguientes:
a) Luis Alfonso Zuazo Mantilla, Secretario General del Ministerio de Agricultura y Riego, en su calidad de Presidente.
Natalia Kelly Urbano Ramírez, como representante alterna.
b) William Jesús Cuba Arana, Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en su calidad de Vicepresidente.
Gary Manuel Evangelista Romero, como representante alterno.
c) Walter Pedro Gutiérrez Gonzáles, Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, como representante titular.
Jeymy Denisse Asmat Mayaute, como representante alterna.
d) Javier Erasmo Carmelo Ramos, Director General de la Oficina General de Administración, como representante titular.
Reynaldo Maximiliano Chacaliaza Hernández, como representante alterno.
e) Aura Elisa Quiñones Li, Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, como representante titular.
Segundo Enrique Regalado Gamonal, como representante alterno.
f) Ermelinda Garcés Pintado, Directora de la Oficina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documentaria, como representante titular.
William Héctor Zamora Cruzatti, como representante alterno.
g) Marco Antonio Vinelli Ruíz, Director Ejecutivo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO
RURAL, como representante titular.
Elsa Amalia Del Águila Portocarrero, como representante alterna.
h) Antonio Flores Chinte, Director Ejecutivo del Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI, como representante titular.
Mercedes Margot Ponce Basurto, como representante alterna.
i) Julio Antonio Salazar Acosta, Jefe (e) del Programa de Compensaciones para la Competitividad - PCC -
AGROIDEAS, como representante titular.
Betzabeth de los Ángeles Márquez Vargas, como representante alterna.
j) Jaime Pedro Otiniano Ñáñez, Director Ejecutivo (e) del Proyecto Especial Binacional Puyango Tumbes, como representante titular.
Yimsop Ned Pardo Bodero, como representante alterno.
582311 NORMAS LEGALES
Domingo 3 de abril de 2016
El Peruano / k) Aresio Crispolo Castillo Mamani, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca, como representante titular.
Hernán Javier Cruz Cruz, como representante alterno.
l) Segundo Víctor Soto Vásquez, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Desarrollo Integral de la Cuenca del Río Putumayo, como representante titular.
William Pablo Soria Ruíz, como representante alterno.
m) Víctor Augusto Sayán Gianella, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jequetepeque Zaña.
Eduardo Alberto Jáuregui León, como representante alterno.
n) Yordan Américo Baldoceda Ponce, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Sierra Centro Sur, como representante titular.
César Hernán Manrique Perlacios, como representante alterno.
o) Werner Cabrera Campos, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jaén San Ignacio Bagua, como representante titular.
Jaime Chávez Pérez, como representante alterno.
p) Roy Roger Cruz Domínguez, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Alto Huallaga, como representante titular.
Jonell Ponce Ibarra, como representante alterno.
q) Efraín Cáceres Palomino, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Pichis Palcazu, como representante titular.
Gregorio Romel Moreno Trejo, como representante alterno.
r) Nahum Teófilo Terán Ayay, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Datem del Marañón - Amazonas - Loreto - Condorcanqui - PEDAMAALC, como representante titular.
Mario Alberto Vásquez Pinedo, como representante alterno.
s) Orlando Fidel Sulca Castilla, Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro - PROVRAEM, como representante titular.
Javier Morales Salazar, como representante alterno.
Los integrantes de la Comisión de Transferencia de Gestión, ejercen sus funciones ad honorem.
Asimismo, esta Comisión forma parte de la Comisión de Transferencia de Gestión, de conformidad a los lineamientos aprobados por la Contraloría General de la República, contemplados en la Directiva Nº 003-2016-CG/GPROD "Lineamientos Preventivos para la Transferencia de Gestión de las Entidades del Gobierno Nacional", aprobada por Resolución de Contraloría Nº 088-2016-CG, sin perjuicio de lo establecido en el Decreto Supremo Nº 022-2016-PCM, que aprueba los Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo.
Artículo 3.- Funciones de la Comisión de Transferencia La Comisión de Transferencia de Gobierno denominado "Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gobierno del Ministerio de Agricultura y Riego" (período 2011-2016), tiene las funciones siguientes:
a) Realizar las coordinaciones necesarias a fin de elaborar oportunamente el Informe de Transferencia de Gestión.
b) Elaborar la Memoria Sectorial.
c) Requerir, coordinar y exigir a cada órgano y/o unidad orgánica dentro del ámbito de competencia, la elaboración de los informes en los cuales se detalle el estado de la gestión durante el período comprendido de Julio 2011 a Julio 2016.
d) Recopilar los Informes para la Transferencia de Gestión de las entidades adscritas al Sector, que tienen la calidad de Pliego, para su incorporación al Informe Sectorial para la Transferencia de Gestión.
e) Organizar un file en el que se anotará el nombre y apellidos de las personas designadas por la Autoridad Entrante para la Transferencia de Gestión, actas de reuniones, coordinaciones e información suministrada, remitiendo e informando al Titular de la Entidad y Secretario General Saliente.
f) Coordinar, supervisar y verificar que los archivos documentarios, expedientes, dispositivos legales y bienes asignados, estén debidamente ordenados, clasificados e inventariados, para su entrega a la Autoridad Entrante.
g) Supervisar el Acta de Transferencia y convocar al Órgano de Control Institucional del Ministerio para tal efecto.
h) Coordinar el proceso de Transferencia de Gestión con las Autoridades Entrantes del período 2016-2021, así como todas las acciones que sean necesarias con las Comisiones de Transferencias conformadas por las Entidades adscritas (Pliegos) del Ministerio de Agricultura y Riego.
i) Efectuar las acciones y gestiones respectivas conforme a las disposiciones establecidas en la Directiva Nº 003-2016-CG/GPROD "Lineamientos Preventivos para la Transferencia de Gestión de las Entidades del Gobierno Nacional", aprobada por Resolución de Contraloría Nº 088-2016-CG, y aquellos lineamientos que apruebe el Poder Ejecutivo para la transferencia de gestión del Sector.
j) Elaborar el Informe para la Transferencia de Gestión del Ministerio, de conformidad a los lineamientos aprobados por la Contraloría General de la República, contemplados en la Directiva Nº 003-2016-CG/GPROD "Lineamientos Preventivos para la Transferencia de Gestión de las Entidades del Gobierno Nacional", aprobada por Resolución de Contraloría Nº 088-2016-CG, consolidando la información y documentación presentadas por los órganos, unidades orgánicas, programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos del Ministerio de Agricultura y Riego.
k) Otras que sean dispuestas por el Titular de la Entidad Saliente.
Artículo 4.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la Comisión de Transferencia de Gobierno denominado "Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gobierno del Ministerio de Agricultura y Riego" (período 2011-2016), será ejercida por el señor abogado Steven Enrique Rodríguez Bendezú, en calidad de Secretario Técnico (titular) y por el señor abogado Axel Víctor Juárez Quispe, en calidad de Secretario Técnico (alterno), ambos Profesionales de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Riego.
Artículo 5.- Instalación de la Comisión de Transferencia La Comisión de Transferencia de Gobierno denominado "Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gobierno del Ministerio de Agricultura y Riego" (período 2011-2016), se instalará en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 6.- De la colaboración, asesoramiento y asistencia técnica Para el desarrollo de sus actividades y cumplimiento cabal y oportuno de sus funciones, la Comisión de Transferencia de Gobierno denominado "Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gobierno del Ministerio de Agricultura y Riego" (período 2011-2016), podrá solicitar la colaboración, asesoramiento y asistencia técnica de los órganos, unidades orgánicas, programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos del Ministerio de Agricultura y Riego, quedando estos obligados a brindar y atender los requerimientos que se les formule, en el marco de lo dispuesto por la presente Resolución.
Artículo 7.- Informe Final La Comisión de Transferencia de Gobierno denominado "Grupo de Trabajo para la Transferencia de 582312 NORMAS LEGALES
Domingo 3 de abril de 2016 / El Peruano Gobierno del Ministerio de Agricultura y Riego" (período 2011-2016), constituida por la presente Resolución Ministerial, presentará un Informe Final de las actividades realizadas al Ministro de Agricultura y Riego, al culminar sus funciones.
Artículo 8.- Vigencia La vigencia de la Comisión de Transferencia de Gobierno denominado "Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gobierno del Ministerio de Agricultura y Riego" (período 2011-2016), que se constituye por la presente Resolución Ministerial, es como máximo hasta el 28 de julio de 2016.
Artículo 9.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial se financia con cargo al Presupuesto institucional correspondiente, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 10.- Publicación La presente Resolución Ministerial es publicada en el Diario Oficial El Peruano, y en la misma fecha en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego" (www. minagri.gob.pe).
Artículo 11.- Notificación La presente Resolución Ministerial mediante copia fedateada se notificará a los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Agricultura y Riego, a los Programas, Proyectos Especiales y Organismos Públicos adscritos al Ministerio de Agricultura y Riego, al Órgano de Control Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego, así como a los funcionarios y servidores designados, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese
JUAN MANUEL BENITES RAMOS
Ministro de Agricultura y Riego
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